Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/03/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1862

LA PLATA, LUNES 20 DE MARZO DE 2017

Documento Nacional de Identidad Nº 52.004.345 y declarar que es hijo de Perla Dominga Estigarribia CI Nº 5397998 sin filiación paterna conocida. Tercero:
Mandando a inscribir el presente pronunciamiento respecto de la impugnación del reconocimiento materno una vez firme ésta, procédase a inscribir el nuevo estado de Filiación, en la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, a cuyo fin se autoriza a librar los instrumentos pertinentes.. Expidiendo testimonio en la forma de estilo a sus efectos. Cuarto:
Dando vista de la sentencia recaída en autos a la Asesoría de Menores e Incapaces y a la Fiscalía Departamental.
Quinto: Imponiendo las costas al vencido Conf. Art. 68 del CPCC Quinto: Diferir la regulación de honorarios hasta la oportunidad en que la presente se encuentre firme.
Regístrese. Notifíquese. Arts. 135 Inc. 12, 137 y 483 del CPCC.-" Fdo. Dr. Juan José Dore. San Justo, 22 de diciembre de 2016: "Al punto 3: De conformidad con lo solicitado, teniendo en cuenta lo normado por los Arts.
145 y 146 del CPCC, y a los fines pertinentes, publíquense edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y en el Diario "NCO" del Partido de La Matanza.
Confección a cargo de la Asesoría de Incapaces actuante." Fdo. Dr. Juan José Dore. Dra. Valeria S. M. Manco, Secretaria. San Justo, 24 de febrero del 2017.
C.C. 3.075 / mar. 16 v. mar. 20


POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Morón, Dr. Lucas Varangot, en el marco de la causa Correccional Nº 2.280 seguida a Carlos Alberto Torrico por el delito de amenazas agravadas por el uso de arma del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese, por el términos de cinco 5 días, a CARLOS ALBERTO
TORRICO, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, hijo de Luis Torrico Torrico y Beligna Vázquez, titular del D.N.I. Nº 28.405.306, nacido el día 3 de octubre de 1980 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con último domicilio conocido en la calle Victoria Ocampo N 1124 de la localidad y partido de Marcos Paz, provincia de Provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón Nº 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección "a" de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo artículos 129, 303
y 304 del C.P.P.. Secretaría, 2 de marzo de 2017. Fausto Facundo Durso, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.077 / mar. 16 v. mar. 22
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 1010-2014, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-6877
caratulada: "Fernández, Daniel Castor; Fernández, Gustavo Ezequiel; Medina, Rubén Tupac s/ Hurto en grado de tentativa", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado DANIEL CASTOR FERNÁNDEZ, -titular del DNI Nº 17.886.771-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 21 de febrero de 2017.
- Y Visto: y Considerando Resuelvo: I.- Declarar la rebeldía de Daniel Castor Fernández cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Fernández sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP.- III.
Regístrese, notifiques e a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
IV.- Fecho, líbrense las comunicaciones de Ley y resérvese la presente causa en Secretaría cf. Art. 305, tercer párrafo, CPP.- Fdo. Julia Andrea Rutigliano -Juez.
Ante mí: Marisa Vázquez -Secretaria. Quilmes, 21 de febrero de 2017.
C.C. 3.083 / mar. 16 v. mar. 22

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría única, en relación a la causa Nº QL-1793-2016, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-7780 caratulada:
"Alcalde Jiménez José Luis s/ Usurpación de propiedad, atentado a la autoridad, lesiones leves, daño", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado JOSÉ LUIS ALCALDE JIMÉNEZ, -titular del DNI Nº 94.998.391, de estado civil casado, de ocupación técnico electrodoméstico, nacionalidad peruana, nacido el día 30 de junio de 1983, con último domicilio en calle San Martín Nº 108, piso 4 de Retiro de Capital Federal, instruido, hijo de Nemesio Morales y de Violeta Guari - , y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 2 de febrero de 2017 .. Resuelvo: I Ordenar el comparendo compulsivo a primera audiencia del imputado José Luis Alcalde Jiménez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en razón de los argumentos vertidos en el considero que antecede. II Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el nombrado sea habido. III
Regístrese, notifíquese y, por edictos durante cinco 5
días, al imputado Alcalde Jiménez conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal Penal. Fdo. Julia Andrea Rutigliano -Juez Ante mí: Bettina Arrosagaray Auxiliar Letrada. Quilmes, 16 de febrero de 2017.
C.C. 3.084 / mar. 16 v. mar. 22


