Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/11/2017 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Mar del Plata, 7 de noviembre de 2017. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto a la víctima de autos ver fs. 37/vta., notifíquese a los herederos del Sr. Constancio Daniel Bagnato a tenor del art. 129 del CPP., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
C.C. 13.292 / nov. 15 v. nov. 22


POR 5 DÍAS - El Sr. interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Pablo Viñas, notifica a CARLOS FEDERICO FERNÁNDEZ y a JORGE RODOLFO
PALMAROCHI en Causa Nro. INC-15014-1 seguida a: Contreras Víctor Damián s/Incidente de Libertad Condicional la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 30 de octubre de 2017. I.- En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. CPP., para el día 28/11/2017 a las 09:30 horas. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la Causa 26.964 caratulada:
Salazar Martín Adrián s/Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia -ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos , haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno. IlI.- No obrando en el legajo de control de ejecución los domicilios de las víctimas de autos, notifíquese a los Sres. Carlos Federico Fernández y Jorge Rodolfo Palmarochi a tenor del art. 129 del CPP., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.
Debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.
Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Fdo. Pablo Viñas, Juez. María B.
Martino, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.293 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Pablo Viñas, notifica a LEGUIZAMÓN AMADOR FACUNDO en Causa Nro. INC-14716-2 seguida a: González Cristian Michael s/Incidente de Salidas Transitorias y Régimen Abierto la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 27 de octubre de 2017. I.- En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. CPP., para el día 28/11/2017 a las 09:30 horas. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a
LA PLATA, VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017
comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la Causa 26.964 caratulada:
Salazar Martín Adrián s/Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia -ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos , haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno.- III.- No obrando en el legajo de control de ejecución con el domicilio del Sr. Leguizamón Amador Facundo, víctima de autos, notifíquese al mismo a tenor del art. 129 del CPP., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Que el mismo tiene derecho a ser informado y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias;
régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informado. Fdo. Pablo Viñas.
María B. Martino, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.294 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Pablo Viñas, notifica a las víctimas de autos, a saber: OSVALDO DELLEPIANE, FRANCO DELLEPIANE, ADRIANA CECILIA CUNIETTI, GUSTAVO
MARCA FLORES, MIGUEL ÁNGEL MARCA FLORES y ANTONIO
RAGUSA en Causa Nro. INC-14703-4 seguida a: Anibarro Jonathan Ezequiel s/Incidente de Semilibertad la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 27 de octubre de 2017. I.- En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256
y 105 tercer párrafo y cctes. CPP., para el día 28/11/2017 a las 09:30
horas. Oficiase a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en el caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015
por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la Causa 26.964 caratulada: Salazar Martín Adrián s/
Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia -ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno. III.- En virtud de no obrar en el legajo de control de ejecución los domicilio de las víctimas de autos, notifíquese a las mismas a tenor del art. 129 del CPP., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.
Debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi-libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.
Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Fdo. Pablo Viñas, Juez. María B.
Martino, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.295 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a EMANUEL OMAR SABALO, con domicilio desconocido, en Incidente de Libertad Condicional en Causa Nro. INC-14.278-1 seguida
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 10262

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/11/2017 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date17/11/2017

Page count28

Edition count3382

Première édition02/07/2010

Dernière édition15/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930