Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/11/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Tribunal en lo Criminal N 1 del Departamento Judicial de Zárate-Campana, Secretaría Única a cargo del Dr. Ariel Edgardo Basso, con asiento en Andrés del Pino N 817 de la localidad de Campana, prov.
de Buenos Aires, en Causa N 2524, caratulada: Fava, Cristian Nicolás s/
Robo Agravado por su Comisión en Pdo. y en Bda, notifica por el presente a ITATÍ MIRIAM MERICIA, de la providencia dictada, cuya parte pertinente se transcribe a continuación: En la ciudad de Campana, a los 4 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, la Sra. Jueza del Tribunal en lo Criminal N 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana, Dra. Ángeles María Andreini, concurre en forma unipersonal para dictar pena única en las Causas Nros. 2524 y su Acumulada Nro. 2537 y 2991, seguidas a Cristian Nicolás Fava, argentino, soltero, ayudante de albañil, instruido, titular del DNI 35.836.327, sin apodos, nacido el 20 de mayo 1991 en Zárate, partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, hijo de Juan José Fava y de Sandra Cecilia Gorosito, domiciliado en la calle Bernardo de Irigoyen N 2651, de dicha localidad; identificado con prontuario N
1.299.144 de la Sección de Antecedentes Personales del Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia de Buenos Aires, y registrado con el N U1831542 del Registro Nacional de Reincidencia. Encontrándose en condiciones para ello, dará tratamiento a las siguientes Cuestiones:
Primera: Corresponde en estas actuaciones la aplicación de lo normado por los Arts. 27 y 58 del Código Penal?. Segunda: En su caso, cuál debe ser el monto punitivo de la pena única? Resuelve: 1.- Condenar a Cristian Nicolás Fava, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, a la pena única de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, accesorias legales y costas del proceso, comprensiva de la pena de tres años de prisión en suspenso y al pago de las costas del proceso, dictada en la Causa 2524 y su acumulada N 2537, como coautor penalmente responsable de los delitos de Robo Simple y Robo Calificado por haber sido cometido en lugar Poblado y en Banda; por los hechos ocurridos en la localidad de Zárate, partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, el 28 de febrero de 2010 y el 26 de junio de 2011 -respectivamenteen perjuicio de Néstor Emilio Joaquín Jeanmaire y de Oscar Marcos Berón arts. 26, 29, inc. 3, 40, 41, 45, 55, 164 y 167 inc.
2 del Código Penal; y arts. 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal; y de la pena de tres años y con más el pago de las costas del proceso, dictada en la Causa N 2991, como coautor penalmente responsable del delito de Robo Doblemente Calificado, por el uso de Arma de Fuego y por haber sido cometido en lugar Poblado y en Banda, en grado de Tentativa; por el hecho cometido en la localidad de Zárate partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, el 17 de julio de 2013, en perjuicio de Itatí Miriam Mericia Toledo arts. 12, 29, inc. 3, 40, 41, 42, 45, 166 inc. 2, segundo párrafo, 167 inc. 2 del Código Penal; y arts. 530, 531
y 533 del Código de Procedimiento Penal. II.- Revocar la condicionalidad de la pena de tres años y pago de cosas del proceso, dictada en la presente Causa 2524 y su acumulada N 2537 art. 27 del Código Penal.
Regístrese, notifíquese, consentida que sea la presente, comuníquese y remítanse copias certificadas de la misma al Juzgado de Ejecución Penal departamental, a sus efectos. Fdo. Ángeles María Andreini, Jueza. Ante mí, Ariel Edgardo Basso, Secretario. Para ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por 5 días art. 129 Ley 11.922.
Campana, 31 de octubre de 2017. Ariel E. Basso, Secretario.
C.C. 12.975 / nov. 13 v. nov. 17


