Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/12/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 13 de diciembre de 2018

los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada."Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
dic. 10 v. dic. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Jorge Moya Panisello, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Departamental, en IPP n 06-00-023952-16, caratulada "Fernández Julio Alberto s/ Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la Utilización de un Arma, a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de notificar al Sr. FERNÁNDEZ, JULIO
ALBERTO D.N.I. N 10.408.220, lo resuelto por S.S. que a continuación se transcribe: "La Plata, 3 de diciembre de 2018.
Que la Alzada a fs. 16 del presente incidente encomendó la notificación personal de Fernández de la resolución de fecha 30 de octubre del corriente año, glosada a fs. 1/4, y en virtud de lo informado respecto de su domicilio a fs. 33/34, se ordenó hacer saber saber al letrado defensor dicha circunstancia, quien se presentó en la sede de este Juzgado y expresó su compromiso de concurrir junto a su asistido pero atento el tiempo transcurrido y no habiendo comparecido el mismo, ante la imposibilidad de notificar personalmente al Sr. Fernández, se procede a la publicación de edictos. Fdo. Jorge Moya Panisello. Juez. Plata, 30 de octubre de 2018.- Autos y Vistos: Para resolver sobre la orden de detención que fuese requerida por el Sr. Agente Fiscal de la UFI N 3 Dptal., Dr. Marcelo E. Martini, en la Investigación Penal Preparatoria Nro.
06-00-023952-16/00 seguida a Julio Alberto Fernández; y Considerando: I.- Materialidad Ilícita: Que del requerimiento efectuado por el Sr. Agente Fiscal y probanzas colectadas en autos, existen elementos suficientes e indicios vehementes que el día 21 de octubre del año 2.015, en el interior de una habitación de una vivienda ubicada en la calle 154 entre 52 y 54 Nro. 1034 de Los Hornos, Localidad de La Plata, un sujeto de sexo masculino -quien resulta ser el progenitor de la actual pareja de su madreabusó sexualmente de la niña Maite Iara Roa a esa fecha de unos 12 o 13 años, accediéndola carnalmente vía vaginal y amenazándola con un arma blanca -del tipo cuchilloel cual se lo puso en el cuello a la vez que le expresaba que si decía algo la iba a matar a ella, a su madre y a sus hermanitos.Ello se prueba con los siguientes elementos: a Denuncia de Carina V. Ruíz de fs. 2/4, quien resulta ser la progenitora de la menor y relata las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que tomara conocimiento de los hechos a la vez que manifiesta su deseo de instar la acción penal. Complementada a fs. 48/vta. y de fs. 73/vta. b Documental de fs. 5/6 y 17. c Reconocimiento Médico Legal glosado a fs. 11/12 practicado a la menor por parte de la Dra. María Victoria Barboza quien concluye: A nivel ginecológico presenta desgarros incompletos cicatrizados en himen elástico o complaciente que es compatible con la penetración vaginal de elemento romo y duro como pene o similar, y de un dedo o similar d Copias de actuaciones del Fuero de Familia Deptal.
de fs. 15/16. d Informe elaborado por el Perito Psicólogo, Licenciado Eduardo E. Maimone, glosado a fs. 27/vta. e CD
aportado por la denunciante de autos obrante a fs, 70 y cuya transcripción luce a fs. 79. f Testimonio de Maximiliano O.
Albornoz de fs. 72/vta.Arts. 151, 210 y cc. del C.P.P..- II.- Calificacion Legal: El hecho descripto en el considerando primero, es constitutivo "prima facie" del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la utilizacion de un arma, en los términos de los arts. 119 cuarto párrafo inc. d en relación al tercer párrafo del Código Penal. Arts. 151, 210 y cc. del C.P.P..- III.- Autoria y Responsabilidad: Que de la prueba acopiada existen motivos bastantes para sospechar que Julio Alberto Fernandez, sería autor penalmente responsable del hecho investigado.- Ello surge de las siguientes constancias obrantes en la I.P.P. nro. 23952-16, a saber: A.