POR 5 DÍAS - En Causa Nº 7733 P.P. Nº 03-00-65408 seguida a Obait Jorge Ezequiel s/ Robo en grado de tentativa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Obait Jorge Ezequiel cuyo Último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 20 febrero de 2017. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I. Sobreseer totalmente al imputado OBAIT JORGE EZEQUIEL. D.N.I. no recuerda argentino, soltero, en invierno trabaja haciendo desmonte, nacido el día 06 de marzo de 1986 en la ciudad de Pinamar, hijo de Pedro Ismael Obait v y de Mónica Haydee Balzaretti v, con Último domiciliado conocido en calle Rawson y Canadá de Valeria del Mar; en orden al delito de robo en grado de tentativa, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc.
2º en rel a los Arts. 164, 42 y 44 todos del C.P. y 323 Inc.
1º del C.P.P.Il.- Levantar la averiguación de paradero dispuesta en este P.P. Nº 03-00-654-08 sobre Obait Jorge Ezequiel, conforme lo resuelto en el punto precedente que corre bajo el registro P2559298. A tal fin líbrese oficio de estilo al Ministerio de Seguridad de la Prov. de Bs. As. y al Registro Nacional de Reincidencia Fdo. Gastón Giles.
Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 20 de febrero de 2017. Autos y Vistos:
Resuelvo: III. Proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art.
129 del Código de Procedimiento notificado del auto que dispuso su sobreseimiento. Regístrese. Notifíquese Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías. Dolores, 20 de febrero de 2017.
C.C. 3.085 / mar. 16 v. mar. 22
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 7.640 / P.P. Nº 03-00362-08 seguida a Murar Gerardo Antonio por el delito Hurto en Grado de Tentativa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido GERARDO ANTONIO MURAR, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Chascomús, el siguiente texto que a continuación se transcribe: .
"Dolores, 25 de noviembre de 2.016. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: Sobreseer Totalmente al imputado Gerardo Antonio Murar, argentino, nacido ello de octubre de 1984 en Capital Federal, hijo de Murar Roberto v y de Juana Isabel Albarracín v, instruido, desocupado, soltero, Documento Nacional de Identidad número 31.191.226, domiciliado en calle Sáenz Peña 176
de Chascomús., en el proceso penal Nº 03-00-362-08 /

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Causa Nº 7640, en orden al delito de "hurto en grado de tentativa" previsto y reprimido por el Art. 162 y 42, en atención a lo dispuesto en el Art. 59 Inc. 3º del C.P y 323
Inc. 1º del C.P.P. Regístrese, Notifíquese, al Agente Fiscal, Defensor Oficial en la forma de estilo y al imputado por oficio.- Fdo. Gastón E. Giles. Juez". A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: "Dolores, 20 de febrero de 2017. Autos y Vistos: Por recibida la presente Carpeta de Causa y sus agregados provenientes de la Defensoría Oficial Dptal., téngase presente lo manifestado por el Dr. Luis Agustín Carricaburru, a fs. 91, y teniendo en cuenta lo informado por el personal policial actuante, a fs. 88/vta., donde surge el resuelto negativo por no ser habido en el domicilios fijado por el imputado Gerardo Antonio Murar, y lo resuelto por el Suscripto a fs. 85 y vta., procédase a la notificación por el Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón E. Giles. Juez.
Dolores, 20 de febrero de 2017.
C.C. 3.086 / mar. 16 v. mar. 22


POR 5 DÍAS - En relación a la carpeta de causa Nº 2665, caratulada "VELÁZQUEZ JULIO CÉSAR s/ Abuso Sexual Agravado" correspondiente a la IPP Nº 09-0216490-15 de la UFI Nº 8 de Gral. Rodríguez del registro del Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial de Moreno-General Rodríguez, sito en la calle Sarmiento 564 de la localidad de General Rodríguez, a cargo de la Dra. María Celina Ardohain, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación, durante el plazo de cinco días, del siguiente edicto que reza: ". La Plata, 10 de noviembre de 2016 Resuelve: IDeclarar Formalmente admisible el recurso de queja interpuesto Art. 433 segundo párrafo del C.P.P. IIDesestimar el recurso de queja en tanto, por los fundamentos brindados en la cuestión segunda, el recurso de casación ante la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Mercedes, resulta inadmisible pues las argumentaciones del recurrente no resultan aptas para sortear los requisitos objetivos, que están ausentes en esta situación en particular. Sin cosas en esta instancia Arts. 421, 433, 448, 450, 454, 464, 530 y 531 y ccdtes. del C.P.P., Arts.
14 y 15, Ley 48. Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvase a la instancia de origen Fdo. Dres. Martín Manuel Ordoqui y Fernando Luis María Mancini, Jueces del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Ignacio Gallo, Auxiliar Letrado. General Rodríguez, 10 de febrero de 2017.
C.C. 3.087 / mar. 16 v. mar. 22
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 5396 I.P.P. Nº PP-0300-053614-03/00 seguida a NORA DOS REIS, OSVALDO
RAÚL JAUREGUIBEHERE por el delito de Asociación ilícita Art. 210 - Estafa Art.172 Falso testimonio Art. 275 Falso testimonio Art. 275, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a los prevenidos nombrados;
desconociéndose su último domicilio, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 09 de enero de 2017 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Resuelvo: I Sobreseer totalmente a Osvaldo Raúl Jaureguibehere. DNI Nº 12.651.017, nacido el 23/06/1958
en Necochea Bs. As. y Nora Dos Reis, LC 5.895.556, nacida el 18/01/1949, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Asociación ilícita Hecho I, Estafa procesal Hecho II, Estafa Hecho III, Estafa en grado de Tentativa Hecho IV, Estafa Hecho V y Falso Testimonio Hecho VI atento a haberse extinguido la acción penal por la prescripción Arts. 323 Inc. 1º del C.P.P. y 59 Inc. 3º, 62
Inc. 2º, . 210, 172, 42 y 275 del Código Penal. II Levantar la Orden de Captura Nacional e Internacional que pesa sobre Osvaldo Raúl Jaureghibehere. Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 12 de enero de 2017. Autos y Vistos: Atento desconocerse los domicilio de Juareguibehere Osvaldo Raúl/ Dos Reis Nora, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Mónica Barrionuevo, Secretaria.
Dolores, 12 de enero de 2017.
C.C. 3.088 / mar. 16 v. mar. 22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/03/2017 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date20/03/2017

Page count19

Edition count3391

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/07/2024

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