POR 5 DÍAS - La titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial de Mercedes b, Dra. María Teresa Bomaggio, cita y emplaza a NAHUEL ALESSANDRO BENÍTEZ, DNI 41.678.756, sin apodos, argentino, soltero, nacido en Vicente López el día 10 de febrero de 1999, empleado, hijo de Sergio Javier y de María Lucía Moracho, con último domicilio registrado en Kilómetro 30 o Adolfo Sourdeaux de Don Torcuato, para que dentro del término de cinco días se notifique respecto de la Causa N 3315/17-3315 que se le sigue por el delito de Encubrimiento, de la resolución que a continuación se transcribe: Mercedes, 30 de octubre de 2017. Atento lo informado por la Comisaría de Malvinas Argentinas Segunda, a fs. 66, cítese por cinco días al encausado Benítez Nahuel Alessandro para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 129 del CPP.. Fdo.
María Teresa Bomaggio. Federico Omar Villa, Secretario.
C.C. 12.980 / nov. 13 v. nov. 17
POR 5 DÍAS El Juzgado de Familia N 1 del Departamento Judicial de San Isidro, con asiento en la calle Bilbao 912, PB del Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Mónica P. Urbancic de Baxter, Secretaría Única a cargo del Dr. Miguel Fornelli en los autos caratulados: Sanguina Alma s/ Abrigo expediente N 24865/2017, se ha resuelto: San Isidro, 10 de julio de 2017 Resuelvo: 1.- Decretar la legalidad de la medida de abrigo adoptada a favor de SANGUINA ALMA, por el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño de San Isidro, en el marco del art. 35 bis de la Ley 1.298 según reforma de la Ley 13.537, la que se encuentra llevando en Familias de Tránsito Nazaret - con domicilio en calle Juan Clark 774 - San Isidro - con efecto
LA PLATA, VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017
retroactivo a que la misma fue implementada cfr. Arts. 3, 9.1, 19 y ccs.
Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales concordantes -cfr. Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional-, Leyes 14.537, 13.298, 13.634, Decreto 300/05, Ley 13.297 y concordantes IV.
Regístrese. Notifíquese, en atención al desconocimiento del domicilio real de la progenitora, por edictos judiciales los cuales deberá ser publicados por el plazo de cinco días consecutivos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndole saber que pueden contar con el patrocinio letrado de la Defensoría Oficial ubicada en la calle Rivadavia 468 San Isidro o con el patrocinio jurídico gratuito del Colegio de Abogados de San Isidro, ubicado en la calle Acasusso 424/6 de San Isidro, art. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, art. 5 y 18 de la CDN, Art. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires Art. 264 del Código Civil, a la Sra. Asesora de Incapaces en su público Despacho y al Servicio Local interviniente.
A dichos fines líbrense las piezas pertinentes por Secretaría. Fdo. Dra.
Mónica P. Urbancic de Baxter. Juez - San Isidro, 25 de septiembre de 2017 A fs. 39/41: Agréguese y téngase presente lo informado y en atención a las constancias de autos, líbrese nuevo oficio y edicto judicial a los mismos fines y efectos que el anterior. Fdo. Dra. Mónica P. Urbancic de Baxter. San Isidro, 25 de septiembre de 2017. Miguel Fornelli, Secretario.
C.C. 13.020 / nov. 14 v. nov. 21
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 25 del Departamento Judicial de La Plata a cargo del Dr. Carlos J.
Catoggio, Secretaría Única a cargo de los Dres. Hugo D. Taranto, Jorge Federico Gross y Daniel A. Galipó sito en la calle 13 entre 47 y 48 -Palacio de Justiciade la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, comunica por el término de cinco días que en los autos caratulados Lugos Andrea Mariana s/ Quiebra pequeña Expte. N LP-639992017, con fecha 13 de octubre de 2017 se ha decretado la quiebra de ANDREA MARIANA LUGOS, D.N.I. 21.509.784, con domicilio en la calle Brasil N666 de Ensenada, la que se encuentra consentida y firme. La Sindicatura interviniente es el Cdr. Jerónimo Jorge Nicolás Ponce Figliozzi con domicilio constituido en calle 6 N 1197 de La Plata, abierta al público los días hábiles de 9:00 a 13:00 y de 15:00 a 19:00 horas. Se ordenó a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquélla, así como toda documentación de carácter contable art. 88 incs.
3 y 4 LCQ. Hágase saber la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán considerados ineficaces conforme los términos del Art. 88 inc.
5 de la Ley 24.522. Se fijó hasta el día 7 del mes de febrero de 2018, a fin que los acreedores presenten al Sr. Síndico los títulos justificativos de sus créditos en la forma indicada en los Arts. 88 y 200 de la LCQ; hasta el día 21 de febrero de 2018 para la impugnación en los términos del Art 200 LCQ; hasta el día 21 de marzo de 2018 para la presentación por el Sr.
Síndico de los informes individuales del art. 35 y 200 LCQ; el día 5 de abril de 2018 como fecha límite para el dictado de la resolución el art. 36 de la Ley de Concursos y Quiebras Art. 200 ley cit.; hasta el día 3 de mayo de 2018 para la presentación por el Sr. Síndico del informe general del Art.
39 y 200 LCQ; entre el 4 de mayo de 2018 y 17 de mayo de 2018 a los efectos previstos en el Art. 40 de la Ley de Concursos y Quiebras y hasta el día 15 de junio de 2018 en los términos del Art. 117; LCQ. La PIata, 3 de noviembre de 2017. Jorge Federico Gross, Secretario.
C.C. 13.030 / nov. 14 v. nov. 21
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a EMANUEL OMAR SABALO, con domicilio desconocido, en Incidente de Libertad Condicional, en Causa Nro. INC-14.278-1 seguida a González, Jorge Raúl por los delitos de Robo y Otros, la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 9 de octubre de 2017.
Autos, Vistos Y Resulta Es por ello que: Resuelvo: I.- Suspéndase preventivamente la ejecución del régimen de Libertad Condicional otorgado en autos al interno González Jorge Raúl, de las demás circunstancias personales de conocimiento en autos, hasta tanto se resuelva en definitiva en esta incidencia al respecto. Arts. 13, 15 y cctes. CP., 498, 500, 516 in fine y cctes. CPP. II.- Anótese a González Jorge Raúl como detenido a disposición conjunta con este Juzgado en la presente Causa Nro. 14278 y con el Juzgado en lo Correccional Nro. 2 Deptal. en IPP nro. 08-00-01610717. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al nombrado a los fines que tome nota de lo aquí dispuesto. Líbrese oficio al Juzgado ut supra mencionado a efectos de comunicarle lo aquí resuelto e informar la sentencia recaída en los presentes actuados. III.- Desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105
tercer párrafo y cctes. CPP., para el día lunes 6 de noviembre del año 2017
a las 10:00 hs. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015
por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada: Salazar Martín Adrián s/lncidente de salidas transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia -ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 10254

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/11/2017 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date17/11/2017

Page count28

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