Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/05/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

mera audiencia en el término de diez días a partir del último día de su publicación, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, serán declarados rebeldes art. 129
del C.P.P.Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez.
Mercedes, 09 de marzo de 2015.
C.C. 4.736 / abr. 27 v. may. 4


POR 5 DÍAS Luis Alejandro Gil Juliani, Presidente de la Sala Tercera de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes B, en Causa Nº 24.447, caratulada: Ahumada, Matías y Otros s/ Usurpación de Propiedad ap. c/ auto que ordena lanzamiento, notifica por este medio a JOSÉ
MOISÉS PUCHETA de lo resuelto por la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la Causa Nº P. 122.747 caratulada: Ahumada, Matías Ezequiel y Otros s/ Recurso Extraordinario de Nulidad en la Causa Nº 61.737 del Tribunal de Casación Penal Sala V
que en su parte dispositiva dice: La Plata, 10 de diciembre de 2014 Por ello, la Suprema Corte de Justicia, Resuelve: 1. Desestimar -por inadmisibleel recurso extraordinario de nulidad deducido arts. 486 y 491 del C.P.P.. 2. Diferir para su oportunidad la regulación de honorarios profesionales por los trabajos desarrollados ante esta instancia art. 31, segundo párrafo, Dec. Ley 8.904/1977. Regístrese. Fdo. Dres. Luis Esteban Genoud - Eduardo Julio Pettigiani - Héctor Negri - Eduardo Néstor de Lázzari. Dra. Paula Valeria Archubi -Abogado AdscriptoDr. Daniel Martínez Astorino, Secretario.
Mercedes B, 10 de marzo de 2015. Juan I. Destefanis, Secretario de Cámara.
C.C. 4.738 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno Nº 623, 1er. piso de San Isidro, cita y emplaza a LAURA VICTORIA CALLAHUARA JANKO, titular de DNI
Nº 31.497.725, argentina, nacida el 10 de junio de 1985 en Pilar, soltera, empleada, hija de Anastasio Toribio Callahuara y de Petrona Janko, con último domicilio en Perú Nº 726 Barrio Monterrewy, de Pte. Derqui, Pdo. de Pilar, por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la Causa Nº 1.544/14 que se le sigue por los delitos de Amenazas Reiteradas, Violación de Domicilio y Daño, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 10 de abril de 2015. Y previo a resolver lo que corresponda respecto de la nombrada, cítesela por edicto, en la forma que establece el art. 129
del CPP, para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en la presente Causa, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde art. 303 del CPP. Fdo. Andrés Martín Mateo, Juez. Ante mí:
Maximiliano Savarino, Secretario. Secretaría, 10 de abril de 2015.
C.C. 4.755 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a WALTER ARIEL LIÑEIRA, argentino, soltero, instruido, nacido el día 20 de enero de 1965 en la Localidad de Morón -B-, hijo de Walter Memfer Liñeira y de Nélida Dora Saavedra, con último domicilio conocido en calle Guido Spano Nº 1336 de la Ciudad de Moreno -B-, DNI Nº 17.660.544; a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio en relación a la Causa Nº 1528/12 4621, caratulada: Liñeira, Walter Ariel s/ Daño, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.
Mercedes, 19 de marzo de 2015. Gerardo C. Simonet, Secretario.
C.C. 4.737 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS Luis Alejandro Gil Julián, Presidente de la Sala Tercera de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes B, en Causa Nº 24.447, caratulada: Ahumada, Matías y Otros s/ Usurpación de Propiedad ap. c/ auto que ordena lanzamiento, notifica por este medio a CRISTIAN ALBERTO ORTELLADO de lo resuelto por la Excma.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la Causa Nº P. 122.747 caratulada: Ahumada, Matías Ezequiel y Otros s/ Recurso Extraordinario de Nulidad en la Causa Nº 61.737 del Tribunal de Casación
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 4 DE MAYO DE 2015

Penal Sala V que en su parte dispositiva dice: La Plata, 10 de diciembre de 2014 Por ello, la Suprema Corte de Justicia, Resuelve: 1. Desestimar -por inadmisibleel recurso extraordinario de nulidad deducido arts. 486 y 491 del C.P.P.. 2. Diferir para su oportunidad la regulación de honorarios profesionales por los trabajos desarrollados ante esta instancia art. 31, segundo párrafo, Dec. Ley 8.904/1977. Regístrese. Fdo. Dres. Luis Esteban Genoud - Eduardo Julio Pettigiani - Héctor Negri - Eduardo Néstor de Lázzari - Dra. Paula Valeria Archubi -Abogado AdscriptoDr. Daniel Martínez Astorino, Secretario.
Mercedes B, 10 de marzo de 2015. Juan I. Destefanis, Secretario de Cámara.
C.C. 4.739 / abr. 27 v. may. 4


