Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/03/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Gustavo Nicolás Arasco, titular del DNI N 34.963.932, nacido el día 31 de enero de 1990, con último domicilio conocido en la calle Pampa N 2529 de la Localidad de Palomar, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección "a" de la Localidad y Partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Morón, 15 de febrero de 2017. I.- Por incorporada la presentación que antecede, téngase por contestada la vista conferida a fs. 114.- II.Habida cuenta lo que surge de los distintos informes glosados a la causa vid fs. 99/100, 105/106 y 112 y toda vez que el causante no fue habido en el domicilio denunciado, desconociéndose su paradero actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Roberto Nicolás Arasco, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a este Juzgado a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo arts. 129, 303 y 304 del C.P.P Firmado: Lucas Varangot, Juez en lo Correccional. Secretaría, 15 de febrero de 2017. Laura V. Saez, Secretaria.
C.C. 2.320 / mar. 2 v. mar. 8


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Ana María Fernández, Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata sito en calle Alte.
Brown 2046, 6 piso, Mar del Plata, Tel. 0223 4956666 int.
304/5, CP 7600, en Causa N 9.844 IPP 08-00-01010216 seguida a CHAVES MIGUEL ÁNGEL por el delito de Tenencia de Arma de Uso Civil, a los fines de solicitarle tenga bien publicar por el término de cinco días y sin cargo alguno art. 129 del C.P.P. la notificación que a continuación se transcribe: "Mar del Plata, 12 de octubre de 2016.
Autos y Vistos: Habiendo quedado firme el pronunciamiento dictado a fs. 175/8 ordénase la realización de las siguientes medidas respecto del encartado Miguel Ángel Chávez: d. Teniéndose presente lo informado por la Sra.
Actuaria y lo dispuesto por los arts. 530, 533 y ccdtes. del Cód. Proc. Penal, art. 7º de la Ley 4.552 y normativa fiscal vigente -Ley 14.653-, fíjase la suma de Pesos ciento cuarenta y tres $ 143 en concepto de costas del proceso, intimándose al obligado al pago en el término de cinco 5
días de notificado, bajo apercibimiento de ley. Líbrese oficio. Fdo. Ana María Fernández, Juez". Mar del Plata, 9 de febrero de 2017. María L. Villalba, Secretaria.
C.C. 2.322 / mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa Nro.
3484, caratulada "Del Prado, Fernando s/ Abuso Sexual"
correspondiente a la IPP Nro. 09-02-16079-16 de la UFI
Nro. 1 de Moreno del registro del Juzgado de Garantías Nro. 3 del Departamento Judicial de Moreno-General Rodríguez, sito en la calle Sarmiento 564 de la Localidad de General Rodríguez, a cargo de la Dra. María Celina Ardohain, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de edictos durante el plazo de cinco días en donde se deberá notificar al encartado FERNANDO
NICOLÁS DEL PRADO de las siguientes resoluciones "General Rodríguez, 28 de diciembre de 2016. Resuelvo:
No hacer lugar a la Eximición de Prisión de Fernando Nicolás Del Prado solicitada por la Defensoría Oficial arts.
148, 169 "a contrario sensu", 171, 185 y 186 del CPP.
Notifíquese y regístrese. Fdo: Dra. María Celina Ardohain, Juez de Garantías" y "Mercedes, 24 de enero de 2017 se resuelve: Confirmar la resolución recurrida obrante a fs. 2/3
vta. del presente en cuanto no hace lugar a la eximición de prisión de Fernando Nicolás Del Prado arts. 169 -a contrario-, 186, 188, 210, 439 y ccdtes. del CPP. Fdo.: Dres.
Juan Antonio Minetto, Luis Alejandro Gil Juliani y Carlos Gabriel Risuleo, Jueces de Cámara. General Rodríguez, 10 de febrero de 2017. Félix A. Lamas, Secretario.
C.C. 2.323 / mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N3 del Departamento Judicial Quilmes,
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 6 DE MARZO DE 2017

Secretaría Única a mi cargo, en relación a la Causa N QL1509-2016, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-7739
caratulada: "Silva Emanuel Víctor s/ Hurto", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado EMANUEL VÍCTOR
SILVA, -titular del DNI Nº 40.259.317, argentino, desocupado, soltero, nacido el día 7 de marzo de 1996 en Quilmes, hijo de Ceja Víctor Hugo y de Silva Cristina Mercedes, último domicilio denunciado en calle 808 entre 884 y 885 de Quilmes, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 1º de febrero de 2017
Resuelvo: I Ordenar el comparendo compulsivo a Primera Audiencia del imputado Emanuel Víctor Silva, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en razón de los argumentos vertidos en el considero que antecede. II Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el nombrado sea habido. III Regístrese, notifíquese y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado Silva conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal Penal. Fdo. Julia Andrea Rutigliano Juez ante mí: Bettina Arrosagaray Auxiliar Letrada-. Quilmes, 13 de febrero de 2017.
C.C. 2.324 / mar. 2 v. mar. 8


