Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/05/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi Nº 137, en la causa Nº 401-1238 IPP Nº 50.533 seguida a JORGELINA AURORA LEIVA por Hurto agravado en Ostende, a fin de notificar al nombrado la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe: En la ciudad de Dolores, a los 19 días de abril de 2016, reunidos los Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 Departamental, integrado por el Dr. Eduardo Adrián Campos Campos, Ia Dra. Analía Graciela Ávalos y el Dr. Emiliano Javier Lazzari, con el objeto de dictar el resolución en el marco de la causa Nº 401/1238 seguida a Leiva Jorgelina Aurora. Practicado el correspondiente sorteo Art. 168 de la Constitución Provincial resultó que en la votación debía observarse el siguiente orden: Lazzari, Campos Campos, Ávalos: Seguidamente se resuelve plantear y votar las siguientes cuestiones Primera: Se encuentra vigente la acción penal correspondiente al hecho por el que fuera requerida Leiva Jorgelina Aurora a juicio? A esta cuestión, el Dr. Lazzari dijo: lQue el Ministerio Público Fiscal formuló requisitoria de citación a juicio de la procesada Leiva Jorgelina Aurora, imputándole la supuesta comisión del delito de Hurto agravado, previsto y reprimido en el Art. 163 inciso 3 del CP. ver fs
88/90 Posteriormente, con fecha 19 de abril de 2004 el Sr.
Juez de Garantías interviniente, decretó la rebeldía y comparendo conforme al Art. 303 del CPP., medida que subsistió hasta el presente. Il.- Que para verificar la situación actual de la procesada se requirieron informes al Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal, de los cuales se desprende que la mencionada no detenta nuevos procesos penales, con posterioridad a la medida dispuesta por el Juzgado de Garantías. A tenor de lo expuesto, no se desprenden actos interruptivos en los términos de los artículos 67 del CP y de la lectura del expediente emerge que el último acto con esa capacidad fue la requisitoria de citación a juicio ocurrida el día 22 de diciembre del año 2003. Desde esa fecha ha transcurrido un lapso aún mayor al plazo de 6 años, máximo estipulado para el delito en cuestión Conf. Art. 163 inciso tercero del C.P.
todo ello siguiendo las reglas del Art. 62 Inc. 2 C.P. En consecuencia, la acción penal se encuentra prescripta.
Doy mi voto a esta cuestión por la negativa por ser mi sincera convicción Art. 210, 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67 del CP.
y 341 del C.P.P. A la misma cuestión, el Dr. Campos Campos dijo: Que adhiere, por los mismos fundamentos, al voto del Dr. Lazzari por ser su sincera convicción. Art.
210, 59 Inc. 3, 62 Inc. 2, 67 del CP. y 341 del CP.P. A la misma cuestión, la Dra. Ávalos dijo: Que adhiere, por los mismos fundamentos, al voto del Dr. Lazzari por ser su sincera convicción. Art. 210, 59 Inc. 3, 62 Inc. 2º, 67 del CP. y 341 del C.P.P. Segunda: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A esta cuestión el Dr. Lazzari dijo: En atención al resultado de la votación obtenido al tratar la primera cuestión corresponde sobreseer a Leiva Jorgelina Aurora, en orden al delito de hurto agravado, previsto y reprimido en el Art. 163 inciso 3 del C.P. por haber operado la prescripción de la acción penal. Arts. 59 Inc. 3º, 62
Inc. 2, 67, y 323 Inc. 1º del C.P.P.. A la misma cuestión, el Dr. Campos Campos dijo: Que adhiere, por los mismos fundamentos, al voto del Dr. Lazzari por ser su sincera convicción. Arts. 59 Inc. 3, 62 Inc. 2º, 67 y 323 Inc. 1
del C.P.P.. A la misma cuestión, la Dra. Ávalos dijo: Que adhiere, por los mismos fundamentos, al voto del Dr.
Lazzari por ser su sincera convicción. Arts. 59 Inc. 3º, 62
Inc. 2º, 67, y 323 Inc. 1º del C.P.P.. Por lo antes expuesto, el Tribunal por unanimidad Resuelve: Primero:
Sobreseer a Leiva Jorgelina Aurora, DNI Nº 3.391.504, argentina, nacida el 30 de abril de 1937, hija de Leonardo Zacarías y Zulema Chaver, con último domicilio en calle Lyón Nº 1884 de Ostende, Pcia. de Buenos Aires, en orden al hecho por el que fuera requerida a juicio en la presente causa, esto es hurto agravado, previsto y reprimido en el Art. 163 inciso 3 del CP., ocurrido el 14 de octubre del año 2002 en la localidad de Ostende, Provincia de Buenos Aires, en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. Rigen en el caso los Arts.
59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67 y 163 del CP. y 323 inciso 1º del CP.P. Segundo: Déjese sin efecto la orden de rebeldía y comparendo que fuera dispuesta el día 19 de abril del año 2004, por parte del Juzgado de Garantías Nº 2, ello en el marco de la IPP Nº 50.533, firmada por el Dr. Gastón
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 17 DE MAYO DE 2016

