Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Juzgado, sito en Solanet N 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, y ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. 24 de mayo de 2016. En virtud de lo ordenado por la Alzada interviniente, y visto que de lo colectado en autos a fs. 84 vta., emerge que el coinculpado Lucas Ezequiel Baiz ya no reside en el domicilio que ha fijado oportunamenteen los presentes obrados, sito en la calle Plaza N 3.949, de Pontevedra, Partido de Merlo; es oportuno disponer que se Notifique por edictos, al prealudido Lucas Ezequiel Baiz, de lo que emerge de la providencia de fs. 74 -párrafo segundo- , y de la de fs. 77 - párrafo finalen la forma de estilo Art. 129 del C.P.P., por aplicación del art. 3 del C. F. bonaerense. Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días; debiendo constar allí que el mencionado coencartado deberá presentarse en calidad de citado dentro del plazo de cinco días de su publicación en esta Sede judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde Art. 129 C.P.P. Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte.
Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 30 días del mes de mayo de 2016. Ana María Vinci, Secretaria.
C.C. 6.567 / jun. 6 v. jun. 10


POR 5 DÍAS - La Señora Jueza integrante del TribunaOral en lo Criminal Nº 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. María Laura Altamiranda, cita y emplaza a DANIEL ACOSTA, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la Causa número 1.201/6, que se le sigue en orden al delito de Robo Calificado. La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: Banfield, 11 de mayo de 2016. En atención al estado de autos, practique el Actuario la liquidación de costas del proceso; Fecho, vuelva a despacho.
Fdo.: María Laura Altamiranda, Jueza. Certifico: En cuanto ha lugar por derecho, que tomando en consideración los gastos incurridos, de conformidad a lo normado en el art. 83 de la Ley 14.653, practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de doscientos noventa y seis $ 296 pesos. Secretaría, 11 de mayo de 2016. Fdo.: Patricio A. Pereyra, Auxiliar Letrado.
Banfield, 11 de mayo de 2016. Apruébase la liquidación de costas practicada precedentemente por el Actuario y notifíquese a los imputados que dentro del quinto día de notificado deberá abonar la suma de doscientos noventa y seis pesos $ 296. Líbrese oficio. Respecto del encartado Daniel Acosta notifíqueselo por edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P., en el Boletín Oficial. Notifíquese a las partes. Fdo.: María Laura Altamiranda, Jueza. Secretaría, 11 de mayo de 2016. Patricio A. Pereyra, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.651 / jun. 7 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 09 Descentralizada Polo Judicial de Avellaneda del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Doctor Luis Silvio Carzoglio, notifica y emplaza por el término de cinco días a CRISTIAN JAVIER PONCE, DNI N 39.457,745, en la I.P.P. N 07-02-007001-15, quien se encuentra imputado por el delito de Homicidio Simple de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 5, Departamental Descentralizada Polo Judicial Avellaneda la resolución que a continuación se transcribe:
Avellaneda, 23 de mayo del año 2016. Por recibida, previo a resolver lo que por derecho corresponda, y teniendo en consideración lo plasmado por el Señor Agente Fiscal, Dr. Guillermo Castro en su escrito de figuración de fs. 288, como por la Señora Defensora Oficial, Dra. María Lucinda Lozano a fs. 290, cítese por edictos por el término de cinco días al imputado Cristian Javier Ponce, en virtud de encontrarse reunidos los extremos establecidos por los arts. 303 y ccdtes. del C.P.P. Fdo. Luis Silvio Carzoglio, Juez de Garantías. Secretaría, 24 de mayo del año 2016. Mariano A. Albanese, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.652 / jun. 7 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Jorge Walter López, notifica a GONZÁLO GASTÓN MEDINA, en Causa Nº PP-07-00-078899-13/00 de la Secretaría
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 10 DE JUNIO DE 2016

del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 18 de febrero de 2016. Resuelvo: INo hacer lugar a la elevación a juicio requerida por el Sr. Agente Fiscal. IIDeclarar extinguida la acción penal en la presente Causa y por ende sobreseer totalmente a Gonzálo Gastón Medina en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1º del Código Procesal Penal y 59 inc. 3º y 62
inc. 2º del Código Penal. Fdo. Jorge Walter López, Juez.
Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 27 de mayo de 2016. Atento lo informado a fojas 229/vta., notifíquese a Gonzálo Gastón Medina de la resolución de fojas 221/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
C.C. 6.653 / jun. 7 v. jun. 13


POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a BRIAN DELGADO, en Causa Nº PP-07-00-000054-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 20 de noviembre de 2015 Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Ricardo Osmar López Valdez, César Guillermo Romero Sotelo, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de las demás condiciones personales de autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Daño Calificado, por el cual fueran formalmente imputados. Arts. 323 inciso cuarto del C.P.P. y 181 inciso primero y 184 inciso quinto, del C.P. II.- Elevar a juicio la presente Causa respecto de Ricardo Osmar López Valdez, de César Guillermo Romero Sotelo, de David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de las demás condiciones personales obrantes en el sub exámine, en orden al delito sustentado en la requisitoria fiscal artículos 45 y 181 del Código Penal; 337 del Código Procesal Penal. Fdo. Jorge WaIter López, Juez. Ante mí.
A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 17 de mayo de 2016. En atención al tiempo transcurrido desde que resolví el sobreseimiento y elevación a juicio en la presente investigación -20 de noviembre de 2015- y luego de numerosos intentos de notificar a los coimputados mediante oficios diligenciados por las correspondientes seccionales -ver fs.
317 y ss.-, notifíquese a Ricardo Osmar López Valdez, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo y Brian Delgado de la resolución de fojas 301/303 vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr.
Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías. Aimé N Silva, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.654 / jun. 7 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Jorge Walter López, notifica a GASTÓN BASUALDO, en Causa Nº PP-07-00-000054-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 20 de noviembre de 2015 Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Ricardo Osmar López Valdez, César Guillermo Romero Sotelo, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de los demás condiciones personales de autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Daño Calificado, por el cual fueran formalmente imputados. Arts. 323 inciso cuarto del C.P.P.
y 181 inciso primero, y 184 inciso quinto, del C.P. II.- Elevar a juicio la presente Causa respecto de Ricardo Osmar López Valdez, de César Guillermo Romero Sotelo, de David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Ferrnández, de las demás condiciones personales obrantes en el sub exámine, en orden al delito sustentado en la requisitoria fiscal artículos 45 y 181 del Código Penal; 337 del Código Procesal Penal. Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 17 de mayo de 2016. En atención al tiempo transcurrido desde que resolví el sobreseimiento y elevación a juicio en la presente investigación -20 de noviembre
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de 2015- y luego de numerosos intentos de notificar a los coimputados mediante oficios diligenciados por las correspondientes seccionales -ver fs. 317 y ss.-, notifíquese a Ricardo Osmar López Valdez, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo y Brian Delgado de la resolución de fojas 301/303 vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
Aimé N. Silva, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.655 / jun. 7 v. jun. 13


POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Jorge Walter López, notifica a DAVID MAXIMILIANO
FERNÁNDEZ, en Causa Nº PP-07-00-000054-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 20 de noviembre de 2015 Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Ricardo Osmar López Valdez, César Guillermo Romero Sotelo, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de las demás condiciones personales de autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Daño Calificado, por el cual fueran formalmente imputados. Arts. 323 inciso cuarto del C.P.P. y 181 inciso primero, y 184 inciso quinto, del C.P. II.- Elevar a juicio la presente Causa respecto de Ricardo Osmar López Valdez, de César Guillermo Romero Sotelo, de David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de las demás condiciones personales obrantes en el sub exámine, en orden al delito sustentado en la requisitoria fiscal artículos 45 y 181 del Código Penal; 337 del Código Procesal Penal.
Fdo. Jorge WaIter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 17 de mayo de 2016. En atención al tiempo transcurrido desde que resolví el sobreseimiento y elevación a juicio en la presente investigación -20
de noviembre de 2015- y luego de numerosos intentos de notificar a los coimputados mediante oficios diligenciados por las correspondientes seccionales -ver fs. 317 y ss.notifíquese a Ricardo Osmar López Valdez, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo y Brian Delgado de la resolución de fojas 301/303 vta. mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías. Aimé N. Silva, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.656 / jun. 7 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Jorge Walter López, notifica a RICARDO OSMAR LÓPEZ
VALDEZ, en Causa Nº PP-07-00-000054-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 20 de noviembre de 2015 Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Ricardo Osmar López Valdez, César Guillermo Romero Sotelo, David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de las demás condiciones personales de autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Daño Calificado, por el cual fueran formalmente imputados. Arts. 323 inciso cuarto del C.P.P. y 181 inciso primero, y 184 inciso quinto, del C.P. II.- Elevar a juicio la presente Causa respecto de Ricardo Osmar López Valdez, de César Guillermo Romero Sotelo, de David Maximiliano Fernández, Gastón Basualdo, Braian Delgado y Jorge Luis Fernández, de las demás condiciones personales obrantes en el sub exámine, en orden al delito sustentado en la requisitoria fiscal artículos 45 y 181 del Código Penal; 337 del Código Procesal Penal.
Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 17 de mayo de 2016. En atención al tiempo transcurrido desde que resolví el sobreseimiento y elevación a juicio en la presente investigación -20
de noviembre de 2015- y luego de numerosos intentos de notificar a, los coimputados mediante oficios diligenciados por las correspondientes seccionales -ver fs. 317 y ss.-, notifíquese a Ricardo Osmar López Valdez, David Maximiliano Fernández. Gastón Basualdo y Brian Delgado de la resolución de fojas 301/303 vta, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías. Aimé N. Silva, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.657 / jun. 7 v. jun. 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2016 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date10/06/2016

Page count12

Edition count3394

Première édition02/07/2010

Dernière édition31/07/2024

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