- La directa imputación que le dirige la menor víctima, Maite Iara Roa, en oportunidad de llevarse a cabo la audiencia prevista en el art. 102 Bis del C.P.P, realizada bajo la modalidad Cámara Gesell y cuya videofilmación se encuentra en sobre cerrado obrante a fs. 82 y su transcripción luce a fs. 84/86, en lo pertinente relata: " yo le dije que no quería entrar, que le tenía que llevar las cosas a mi abuela y me agarró el buzo y me metió para adentro de la pieza, cuando me metió para adentro de la pieza me decía que me saque la ropa, yo le decía que no porque mi mamá no quería que haga yo me dijo que eso no no se hacía y él me me pegó cuando me pegó yo le dije que me deje y empecé a llorar y le decía, le decía abuela, yo quería a mi abuela y él me decía que mi abuela se iba a morir y que no me iba a ayudar, se me, cuando se me quiso tirar arriba yo no quería y me empezó, me pegó una piña una piña! Dónde te pegó? acá se señala lo que podría ser la mejilla derecha o cuello del lado derecho y ahí yo me caí en la cama de mi tío y empecé a llorar y él se me tiró arriba mío yo me movía para todos lados porque no quería, él es, él estaba desnudo yo le decía que no quería, que no quería, me movía para todos lados, después me arrancó los pelos y y quedé ahí no, no, no, no tenía fuerza me movía pero no, no, no, no veía nada me quedé medio adormecida y cuando me pude levantar tenía bajada mi calza y y cuando me levanté le dije que salga, que quería a mi abuela y que me quería ir a mi casa, me levanté y me fui al baño, cuando salí del baño me agarró con un cuchillo me lo puso en el cuello y me dijo que si yo decía algo, que me iba a mis hermanitos. Y me dijo vos sabés que yo lo voy a hacer porque si yo llamo a tus hermanos ellos vienen yo le dije que me deje ir y me dijo que no y me metió para la pieza con mi abuela me preguntó que me pasaba y yo le dije que nada, y mi abuela me dijo tené cuidado con Julio me dijo porque él a mi me pega y no quiero que te pase lo mismo a vos porque vos me estás ayudando. Después de ahí yo me sentía sucia, me fui a mi casa cuando me estaba yendo me arrancó los pelos devuelta, cuando estaba por salir por la puerta, me arrancó de los pelos y me dijo que que si yo decía algo, que si mi mamá hacía la denuncia o algo, él antes de ir preso me iba a matar Complementada con la transcripción de fs. 79 en lo sustancial se plasma: yo no dije porque tenía miedo que me matara a mi o a vos y a mis hermanos. Que él cuando estaba arriba mío me tapó la boca llora, me violó llora y me pegaba llora cuando yo no quería llora correspondiente al CD glosado a fs. 70. B.- Por el contenido de la denuncia de Carina V. Ruíz, progenitora de la menor, obrante a fs. 2/3, quien relata las circunstancias en las que toma conocimiento de los hechos abusivos de los que fuera víctima su hija cuando se decide a contarlo, en oportunidad en que la niña lo visitaba en su vivienda y a quien trataba como "abuelo". Relata que la amenazó con pegarle si le contaba. Complementada a fs. 48/vta. y 73/ vta. en la que refiere que: concluida la Cámara Gesell su hija le contó lo que Julio Fernández le había hecho y que no lo había dicho porque pensaba que pensaba que Fernández estaba ahí escuchando y como la había amenazado que la iba a matar a ella, a mí y a sus hermanitos, estaba muy asustada y contó poco de lo que esta persona le había hecho. Como quiso contarme a mí, la grabé con mi teléfono celular, me presenté en Asistencia a la Víctima y me mandaron a un Cyber donde bajé la grabación la cual aporté en un CD C.- Del Reconocimiento Médico de fs. 11/12 practicado sobre la menor causante, del que emerge el relato efectuado por la niña Maite I. Roa ante la médica que lo realizara, Dra. María V. Barboza, en cuanto relató yo estaba entrando a la casa de él, porque el me había llamado, y después que vaya a buscar algo a la pieza, cuando fui a la puerta me amenazó, sino había hecho las cosas que él decía, me metió a la pieza y me pegó un cachetazo, el me dijo que me saque la ropa, le dije que no
SECCIÓN JUDICIAL > página 16

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/12/2018 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date13/12/2018

Page count67

Edition count3380

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/07/2024

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