Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/12/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 10 de diciembre de 2018

día 14 de julio de 2016 14/07/2016 hasta el día 18 de julio de 2016 18/07/2016 fecha en que se le concedió la excarcelación, por lo que estuvo privado de su libertad durante cinco 5 días.- C.- En la IPP 08-00-019800-16 desde el día 22 de septiembre de 2016 22/09/2016 hasta el día 27 de septiembre de 2016 27/09/2016 fecha en que se le concedió la excarcelación, por lo que estuvo privado de su libertad durante seis 6 días.- D.- En la IPP 08-00-022093-16 desde el día 26 de octubre de 2016 26/10/2016 hasta el día 15 de noviembre de 2016 15/11/2016 fecha en que se dispuso el cese de la Prisión Preventiva, por lo que estuvo privado de su libertad durante veintiún 21 días. Que sin perjuicio del cómputo efectuado por el Tribunal Oral Criminal nro. 4 Deptal. a fs. 26/27, de la información extraída del SIMP, cuya copia se encuentra agregada a la presente Causa, se pudo constatar que el causante fue detenido en esta IPP el día 26/10/2016, y no el día 27/10/2016, existiendo un error material por parte del actuario del Tribunal Criminal.- 2.- En IPP 08-00-022489-17
estuvo detenido desde el 4 de noviembre de 2017 04/11/17 hasta el 5 de marzo de 2018 05/03/18 fecha en la cual se dispone el cese de la Prisión Preventiva y se le concedió la excarcelación bajo caución juratoria, por lo que permaneció detenido cuatro 4 meses y dos 2 días.- 3.- En IPP.08-00-007573-18 el nombrado permaneció detenido en forma ininterrumpida desde el 3 de abril de 2018 03/04/18. Que la pena impuesta debe computarse desde la fecha de su última detención 03/04/2018, deduciéndose la sumatoria de los períodos consignados en los apartados 1 a 2 5 meses y 7 días.Ergo, la pena impuesta a Herrera Marcos Gonzalo, vence el día veinticinco 25 del mes de octubre del año dos mil diecinueve 25-10-2019..- Así también hago saber a V.S. que al habérsele Declarado Reincidente está inhabilitado para acceder a la libertad condicionalart. 13 del C.P.. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 3 de diciembre de 2018 Autos y Vistos V En atención a lo informado respecto de las víctimas de autos, Ramón Orrego y Dario Sutter, notifíquese a los mismos a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
dic. 10 v. dic. 14
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz de Punta Indio en autos caratulados "Olasaguirre, Viviana Angélica y Sasso, Luis Esteban c/ ALFANO, ENRIQUE; LATORRE Y SAITTA, EDITH NORA; LATORRE Y SILICARO, GABRIELA RAQUEL Y
SAITTA DE LATORRE AMALIA BLANCA s/ Usucapión" Expte. N 1677 sito en calle 32 Nº 1917 de Verónica, cita a los demandados y/o quien se considere con derechos sobre los inmuebles identificados con Matrícula N 16289 y N 16290
del Partido de Magdalena 65 hoy Punta indio 134 a que comparezcan a tomar intervención en autos previniéndoles que si no se presentan y contestan la demanda en un plazo de diez días se le nombrará defensor de pobres y ausentes, tal como lo determina el art. 681 del CPCC. Veronica, 19 junio de 2018.
dic. 10 v. dic. 11
POR 2 DÍAS - El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de Colón, Pcia. de Entre Ríos, sito en calle 12 de abril Nº 241, a cargo de Arieto Alejandro Ottogalli, Secretaría Única a cargo de la Dra. Flavia Orcellet, notifica a OSCAR ANÍBAL ACEVEDO, último domicilio conocido en Miguel Cané Nº 696, Glew, Pcia. de Buenos Aires la siguiente sentencia: lón, 31 de julio de 2015. Vistos: Resultando Considerando Fallo: I.- Haciendo lugar a la demanda promovida por "Caminos del Norte S.R.L." y Juan Vitaloni y en consecuencia, condenando "in sólidum" a don Oscar Aníbal Acevedo, "Transporte Llama S.R.L." y "Mercantil Andina Compañia de Seguros S.A a abonar a aquéllos en el plazo de diez 10 días de adquirir firmeza la presente, las respectivas sumas de pesos ciento setenta y siete mil cuatrocientos setenta con 09/100 $ 177.470,09 para "Caminos del Norte S.R.L." y la de pesos doscientos cuarenta y tres mil doscientos quince con 60/100 $ 243.215,60 para Juan Vitaloni, por los motivos expuestos en el considerando de la presente con más los intereses consignados precedentemente desde la fecha señalada y hasta su efectivo pago 6%
anual.- II.- Costas a la vencida.- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se practique liquidación del juicio.- Regístrese, notifíquese.- Fdo. Dr. Marcos Pedro Chichi Juez a/ c despacho, Colón, 16 de mayo de 2018
Vistos: El escrito que antecede, lo dispuesto a fs. 1145, constancias de autos, lo previsto por el art. 142 del C.P.C.C., Resuelvo: Notificar la sentencia de autos al demandado Oscar Anibal Acevedo con último domicilio conocido en calle Miguel Cané Nº 696, Glew, Provincia de Buenos Aires, mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en un periódico del lugar. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
dic. 10 v. dic. 11
POR 2 DÍAS - EI Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No. 8, Secretaría Única de La Matanza, cita y emplaza por diez días a LUCHETTI S.A. DE AHORRO Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de litis sito en la calle Deseado entre Brasil y Bermejo de la localidad de San Justo, Partido de La Matanza, Nomenciatura Catastral: Circunscripción 7, sección A manzana 214, parcela 7, para que comparezcan en autos caratulados "Anadon Ernesto Jorge y Otro/A C/ Vignes Rodolfo Emilio y otros s/ Prescripción Adquisitiva Vicenal/ Usucapión Expte LM40361-2012 a contestar demanda, bajo apercibirniento de nornbrarseles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes para que los represents en el proceso. EI auto que lo ordena en su parte pertinente dice: "San Justo, 21 de mayo de 2018. De conformidad con lo solicitado y atento lo informado por los organismos oficiados tendientes a conocer el domicilio de la demandada Luchetti S.A. de Ahorro y Prestamos para la Vivienda según asi resulta de las constancias de autos, y en virtud de lo dispuesto por los arts. 145, 146 y 681 del CPCC, publíquense edictos por dos días en el "Boletín Judicial" y en el diario "EI Informativo" de La Matanza, ernplazandose a los mismos y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de litis sito en la calle Deseado entre Brasil y Bermejo de la localidad de San Justo, Partido de La Matanza, para que dentro del plazo de diez días comparezcan en autos a contestar demanda, bajo apercibimiento de nombrarseles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes para que los represente en el proceso Fdo. Nora Graciela Modolo. San Justo, 5 de julio de 2018. Gustavo D. Villanueva, Secretario.
dic. 10 v. dic. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 4 de La Plata, hace saber que el 19 de Octubre de 2018, se ha
SECCIÓN JUDICIAL > página 28

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/12/2018 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date10/12/2018

Page count61

Edition count3395

Première édition02/07/2010

Dernière édition01/08/2024

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