Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/10/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 15 de octubre de 2019

Mar del Plata en causa nro. 16243 seguida a Acevedo Alejandro Dario por el delito de Robo la Resolución que a continuación de transcribe: //del Plata, /del Plata, 22 de Agosto de 2019.-Autos y Vistos Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida del Plata, mlc del Plata, 2 de Octubre de 2019. Autos y Vistos: En atención a lo informado a fs. 52/56 respecto de la Sra. Valeria Alejandra Duhart, víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.- Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
oct. 8 v. oct. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal n2 de la ciudad de Mar del PLata, Dr.
Ricardo Perdichizzi, notifica al Sr. IGNACION ATILIA PAZ, con último domicilio desconocido, en causa n6200/8 seguida Cisneros Maximiliano Ezequiel, la resolución que a continuación se transcribe: del Plata, 2 de Octubre de 2019.-En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y cddtes de la Ley 12.256 al Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra prueba ofrecida incluso documental, debiendo la parte requiriente librar los oficios pertinentes a fin de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver este incidente, a tenor de lo normado por los art. 3 y cddtes de la Ley 12.256 y 105
tercér párrafo y cdtes del CPP, para el día lunes 7 de octubre del 2019 a las 09:00 hs. a dicho efecto, líbrese oficio a la UP
N15 para que proceda al traslado del encausado hasta el asiento de este Juzgado, en la fecha y horario indicado art. 339
del CPP, haciéndole saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello, de conformidad con lo resuelto con fecha 14/05/2015 por la Sala Primera de la Exca. Cámara de Apelación y Garantías en el marco de la causa n26964 caratulada "Salazar Martin Adrian S/ Incidente de Salidas Transitorias" en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renunciani expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos haciéndose saber que en el día de la audiencia debera acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de la sanciones disciplinarias que hubiere recibido el interno y el legajo personal del interno. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio laboral de las víctimas Roberto Mezzavalia, Roberto Martín Mezzavalia y Ricardo Mezzavalia, y sus letrados patrocinantes Dr. Cesar Sivo y Dra.Romina Merino, a fín de notificarla de la audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiéresele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desea ser informada. Asimismo, desconociéndose el paradero de las restantes víctimas presentes en el momento del hecho objeto de sentencia, notifíquese al Sr. Gabriel Di Vicenzo, Sr. Martín Daniel Erni y Sr. Ignacio Atilia Paz, a tenor del art.129 del CPP por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.- Fdo. Ricardo Perdichizzi - Juez de Ejecución Penal.
oct. 8 v. oct. 15
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal n2 de la ciudad de Mar del PLata, Dr.
Ricardo Perdichizzi, notifica al Sr. GABRIEL DI VICENZO, con último domicilio desconocido, en causa n6200/8 seguida Cisneros Maximiliano Ezequiel, la resolución que a continuación se transcribe: del Plata, 2 de Octubre de 2019.-En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art.100 y cddtes de la Ley 12.256 al Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra prueba ofrecida incluso documental, debiendo la parte requiriente librar los oficios pertinentes a fin de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver este incidente, a tenor de lo normado por los art.3 y cddtes de la ley 12256 y 105 tercér párrafo y cdtes del CPP, para el día lunes 7 de octubre del 2019 a las 09:00 hs. A dicho efecto, líbrese oficio a la UP N15
para que proceda al traslado del encausado hasta el asiento de este Juzgado, en la fecha y horario indicado art. 339 del CPP, haciéndole saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello, de conformidad con lo resuelto con fecha 14/05/2015 por la Sala Primera de la Exca.Cámara de Apelación y Garantías en el marco de la causa n26964 caratulada "Salazar Martin Adrián S/incidente de Salidas Transitorias" en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renunciani expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos haciéndose saber que en el día de la audiencia debera acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de la sanciones disciplinarias que hubiere recibido el interno y El Legajo Personal Del Interno. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio laboral de las víctimas Roberto Mezzavalia, Roberto Martín Mezzavalia y Ricardo Mezzavalia, y sus letrados patrocinantes Dr.Cesar Sivo y Dra.Romina Merino, a fín de notificarla de la audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este juzgado, cuando se sustancie
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/10/2019 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date15/10/2019

Page count70

Edition count3395

Première édition02/07/2010

Dernière édition01/08/2024

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