Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/11/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 3 de noviembre de 2017. Atento las dificultades observadas en el trámite de notificación del encartado Ávalos v. fs. 709/713, y la particular situación del nombrado en autos -absuelto-, a fin de no demorar la definitiva finalización del presente proceso, y para notificarlo de la sentencia dictada por la Sala III del Tribunal de Casación Penal en fecha 2 de marzo de 2017, procédase a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129 del C.P.P.. Ofíciese, Adjúntese copia simple del citado fallo. Fdo. Dr. Eduardo Adrián Campos Campos, Juez.
Ruego tenga a bien remitir a este Tribunal, sito en calle Alberdi N 137 de la ciudad de Dolores, el Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada.
Se deja constancia que el mismo resulta reiteración de su similar de fecha 9 de agosto del corriente, sin haberse recepcionado a la fecha del mismo.
Dolores, 6 de noviembre de 2017. Marisol Moreno, Secretaria.
C.C. 13.769 / nov. 27 v. dic. 1


POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal N 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi N 137, en causa n 289/4419 IPP N 03-00-004928-10 seguida a DIEGO JAVIER
FORGIONE por Uso de documento público falso en General Lavalle; a los efectos de que se proceda a publicar, -conforme lo normado en el Art.
507 CPP, la parte resolutiva de la Declaración de extinción de la acción penal, dictada en los autos en que me dirijo, la que a continuación se transcribe: Dolores, 26 de mayo de 2016. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa N 289/4419 IPP N 03-00-004928-10 seguida a Diego Javier Forgione por Uso de documento público falso en General Lavalle; Y
Considerando: Que por resolución dictada el día 13 de marzo del 2014 se homologó el acuerdo de la suspensión del presente proceso respecto del nombrado por el término de un año, bajo las condiciones allí enumeradas.
v. fs. 39/vta.. Que labrada el acta compromisoria que prevé el Art. 198
de la Ley 12.256 el día 30 de mayo de 2014, resulta que el plazo fijado en la resolución citada, feneció el día 30 de mayo de 2015 v. fs. 52/vta..
Que las constancias que fueron remitidas por el Patronato de Liberados de Almirante Brown I acreditan que durante ese lapso el suspendido se mantuvo en contacto con ese organismo, realizó las tareas comunitarias encomendadas y no se ausentó indebidamente de su domicilio v. fs.
58/61 y 67/80. Que del informe producido por el Registro Nacional de Reincidencia obrante a fs. 64/66, se desprende que Forgione no ha cometido delito alguno durante el tiempo de la suspensión. Tampoco se ha acreditado que hubiera usado estupefacientes o abusado de la ingesta de bebidas alcohólicas. Que finalmente, efectivizó el depósito de la suma ofrecida en concepto de reparación económica v. boleta agregada a fs.
51. Por ello, encontrándose satisfechos los extremos previstos por el Art. 76 ter cuarto párrafo del Código Penal el Tribunal Resuelve: Declarar la extinción de la acción penal -la que operó el 30 de mayo de 2015- y sobreseer a Diego Javier Forgione en esta causa N 289/4419 que se le siguiera por el delito de Uso de documento público falso en General Lavalle.
Art. 323 inc. 1 del C.P.P.. Regístrese. Notifíquese. Firme y consentida, practíquense las comunicaciones de ley y oportunamente, archívese. Fdo.
Dr. Eduardo Adrián Campos Campos, Juez. Dr. Federico Ezequiel Salinas, Secretario. Asimismo se transcribe en su parte pertinente el proveído que dispuso el presente: Dolores, octubre de 2017. Habiéndose recepcionado actuaciones de notificación y toda vez que en las mismas se notificó a su progenitor, a fin de no generarle un perjuicio al encausado Forgione, notifíquesele la parte pertinente de la Declaración de Extinción de la Acción Penal dictada en la presente procediendo a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129 del C.P.P.. Fdo. Dr. Eduardo Adrián Campos Campos, Juez. Ruego tenga a bien remitir a este Tribunal, sito en calle Alberdi N 137 de la ciudad de Dolores, el Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada. Dolores, 27 de octubre de 2017. Marisol Moreno, Secretaria.
C.C. 13.770 / nov. 27 v. dic. 1
POR 5 DÍAS - En el Proceso Penal N 03-02-405-08 seguido a MONZÓN CARLOS HORACIO por Exhibiciones Obscenas Agravadas;
que tramita por ante este Juzgado de Garantías N 3, a cargo del Dr.
Gastón Giles, Secretaría Única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de Avellaneda, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 4 de octubre de 2017. Autos y Vistos Y Considerando: Por ello, Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Monzón Carlos Horacio, argentino, D.N.I. N 17.213,196, soltero, empleado, instruido, domiciliado en calle Martín Fierro N 25 de Wilde Avellaneda, hijo de Pedro José y de Haydee Elida Pérez, nacido el 15
de diciembre de 1964 en Capital Federal; en orden al delito de Exhibiciones Obscenas Agravadas Art. 129 segundo párrafo del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc 3 y 62 del Código Penal y Art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal. II.- Disponer el Archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac. 3397/08 SCJBA. Regístrese.

