Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/08/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

de cinco días comparezca a la Sede de este Juzgado a estar a derecho en la presente causa contravencional Nº 3669, caratulada Rossi, Gabriel Ignacio y otros s/Infracción Ley 11.929, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, a cuyo fin líbrese el edicto correspondiente. Rigen los artículos 303 y 304 del C.P.P. Líbrese oficio de estilo con transcripción del edicto dispuesto. Fdo.
Dra. Nora Alicia Martini, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 23 de junio de 2015. Laura García Montilla, Auxiliar Letrada. Rodolfo A. Acosta, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.657 / ago. 18 v. ago. 24


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 8 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Dra. Nora Alicia Martini, cita y emplaza a BOGARÍN, DAVID EZEQUIEL o AYALA, CRISTIAN SEBASTIÁN o AYALA, CRISTIAN SERGIO o AYALA, GASTÓN ANÍBAL, D.N.I. Nº 33.505.207, argentino, soltero, instruido, sin apodos, hijo de Aníbal José y de Rosa Catalina Núñez, nacido el día 20 de diciembre de 1987 en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, con último domicilio conocido en la calle 9 de Julio Nº 2738 de la Localidad de Monte Grande, Patido de Esteban Echeverría, para que en el término de cinco 5 días, comparezca a la Sede de este Juzgado a estar a derecho en la IPP 07-020-036363-14 registro interno Nº 3699-, seguida al nombrado en orden al delito de Violación de domicilio, cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 23 de junio de 2015.
Atento al estado de las presentes actuaciones, y lo plasmado a fs. 159/160, dispóngase la citación por edictos del encausado Bogarín, David Ezequiel o Ayala, Cristian Sebastián o Ayala, Cristian Sergio o Ayala, Gastón Aníbal, debiéndose publicar los mismos en el Boletín Oficial y por el término establecido en el Artículo 129 del Ritual, haciéndose saber que este Juzgado, cita y emplaza a Bogarín, David Ezequiel o Ayala, Cristian Sebastián o Ayala, Cristian Sergio o Ayala, Gastón Aníbal, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede de este Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 3699, seguida al nombrado en orden al delito de Violación de domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, a cuyo fin líbrese el edicto correspondiente. Rigen los artículos 303 y 304 del C.P.P. Líbrese oficio de estilo con transcripción del edicto dispuesto. Fdo. Dra. Nora Alicia Martini, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 23 de junio de 2015, Laura García Montilla, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.658 / ago. 18 v. ago. 24
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a FRANCHOSKI, YAMILA
GABRIELA, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 10309-15, seguida al nombrado en orden al delito de Robo Simple, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención. Arts. 303, 304 del C.P.P.. Lomas de Zamora, 30 de junio de 2015. Noelia Soledad Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.659 / ago. 18 v. ago. 24
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector D, Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a MORALES, HÉCTOR
GABRIEL, poseedor del DNI Nº 30.374.282, nacido el 2 de octubre de 1983, hijo de Alejandro Morales y Celsa Amarilla, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 07-00-03529314 Registro Interno Nº 6323, caratulada Morales Héctor Gabriel s/
Encubrimiento Agravado por Ánimo de Lucro. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 3 de julio de 2015. En atención a lo que surge del informe de fs. 111, fs. 116 y fs. 119 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr.

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 24 DE AGOSTO DE 2015

Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 3 de julio de 2015.
C.C. 9.660 / ago. 18 v. ago. 24


POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector D, Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a GARCÍA, PABLO
GABRIEL, indocumentado, nacido el 21 de marzo de 1981, hijo de Ramón Omar y Mabel Aquino, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 01008487/13 Registro Interno Nº 6008, caratulada García Pablo Gabriel s/ Encubrimiento Calificado por el ánimo de lucro. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 1 de julio de 2015. En atención al estado de autos y toda vez que sin perjuicio de lo actuado no ha podido certificarse, fehacientemente el fallecimiento del encartado de autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P.
A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr.
Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 1
de julio de 2015.
C.C. 9.661 / ago. 18 v. ago. 24
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector D, Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a ÁLVAREZ, JONATHAN
EZEQUIEL, poseedor del DNI Nº 39.349.703, nacido el 26
de julio de 1985, hijo de Luis Alberto Florez y Cristina Álvarez, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 07-00-003369-15 Registro Interno Nº 6413, caratulada Álvarez Jonatan Ezequiel s/ Robo Simple en grado de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 6
de julio de 2015. En atención a lo que surge de los informes de fs. 81, fs. 88/vta., fs. 96 y fs. 98 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art.
129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la Última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304, del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
Dra. Delia Mabel Palmerini, Secretaria. Lomas de Zamora, 6 de julio de 2015.
C.C. 9.662 / ago. 18 v. ago. 24
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector D, Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a PREJZENTANE, KEVIN
MATÍAS, poseedor del DNI Nº 38.539.534, nacido el 13 de diciembre de 1994, hijo de Juan José y Norma Beatriz Fernández, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 07-00-011715-15 R.I. Nº 6468, caratulada Prejzentane Kevin Matías s/ Encubrimiento agravado por ánimo de lucro. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 1 de julio de 2015. En atención a lo que surge del informe de fs. 68 y 70 y en razón de ignorarse el domicilio del
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encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 1 de julio de 2015.
C.C. 9.663 / ago. 18 v. ago. 24


POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Manuel Barreiro notifica por este medio a PÉREZ, LORENZO RAMÓN, poseedor del DNI Nº 25.050.190, nacido el 2 de noviembre de 1975 en Lanus hijo de Fermín Pérez y de Alicia Emilce Jumilla s/
Resistencia a la Autoridad, la resolución dictada en la causa de marras, la que se transcribe a continuación:
Lomas de Zamora, 8 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nº 711.257 R.I.
Nº 2776 de trámite por ante este Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, seguida a Lorenzo Ramón Pérez en orden al delito de Resistencia a la Autoridad, y Considerando: I.Que la presente causa se ha radicado por ante esta Sede con fecha 28 de noviembre de 2008, conforme auto edictado a fs. 86, citándose en consecuencia a las partes a juicio en la forma y por el plazo establecido por la normativa del artículo 338 del Compendio Procedimental. II. - Que a fs. 103, la Sra. Agente Fiscal de Juicio, Dra. Paula Martínez Castro, propuso la aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba a favor del encartado de autos, en virtud de lo cual se designó la audiencia en los términos del Art. 404 del Ritual la cual se encuentra protocolizada a fs.
110/111. III. Así las cosas el Suscripto, con fecha 18 de mayo de 2009, dispuso la suspensión del Proceso a Prueba por el término de un año, declarando razonable la suma ofrecida en concepto de reparación patrimonial, imponiendo al encartado el cumplimiento de las reglas de conducta establecidas por los incisos 1ro., 2do. y 3ro. del artículo 27 bis del Digesto Sustantivo y habiendo diferido la resolución sobre las costas del proceso para el momento prescripto por el Art. 76 ter párrafo cuarto del Digesto Sustantivo, ello conforme surge del resolutorio obrante a fs. 115/118. IV. En dicho orden de ideas, y cumplido el término precitado, cabe realizar un análisis de las probanzas colectadas en autos a los efectos de establecer el cumplimiento de los requisitos impuestos por la normativa del artículo 76 ter párrafo cuarto del Fondal a los fines de tener por extinguida la acción penal con respecto al encarado Lorenzo Ramón Pérez, ello de conformidad con lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del Ritual en función del artículo 321 de la misma normativa. Es en dicha inteligencia que entiendo corresponde emitir una respuesta afirmativa a dicho interrogante, toda vez que el causante de autos ha reparado el daño y cumplido satisfactoriamente con las obligaciones que le fueran impuestas a tenor de lo normado por el artículo 27 bis del Fonal durante el término establecido. Y ello resulta así, ya que se encuentra acreditado con los informes remitidos por la Dirección Provincial del Patronato de Libertados, Delegación Lomas de Zamora, glosados a fs. 186, que el nocente fijó residencia y cumplió satisfactoriamente con las obligaciones que le fueran impuestas. Que el Infrascripto ordenó actualizar los antecedentes penales del encartado, los que lucen a fs. 204/207 y fs. 208/209 y de los cuáles surge que Lorenzo Ramón Pérez no ha cometido un nuevo delito, actuaciones con las cuáles se deberá tener por finalizada la etapa probatoria. Así las cosas, es en este estado y en razón de las consideraciones expuestas precedentemente, que se deberán tener por cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 76 ter párrafo cuarto del Código Penal a los fines de tener por extinguida la acción penal en el sub-exámine, imperando el dictado de sobreseimiento en orden a la precitada causal, siendo ello mi sincera e íntima convicción. V. Por ello, es en orden a las razones precedentemente enumeradas y mensuradas que este Juzgado en lo Correccional Nº 6
Departamental, Resuelve: I. Sobreseer totalmente a Lorenzo Ramón Pérez poseedor del DNI Nº 25.050.190;
nacido el 2 de noviembre de 1975 en Lanús; hijo de Fermín Pérez y de Alicia Emilce Jumilla; con Prontuario

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/08/2015 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date24/08/2015

Page count20

Edition count3396

Première édition02/07/2010

Dernière édition02/08/2024

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