Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/03/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1446

LA PLATA, LUNES 6 DE MARZO DE 2017

POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Jorge Walter López, notifica a EDGARD OLAZAR IBAÑERZ, en causa Nº PP-07-00-023923-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zamora, 3 de octubre de 2016 Resuelvo: Sobreseer Totalmente a Edgard Olazar Ibáñez, de las demás condiciones personales de autos, en orden a los hechos presuntamente constitutivos de los delitos de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con tenencia ilegal de arma de guerra, por el cual fuera formalmente imputado Fdo.
Jorge Walter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida:
"Lomas de Zamora, 08 de febrero de 2017. Atento lo informado a fojas 189, notifíquese a Edgar Olazar Ibáñez de la resolución de fojas 179/180, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo". Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
Mariano G. Amati, Secretario.
C.C. 2.288 / mar. 2 v. mar. 8


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a RODOLFO ABEL FERRINI, DNI Nº 17.874.170, que en la causa Nº P-3271 caratulada Gerez, Josefina s/Resistencia a la autoridad Art. 239 C.P. se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "Campana, 16 de febrero de 2017. Vistas: Considerando Resuelvo:
I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº P-3271, respecto de Josefina Gerez y en orden al delito de Resistencia a la autoridad Art. 239 del C.P. imputado, de conformidad con lo reglado por los Arts. 2, 59 Inc. 3º, 62. Inc. 2º, 63 y 67 del Código Penal. II Dictar Sobreseimiento total en la presente causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por el Art. 341
del C.P.P. III Dejar sin efecto la declaración de rebeldía dispuesta a fs. 103/104 respecto de la aquí nombrada y su averiguación de paradero y comparendo compulsivo dictado en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes. IV Notificar a Josefina Gerez de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP, Ley 11.922. Regístrese, notifíquese, y firme que sea cúmplase con las comunicaciones de Ley y oportunamente archívese. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 16 de febrero de 2017. Angélica Luisa Milán, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.293 / mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a GUSTAVO ADOLFO AQUINO, DNI Nº 24.891.225, que en la causa Nº P-3341 caratulada Aquino, Gustavo Adolfo s/ Hurto simple Art. 162 C.P. se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "Campana, 17 de febrero de 2017 Vistas y Considerando
Resuelvo I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº P-3341, respecto de Gustavo Adolfo Aquino y en orden al delito de Hurto simple Art. 162 del C.P. que le fuera imputado, de conformidad con lo reglado por los Arts. 2, 59 Inc. 3, 62 Inc. 2, 63
y 67 del Código Penal II Dictar Sobreseimiento total en la presente causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por el Art. 341 del C.P.P III Dejar sin efecto la declaración de rebeldía dispuesta a fs. 120/121 respecto de Gustavo Adolfo Aquino y su Averiguación de paradero con orden de comparendo dictado en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes IV Notificar a Gustavo Adolfo Aquino de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP, Ley 11.922 Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 17 de febrero de 2017. Claudio Patrignani, Secretario.
C.C. 2.294 / mar. 2 v. mar. 8

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Roberto Daniel Vila, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a RIZZO
FABIANA ANTONELLA, DNI Nº 34.727.777, para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la Causa Nº: -480-15 - 5049
Rizzo, Fabiana Antonella s/ Amenazas y Lesiones Leves en Concurso real", seguida al nombrado conforme surge de la resolución que se transcribe: "Mercedes, 9 de febrero de 2017. Autos y Vistos: Atento lo informado precedentemente por la autoridad policial, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausado Rizzo Fabiana Antonella bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.
Notifíquese y publíquese". Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez en lo Correccional. María Griselda Gómez, Secretaria. Secretaría, 9 de febrero de 2017.
C.C. 2.295 / mar. 2 v. mar. 8


POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1 Inst. Civ. y Com. N 1 del Dpto. Jud. Necochea hace saber que el día 15/02/17 se decretó la quiebra de MARTÍN JOSÉ GAITÁN, DNI
24428296, con domicilio en calle 81 N 314 de Necochea.
Síndico designado: Cdor. Oscar Galilea, con domicilio en calle Av. 58 N 2520. Días y horarios de atención: Lu a Vie, de 9 a 13 hs. Fecha límite para presentación de pedidos de verificación: 10/04/17 en dicho domicilio. Presentación del Inf. Ind.: 26/05/17. Presentación del Inf. Gral.: 13/07/17. Se intima a la fallida y a todos aquellos que tengan en su poder bienes y documentación perteneciente a la misma, se los entreguen al Síndico Art. 88 inc. 3 LCQ. Se pone en conocimiento acerca de la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces Art. 88 inc. 5 LCQ. Arancel verificatorio: $ 806, el que no deberá abonarse si el crédito es de causa laboral o cuando su monto sea equivalente o menor de 3 salarios mínimos vitales y móviles. Necochea, 20 de febrero de 2017. Marta B. Bernard, Secretaria.
C.C. 2.299 / mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 11, Sec.
Única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que en los autos: "Zmud Jorge Alejandro s/ Quiebra pequeña" Expte. N 36219, con fecha 25 de octubre del 2016, se ha decretado la quiebra de la Sr. JORGE ALEJANDRO ZMUD DNI 21.802.920, CUIT 20-21802920-6, con domicilio en con domicilio en Sección Quintas s/n, Comandante Nicanor Otamendi, General Alvarado. Se intima a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal pongan los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de Ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme los términos del artículo 88 inc. 5 Se fija hasta el día 20 de abril de 2017, plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación de sus créditos ante el síndico CP Julio G.
Giménez, en su domicilio de calle San Martín 4141, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 09.00 a 13 hs y de 16.30 a 20.30 hs. Mar del Plata, 16 de febrero de 2017
Daniel Harbouki, Auxiliar letrado.
C.C. 2.302 / mar. 2 v. mar. 8
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, cuya Presidencia está a cargo del Dr. Pablo Gustavo Quezada Secretaría del Departamento Judicial de Dolores, en los autos caratulados: "Yalul Lorena Valeria c/ RODRÍGUEZ
MÓNICA s/Despido", Expte. Nº 34.677, notifica la siguiente resolución: "Dolores, 19 de octubre de 2.016. Autos y Vistos:- Téngase presente la denuncia del domicilio constituido electrónico, lo que se hace saber a la contraparte a sus efectos. Notifíquese personalmente o por cédula Art.
42 del CPCC. Atento el estado de autos, lo que surge de la diligencia de fs. 106/112, lo dispuesto por el Art. 558 y concs. CPCC, decrétase la venta en remate público, de los bienes muebles embargados una computadora marca XP Serie Nº 4051300C94, impresora mdelo XP-211, lámpara con bombeador antiguo de agua tipo bodega, 1 mueble de madera tersiada, un monitor Samsung, una cocina de fierro de 4 hornallas, sin base, al contado y mejor postor, debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial , y
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

diario El Cronista de Chascomús, por dos días Art. 559
CPCC, haciéndose constar que el comprador deberá entregar al Martillero el 8% de comisión.-A tal fín, remítase la planilla respectiva a la Cámara Civil y Comercial Dptal, Organismo Cootralor, para que proceda desinsacular: Perito Martillero, conforme lo dispuesto por el Acuerdo 2728 SCJPBA. Intímase al ejecutado para que dentro del quinto día manifieste si dichos bienes se encuentran afectados a prendas u otros embargos, y en su caso denuncie nombre, domicilio del acreedor, monto del crédito, Juzgado y Secretaría y carátula del juicio. Cumplidas las diligencias dispuestas precedentemente, se fijará la fecha de remate. Notifíquese a las partes y Colegio de Martilleros personalente o por cédula." Fdo: Dr. Pablo Gustavo Quezada. Manuel O. Hernández. Jueces del Trabajo. Estefania Balda, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.417 / mar. 3 v. mar. 6