POR 5 DÍAS - En la Causa N 7.605 / P.P. N 03-00240-08 seguida a Lotto Miguel Ángel por Robo en Grado de Tentativa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido MIGUEL ÁNGEL LOTTO, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Bahía Blanca, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 15 de febrero de 2017. Autos y Vistos Y Considerando
Resuelvo: I.- Dejar sin efecto la Rebeldía que pesa sobre Miguel Ángel Lotto, la cual fuera dispuesta en fecha 09/02/2010 mediante Resolución N 36.397. Líbrese oficio al Mrio. de Seguridad PciaI. IISobreseer totalmente a Miguel Ángel Lotto, argentino, DNI N 16.859.436, nacido el 17 de noviembre de 1967, hijo de Faustina Lotto; en orden al delito de Robo Simple en Grado de Tentativa arts.
164, 42 y 44 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3 y 62 del Código Penal y art.
323, inc. 1, del Código Procesal Penal.- III.- Disponer el Archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac. 3397/08 SCJBA. IV.- Proceder a la notificación de Miguel Ángel Lotto por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 de Procedimiento Penal. Regístrese. Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fecho, devuélvase el Proceso Penal a la U.F.I. interviniente a sus efectos, sirviendo el presente de atenta nota de remisión. Fdo.
Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 15 de febrero de 2017.
C.C. 2.325 / mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - En la IPP N03-033825-10 seguida contra RILO JUAN CARLOS, que tramita por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de Capital Federal, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 14 de febrero de 2017. Autos y Vistos Y Considerando Por ello, Resuelvo II.- Sobreseer totalmente a Juan Carlos Rilo, DNI N 10.623.765, último domicilio conocido en Avenida Nazca N 1937 Piso 7º Dpto. de Capital Federal; en orden al delito de Daños art. 183 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3 y 62 del Código Penal y art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal. III.- Disponer el archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3º Ac. 3.397/08
SCJBA. Regístrese. Notifíquese. Firmado Gastón E. Giles, Juez de Garantías Nro. 3 Deptal Asimismo transcríbole
PÁGINA 1443

el auto que dispuso el presente: "Dolores, 14 de febrero de 2017. Autos y Vistos y Considerando Por ello, Resuelvo: IV.- Proceder a la notificación de Juan Carlos Rilo por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
Fdo. Dr. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías N 3".
Dolores, 14 de febrero de 2017.
C.C. 2.326 / mar. 2 v. mar. 8


POR 5 DÍAS - En la Causa N 2.819 / P.P. N 030081.780-05 seguida a Cobos María Noemí por el delito de Encubrimiento y Hurto en Concurso Real entre sí, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido MARÍA NOEMÍ COBOS, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido Moreno, Prov. de Buenos Aires, del siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 15 de febrero de 2017. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I.Dejar sin efecto la Rebeldía y Captura que pesa sobre María Noemí Cobos, la cual fuera dispuesta mediante Resolución N 6.748. Líbrese oficio al Mrio. de Seguridad PciaI. II. Sobreseer totalmente a María Noemí Cobos, argentina, nacida el 11 de septiembre de 1982 en la Localidad de Lanús, Prov. de Buenos Aires, hija de Vicente y de Ondina Román; en orden al delito de Encubrimiento y Hurto en Concurso Real entre sí, previstos y reprimidos por los arts. 277 inc. c., 162 y 55 del C.P.
por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts.
59, inc. 3 y 62 del Código Penal y art. 323, inc 1, del Código Procesal Penal. III.- Disponer el archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac. 3397/08 SCJBA. IV.- Proceder a la notificación de María Noemí Cobos por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal.- V.-Practicar la correspondiente foliatura a partir de fs. 1 inclusive, conforme lo dispuesto en el art. 30 AC. 2517 S.C.J.B.A.- VI.- Formar Segundo Cuerpo a partir de fs. 201 inclusive, conforme lo dispuesto en el art. 23 AC. 2517 S.C.J.B.A. Regístrese.
Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fdo. Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 16 de febrero de 2017. Jorge A. Martínez Mollard, Secretario.
C.C. 2.328 / mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS En Causa N 7796 P.P. Nº 03-00-22408 seguida a SCHMIDT MARIO ALBERTO s/ Robo Simple en Grado de Tentativa en Concurso Ideal con Privación Ilegal de la Libertad Agravada, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 14 de febrero de 2017.. Autos y Vistos. Y Considerando Resuelvo. I.Sobreseer totalmente a Schmidt Mario Alberto DNI N
25.485.253, argentino, empleado, instruido, nacido el día 22 de septiembre de 1976, hijo de Mario Osvaldo v y de María Angélica Barreto v con último domicilio conocido en Paseo 145 y Avda. 11 de la Localidad de Villa Gesell;
en orden al delito de Robo simple en grado de tentativa en concurso ideal con privación ilegal de la libertad agravada, por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts.
59, inc. 3º, 62 inc. 2 en rel. al 164, 42 y 142 inc. 1 todos del Código Penal y art. 323 inc 1 del Código Procesal Penal. II.- Levantar la rebeldía y Captura que pesa sobre Schmidt Mario Alberto, conforme lo resuelto en el punto precedente. A tales fines y efectos líbrese oficio al Mtrio.
de Seguridad Pcial. y al Registro Nacional de Reincidencia. Fdo. Gastón Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 14 de febrero de 2017. Autos y Vistos Resuelvo III.Proceder a la notificación de Schmidt Mario Alberto, por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/03/2017 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date06/03/2017

Page count12

Edition count3396

Première édition02/07/2010

Dernière édition02/08/2024

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