Giles. Tercero: Regístrese. Notifíquese. Oportunamente practíquense las comunicaciones de Ley. Con lo que finalizó el presente Acuerdo firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. . Fdo. Dres. Eduardo Adrián Campos Campos. Analía Graciela Ávalos. Jueces.
Federico Ezequiel Salinas. Secretario. Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 26 de abril de 2016. Atento ignorarse el domicilio de la imputada de autos Jorgelina Aurora Leiva y a fin de notificarla de la resolución obrante a fs. 276/277 procédase a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129
del CP.P.. Fdo. Dr. Emiliano Lazzari. Juez. Federico Ezequiel Salinas, Secretario. Dolores, 27 de abril de 2016.
C.C. 5.484 / may. 12 v. may. 18


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de Tandil del Departamento Judicial de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, a cargo del Dr.
Francisco A. Blanc, hace saber que en los autos Castañares, Ana Beatriz y otro s/ Quiebra Expte.
46.615, se ha decretado la quiebra de los fallidos ANA
BEATRIZ CASTAÑARES D.N.I. 4.785.139 y Luis Raúl Garay D.N.I. 5.369.588 ambos con domicilio real en calle Lisandro de La Torre N 1287 de la ciudad de Tandil, y con domicilio procesal en calle Chacabuco N 1055 de Tandil, disponiéndose: Intimar a los fallidos para que dentro del plazo de veinticuatro horas, pongan a disposición del Juzgado todos sus bienes en el modo previsto en el artículo 86 y 88 N.L.C., bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso. En el mismo plazo debe presentar sus libros en el Juzgado. Asimismo, intímase a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. Se hace saber que se prohíbe a los terceros hacer pago a la fallida, los que serán ineficaces conforme los términos del artículo 88 inc. 5 NLC. Se ha fijado la fecha, 13 de junio de 2016 como límite hasta el cual los acreedores podrán presentar ante el síndico designado en autos Cr. Oscar Gabriel De Santis las demandas de verificación en el domicilio legal de aquel sito en Sarmiento N 873 Dpto. l de la ciudad de Tandil, los días lunes a viernes de 10 a 14
hs. Asimismo se hace saber que se ha fijado fecha de presentación de los informes individual Art. 35 LCQ y general Art. 39 de la LCQ los días 12 de agosto de 2016 y el día 27 de septiembre de 2016 respectivamente. Tandil, 3
de mayo de 2016. Sandra G. Pérez Rolié, Subsecretaria.
C.C. 5.473 / may. 12 v. may. 18
POR 5 DÍAS - El Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial N 10 de La Plata hace saber que con fecha 18/11/14 se ha decretado la quiebra de MEDICALGRAF
S.A., inscripta por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo la Matrícula N 44.977, del 29/08/1.996, Legajo Administrativo Nro. 82.760, CUIT 3068491747-9, con domicilio social en calle 5 Nro. 473 de La Plata, Pcia. de Buenos Aires. Se hace saber que la fallida y los terceros que posean bienes de aquel, deberán entregarlos al Síndico; asimismo, la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo pena de ineficacia; Síndico: Cra. Carmela Napolitano, con domicilio verificatorio en calle 11 Nro. 716
de La Plata, ante quien los acreedores deberán presentar sus insinuaciones verificatorias hasta el día 07/06/16, de lunes a viernes de 7.00 a 16.00 horas. Arancel equivalente al 10% del salario mínimo vital y móvil conf. Ley 27.170
mod. arts. 32, 200 y 288 de la Ley 24.522. Se fija el 04/08/16 y 16/09/16 para la presentación de los informes individual y general, respectivamente. Autos: Medicalgraf S.A. s/ Quiebra - Expte. Nro. 41.244. La Plata, 5 de mayo de 2016. Eduardo Andrés Pérez, Auxiliar Letrado.
C.C. 5.479 / may. 12 v. may. 18
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora a cargo de la Sra. Jueza Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a cargo de la Dra. Analía Estanga, cita y emplaza a los imputados QUINTANA MARCELO MARIANO, y QUINTANA MARCIAL EDUARDO para que en el término de cinco
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días comparezcan a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 67586-13, R.I. 5969/4 seguida a los nombrados en orden al delito de Hurto simple bajo apercibimiento de ser declarados Rebeldes y ordenarse el comparendo compulsivo Arts. 303, 304 del C.P.P.. Lomas de Zamora, 8 de abril de 2016. Dra. Laura A. Spinelli, Secretaria.
C.C. 5.532 / may. 13 v. may. 19


POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector D, Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a RÍOS JUAN MIGUEL, poseedor del DNI 35.753.355; nacido el 02/08/1990 en Almirante Brown, hijo de Juan de la Cruz Ríos y de Ríos María Cristina, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 07-00-48878-14 R. l. Nº 6577, caratulada Ríos Juan Miguel s/ Resistencia a la autoridad, Violación de domicilio. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 25 de abril de 2016. En atención a lo que surge del informe de fs. 186 y fs. 188 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cítese lo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 25 de abril de 2016. Paula E. Trebisacca. Auxiliar Letrada.
C.C. 5.533 / may. 13 v. may. 19
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Cita y Emplaza a MONTERO QUIROGA LUIS DARÍO, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-00-1132-11 Nº interno 4124 seguida al nombrado en orden al delito de Hurto en grado de tentativa, cuya resolución Infra se transcribe: Banfield, 4 de mayo de 2016 y Visto Considerando Resuelvo: 1 Citar a Montero Quiroga Luis Darío por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese. Fdo. Ana María Tenuta, Jueza. Ante mí: Graciela. Lamperti. Auxiliar Letrada..Secretaría, Banfield, 4 de mayo de 2016.
C.C. 5.536 / may. 13 v. may. 19
POR 5 DÍAS - La Señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica por intermedio de edictos a AMOROSI HERMAN ROLANDO ALBERTO, en la causa Nº 26288 Nº interno 284 seguida al nombrado en orden al delito de Lesiones culposas, cuya resolución infra se transcribe: Banfield, 2 de mayo de 2016 y Vistos: Esta causa Nº 07-00-26288-99 Nº interno 284 del registro de este Juzgado y Nº 50/00 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excelentísima Cámara de Apelación de Garantías Departamental, caratulada Amorosi Herman Rolando Alberto s/ Lesiones culposas y Considerando:
Que la causa de referencia se trata un hecho de lesiones culposas presuntamente ocurrido el día 20 de enero de 1999 a las 23:00 hs. en Burzaco, partido de Almirante Brown del que fueran víctimas Yolanda Martínez, Walter Omar Sosa y un menor Walter Omar Sosa, y la misma

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/05/2016 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date17/05/2016

Page count17

Edition count3391

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/07/2024

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