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, cuya Presidencia está a cargo del Dr. Pablo Gustavo Quezada Secretaría del Departamento Judicial de Dolores, en los autos caratulados: "Omodeo Vanone Mauricio Martín c/
GILES MARCELO EDUARDO s/Despido", Expte. Nº 33.704, notifica la siguiente resolución: "Dolores, 1 de septiembre de 2.016. Autos y Vistos: Téngase presente la denuncia del domicilio constituido electrónico, lo que se hace saber a la contraparte a sus efectos. Notifíquese personalmente o por cédula Art. 42 del CPCC, Atento el estado de autos, lo que surge de la diligencia de fs.
159/161, lo dispuesto por el Art, 558 y concs. CPCC, decrétase la venta en remate público, de los bienes muebles embargados un Freezer Code Modelo H 300 Color Blanco; una heladera Exhibidora marca Inelro, Modelo MT750, doble vidriera Nº Serie 00238656; Una balanza electrónica marca Kretz y una heladera Exhibidora de Carne Marca Belén, sin base, al contado y mejor postor, debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial, y diario El Cronista de Chascomús, por dos días Art, 559 CPCC, haciéndose constar que el comprador deberá entregar al Martillero el 8% de comisión, A tal fin, remítase la planilla respectiva a la Cámara Civil y Comercial Dptal, Organismo Contralor, para que proceda desinsacular: Perito Martillero, conforme lo dispuesto por el Acuerdo 2728
SCJPBA. Intímase al ejecutado para que dentro del quinto día manifieste si dichos bienes se encuentran afectados a prendas u otros embargos, y en su caso denuncie nombre, domicilio del acreedor, monto del crédito, juzgado y Secretaría y carátula del juicio. Cumplidas las diligencias dispuestas precedentemente, se fijará la fecha de remate.
Notifíquese a las partes y Colegio de Martilleros personalmente o por cédula,-" Fdo: Dr. Pablo Gustavo Quezada.
Dr. Manuel O. Hernández. Jueces del Trabajo. Dolores, 15
de diciembre de 2016. Estefanía Bolda, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.418 / mar. 3 v. mar. 6
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, cuya Presidencia está a cargo del Dr. Pablo Gustavo Secretaría del Departamento Judicial de Dolores, en los autos caratulados: "Díaz Fátima Emilce c/ RODRÍGUEZ MÓNICA
MABEL s/Despido", Expte. Nº 34.672, notifica la siguiente resolución: "Dolores, 19 de octubre de 2.016. Autos y Vistos: Téngase presente la denuncia del domicilio constituido electrónico, lo que se hace saber a la contraparte a sus efectos. Notifíquese personalmente o por cédula Art.
42 del CPCC. Atento el estado de autos, lo que surge de la diligencia de fs. 210/216, lo dispuesto por el Art. 558 y concs. CPCC, decrétase la venta en remate público, de los bienes muebles embargados: una computadora marca xp Serie Nº 4051300C94, impresora marca Epson modelo XP-211, lámpara con bombeador antiguo de agua tipo bodega, 1 mueble de madera tipo bodega, un monitor Samsung, una cocina de fierro de 4 hornallas, sin base, al contado y mejor postor, debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial, y diario El Cronista de Chascomús, por dos días Art. 559 CPCC, haciéndose constar que el comprador deberá entregar al Martillero el 8% de comisión. A tal fin, remítase la planilla respectiva a la Cámara Civil y Comercial Dptal, Organismo Contralor, para que proceda desinsacular: Perito Martillero, conforme lo dispuesto por el Acuerdo 2728 SCJPBA.- Intímase al ejecutado para que dentro del quinto día manifieste si dichos bienes se encuentran afectados a prendas u otros embargos, y en su caso denuncie nombre, domicilio del acreedor, monto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/03/2017 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date06/03/2017

Page count12

Edition count3380

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/07/2024

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