Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/09/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 11 de septiembre de 2018

Provincia de Buenos Aires a fin de que se proceda a publicar edictos por el término de 5 días, ello con el fin de notificar al joven Zubini, Gabriel Omar, D.N.I. nº 45.574.852, la resolución de fecha 15 de agosto de 2017 conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P..- Proveo por licencia de la titular.- Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Departamento Judicial Dolores.
C.C. 201.190 / sep. 11 v. sep. 17
POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N 4826-16, autos caratulados Valdez, Walter Joaquín S/ Hurto Simple de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo por subrogancia de la Dra. Laura Elías, Secretaria única a cargo de la Dra. Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, al joven VALDEZ, WALTER JOAQUÍN DNI N 40.979.199 cuyo último domicilio conocido es en calle 58 N 1066 y/o 68 N 90 de la localidad de Mar del Tuyú. A continuación, se transcribe la parte pertinente de la resolución de fecha 14 de diciembre de 2016, a notificar: Dolores, 14 de diciembre de 2016.- Autos y Vistos:
Considerando: I Resuelvo: Declarar al menor Valdez, Walter Joaquín, D.N.I. nº 40.979.199, nacido el día 30 de marzo de 1998, hijo de Cristian Andres Valdez y de Emilce Ivana Mecoll Bernigand, con domicilio en calle 58 N 1066 y/o 68 N 90 de la localidad de Mar del Tuyú, No Punible por mediar causal de inimputablidad, y, en consecuencia Sobreseerlo Definitivamente en virtud del delito de Hurto en la presente causa N 4826-16, I.P.P. N 03-02-000136-16/00, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal.- II No siendo pertinente en el caso de marras dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 atento que según surge de la documental obrante a fs. 16 de la IPP el joven Valdez, Walter Joaquín es nacido el día 30 de marzo de 1998, contando al día de la fecha con 18 años de edad, ello en consonancia con lo normado en el Art. 2 de dicha Ley que dice: Quedan comprendidos en esta Ley las personas desde su concepción hasta alcanzar los 18 años de edad, conforme lo determina la Convención sobre los Derechos del Niño. Cuando se menciona a los niños quedan comprendidos, en todos los casos, las niñas, las adolescentes y los adolescentes, no siendo viable disponer la derivación del joven al Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos por cuanto el joven Valdez está fuera del rango etáreo estipulado para la aplicación de dicha legislación.-III Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven en sus públicos despachos.- IV Líbrese oficio a Comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. -V Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal del joven a sus efectos. -Fdo María Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Departamental. Asimismo se transcribe el despacho que dispuso el presente: Dolores, 4 de septiembre de 2018.- Atento el estado de autos y en atención al tiempo transcurrido, líbrese oficio al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires a fin de que se proceda a publicar edictos por el término de 5 días, ello con el fin de notificar al joven Valdez, Walter Joaquin, D.N.I. nº 40.979.199, la resolución de fecha 14 de diciembre de 2016 conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P..- Proveo por licencia de la titular.- Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías, Departamento Judicial Dolores.
C.C. 201.191 / sep. 11 v. sep. 17
POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 5406-17 autos caratulados Rodriguez, Luciano Ezequiel s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a cargo por subrogancia de la Dra. Laura Inés Elías, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única, a los fines de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el termino de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a LUCIANO EZEQUIEL
RODRIGUEZ y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle España N 237 de la localidad de Ayacucho, provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: Dolores, 16 de mayo de 2017.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1.- Declarar al menor Rodriguez, Luciano Ezequiel, que acredita identidad con D.N.I. Nº 42.906.139, nacido el día 27 de enero de 2.001, en Ayacucho, con domicilio en calle España N 237
de la localidad de Ayacucho, No Punible por mediar causal de inimputabilidad y, en consecuencia Sobreseerlo Definitivamente en virtud del delito de: Hurto en la presente causa N 5406-17, I.P.P. PP-03-00-001405-17/00, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal.- 2 Encontrándose en conocimiento el Servicio Local de Promoción y Protección de los derechos del Niño de la localidad de Ayacucho que el menor Luciano Ezequiel Rodriguez, se encuentra sindicado en las presentes investigaciones y en consecuencia se ha dado intervención mediante comunicación efectuada por el Ministerio Público Fiscal en fecha 7 de marzo de 2.016 a los organismos de aplicación establecidos en la Ley N13.298 y su respectivo decreto reglamentario, cesar definitivamente la intervención del juzgado en el marco de la presente causa.- 3º Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven.- 4º Líbrese oficio a Comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. - 5º Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal a sus efectos. Fdo: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal.
Dolores. Asimismo, transcribo el auto que dispuso el presente: Dolores, 4 de septiembre de 2018.- Atento el estado de autos y en atención al tiempo transcurrido, líbrese oficio al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires a fin de que se proceda a publicar edictos por el término de 5 días, ello con el fin de notificar al joven Luciano Ezequiel Rodriguez, D.N.I. nº 42.906.139, y mayor responsable, la resolución de fecha 14 de mayo de 2017 conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P..- Proveo por licencia de la titular.- Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías, Departamento Judicial Dolores.
C.C. 201.192 / sep. 11 v. sep. 17
POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 5086-16 seguida a Bueno, Diego por el delito de Hurto de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo por subrogancia de la Dra. Laura Inés Elías, sito en Calle Pellegrini N 19 de esta localidad, secretaria única, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el termino de cinco días a fin de notificar al menor BUENO, DIEGO DANIEL con DNI N 45.005.776 cuyo último domicilio conocido es en calle 17 N 1971 de la localidad de Las Toninas. A continuación, se transcribe la parte pertinente de la resolución a notificar: Dolores, 20 de enero de 2017.- Autos y Vistos Considerando: Resuelvo: I Declarar al menor, Bueno, Diego Daniel, argentino, titular del D.N.I. Nº 45.005.776, con fecha de nacimiento el día 27 de marzo de 2000 en la ciudad de Merlo, hijo de Daniel Andrés Bueno y de Roxana Mabel Carrizo, domiciliado en calle 17 N 1971 entre calle 42 y 44 de la localidad de Las Toninas. No Punible por mediar causal de inimputabilidad y, en consecuencia, Sobreseerlo Definitivamente en virtud del delito de Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. II Ordenar la inmediata intervención del Servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos a fin de que arbitre los medios tendientes a derivar al organismo que por localidad corresponda ello a fin de realizar seguimiento del menor encausado y su familia de conformidad con lo establecido en el Art. 63 de Ley N 13.634 y ello sin perjuicio de disponer el cierre
SECCIÓN JUDICIAL > página 81

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/09/2018 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date11/09/2018

Page count36

Edition count3379

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Dernière édition05/07/2024

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