LA PLATA, LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2017
Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley Firmado Gastón E. Giles, Juez de Garantías N 3 Deptal. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 8 de noviembre de 2017. Autos y Vistos: Atento o que surge de lo informado a fs. 105 del presente Proceso Penal, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el imputado Carlos Horacio Monzón, y lo resuelvo por el Suscripto a fs. 101 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
Fdo. Dr. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías N 3. Dolores, 8 de noviembre de 2017.
C.C. 13.771 / nov. 27 v. dic. 1


POR 5 DÍAS - En causa N 12.088 P.P. N 1989-11, seguida contra MANEA FACUNDO MAURICIO; que tramita por ante este Juzgado de Garantías N 3, a cargo del Dr. Gastón Giles, Secretaría Única del Dr.
Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de San Fernando, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 22 de agosto de 2017. Autos y Vistos Y Considerando: Por ello, Resuelvo: 1. Sobreseer totalmente a Manea Facundo Mauricio, de nacionalidad argentina, DNI 26.992.042, de estado civil soltero, nacido el día 31 de agosto de 1978 en la localidad de San Clemente del Tuyú, instruido, gastronómico, domiciliado en calle Quebrada de Tello N 480 de Río Ceballos, Pcia. de Córdoba; en orden al delito de Tenencia simple de estupefacientes Art. 14 primer párrafo de la Ley 23.737 por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc 3
y 62 del Código Penal y Art. 323, inc 1, del Código Procesal Penal. Il.
Disponer el archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac.
3397/08 SCJBA. Regístrese. Notifíquese Firmado Gastón E. Giles, Juez de Garantías N 3 Deptal. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 13 de noviembre de 2017. Autos y Vistos: Atento lo que surge de lo informado a fs. 158 de la presente Carpeta de causa, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en los domicilios fijados por imputado Facundo Manea, y lo resuelto por el Suscripto a fs. 153 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías N 3. Dolores, 13 de octubre de 2011.
C.C. 13.772 / nov. 27 v. dic. 1

1. LA PLATA

L.P.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N
9 de La Plata, hace saber que el 9 de julio de 2017, decretó la apertura del concurso preventivo de ESTABLECIMIENTO DF S.A., CUIT 30-692037509, con domicilio en Avda. 32 N 1265 de La Plata. Se hace saber a los señores acreedores que se estableció el 5 de febrero de 2018, como fecha hasta la cual deberán presentar las peticiones de verificación de créditos.
Informe Individual: 26 de marzo de 2018; Informe General 10 de mayo de 2018; Audiencia Informativa: 4 de octubre de 2018 a las 8:00 hs. Síndico:
Cra. Marcela Beatriz Ulrich, con domicilio en Avda. 13 N 723 Piso 13 3
de La Plata. Horarios de atención lunes a viernes de 9:00 a 12:00 y de 14:30 a 18:00. Celular: 011-15-61562888. Autos: Establecimiento DF S.A.
s/Concurso Preventivo Exp. LP 43350/2017. La Plata, 13 de noviembre de 2017. María de los Ángeles Fernández, Secretaria.
L.P. 28.725 / nov. 22 v. nov. 28


POR 2 DÍAS - El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, del Departamento Judicial Moreno-Gral. Rodríguez, en autos: Grammatico Carlos Alberto c/Di Belli Jorge Daniel y Otros s/Prescripción Adquisitiva, Expte. 16373, cita a herederos de JORGE DANIEL DI BELLI y a quien se crea con derechos al dominio del inmueble Nomenclatura catastral:
Circunscripción VI, Sección G, Quinta 60, Manzana 60 b, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 074-90100, partido de Moreno, para que en el término de diez días comparezcan a contestar la demanda y hacer valer sus derechos en el presente juicio, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente Art. 341 del CPCC.. Moreno, 8 de agosto de 2017. María Isabel López, Auxiliar Letrada.
L.P. 28.965 / nov. 24 v. nov. 27
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz de Tapalqué, provincia de Buenos Aires, a cargo del Juez Dr. Darío J. Iglesias, Secretaría Única del suscripto del Departamento Judicial de Azul, en autos: Prevostini Raúl Marcelo c/Inocente Irma Zulema s/Prescripción Adquisitiva Larga, Expediente Nº 4426/16, cita a Doña IRMA ZULEMA INOCENTE o INOCENTE DE
ClLLO LC. 5.170.456 y/o a sus eventuales herederos, y/o a quienes se
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 10576

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/11/2017 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date27/11/2017

Page count17

Edition count3392

Première édition02/07/2010

Dernière édition29/07/2024

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