POR 5 DÍAS Luis Alejandro Gil Julián, Presidente de la Sala Tercera de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes B, en Causa Nº 24.447, caratulada: Ahumada, Matías y Otros s/ Usurpación de Propiedad ap. c/ auto que ordena lanzamiento, notifica por este medio a SEBASTIÁN ESTEBAN SOTELO de lo resuelto por la Excma. Suprema Corte de Justicia e la Provincia de Buenos Aires en la Causa Nº P. 122.747 caratulada:
Ahumada, Matías Ezequiel y Otros s/ Recurso Extraordinario de Nulidad en la Causa Nº 61.737 del Tribunal de Casación Penal Sala V que en su parte dispositiva dice: La Plata, 10 de diciembre de 2014 Por ello, la Suprema Corte de Justicia, Resuelve: 1.
Desestimar -por inadmisibleel recurso extraordinario de nulidad deducido arts. 486 y 491 del C.P.P.. 2. Diferir para su oportunidad la regulación de honorarios profesionales por los trabajos desarrollados ante esta instancia art. 31, segundo párrafo, Dec. Ley 8.904/1977.
Regístrese. Fdo. Dres. Luis Esteban Genoud - Eduardo Julio Pettigiani - Héctor Negri - Eduardo Néstor de Lázzari - Dra. Paula Valeria Archubi -Abogado AdscriptoDr.
Daniel Martínez Astorino, Secretario. Mercedes B, 10 de marzo de 2015. Juan I. Destefanis, Secretario de Cámara.
C.C. 4.740 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº 83.900-04 seguida a TINTINELLI CARLOS ENRIQUE y Otros s/ Infracción al art. 72
inc. a de la Ley 11.723; que tramita por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Martines Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 18 de febrero de 2015. Autos y Vistos Y Considerando Por ello, Resuelvo: I.Sobreseer totalmente a Tintinelli Carlos Enrique, DNI Nº 25.939.703, argentino, soltero, empelado, nacido el 2 de julio de 1977, domiciliado en calle Corrientes Nº 55 de Mar de Ajó, José Luis Fontana, DNI Nº 14.314.461, nacido el 17 de marzo de 1961, domiciliado en calle Washignton Nº 260 de Dolores, Herrera Raúl Oscar DNI Nº 20.950.021
domiciliado en calle 25 de Mayo e Ingeniero Quadri de Dolores, Croceri Mario, DNl Nº 10.476.333 domiciliado en calle 3 Nº 1995 de la Localidad de San Clemente del Tuyú, Roberto Carlos Maya, DNI Nº 22.062.492, argentino, soltero, nacido el día 4 de mayo de 1971, hijo de Juan Carlos y de Leiva Edith, domiciliado en calle Margaritas Nº 48 de la Localidad de Mar de Ajó y José Luis Ramos, DNI Nº 8.704.196 Rico Nº 16 de la Localidad de Dolores; en orden al delito de Infracción al art. 72 inc. a de la Ley 11.723 por encontrarse extinguida la Acción Penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3º y. 62 del Código Penal y art. 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal. Proveo por licencia del Titular. Fdo. Laura Elías. Juez de Garantías Deptal. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 09 de abril de 2015. Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones de notificación, agréguense y atento lo que surge de lo informado a fs. 320 vta., de la presente Investigación Penal, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el co-imputado Carlos Tintinelli, y lo resuelto a fs. 309 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr.
Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías Nº 3. Dolores, 09 de abril de 2015. Gastón E. Giles, Juez de Garantías.
C.C. 4.748 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-104527-06, seguida Peña Peyloubet Cristian
PÁGINA 3223

Alberto s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Di. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido PEÑA
PEYLOUBET CRISTIAN ALBERTO, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de General Madariaga, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, de 12 de febrero de 2015 Autos y Vistos Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Cristian Alberto Peña Peyloubet; DNI Nº 92.379.541, suizo, nacionalizado argentino, instruido, hijo de Elsa Caleano y Juan Antonio Peña Peyloubet, en orden al delito de Hurto art. 162 del C.P., por encontrarse extinguida la Acción Penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59. inc 3º y. 62 del Código Penal y art. 323. inc. 1º del Código Procesal Penal Regístrese Fdo. Laura Inés Elías, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 07 de abril de 2015, Autos y Vistos:
Atento el estado de la IPP Nº 03-00-104527-06, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal; Todo ello, a fin que Peña Peyloubet Cristian Alberto sea debidamente notificado del auto que dispuso su sobreseimiento en esta IPP Nº 03-00-10452706. Cúmplase. Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 07 de abril de 2015. Gastón Giles, Juez.
C.C. 4.749 / abr. 27 v. may. 4


POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº 03-00-83900-04 seguida a CROCERI MARIO s/ Infracción al art. 72 inc. a de la Ley 11.723; que tramita por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Martines Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 18 de febrero de 2015. Autos y Vistos Y Considerando
Por ello, Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Tintinelli Carlos Enrique, DNI Nº 25.939.703, argentino, soltero, empelado, nacido el 2 de julio de 1977, domiciliado en calle Corrientes Nº 55 de Mar de Ajó, José Luis Fontana, DNI Nº 14.314.461, nacido el 17 de marzo de 1961, domiciliado en calle Washignton Nº 260 de Dolores, Herrera Raúl Oscar, DNI Nº 20.950.021, domiciliado en calle 25 de Mayo e Ingeniero Quadri de Dolores, Croceri Mario, DNI
Nº 10.476.333 domiciliado en calle 3 Nº 1995 de la Localidad de San Clemente del Tuyú, Roberto Carlos Maya, DNI Nº 22.062.492, argentino, soltero, nacido el día 4 de mayo de 1971, hijo de Juan Carlos y de Leiva Edith, domiciliado en calle Margaritas Nº 48 de la Localidad de Mar de Ajó y José Luis Ramos, DNI Nº 8.704.196, Rico Nº 16 de la Localidad de Dolores; en orden al delito de Infracción al art. 72 inc. a de la Ley 11.723 por encontrarse extinguida la Acción Penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3º y.
62 del Código Penal y art. 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal. Proveo por licencia del Titular. Fdo. Laura Elías, Juez de Garantías Deptal. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 13 de abril de 2015. Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones de notificación, agréguense y atento lo que surge de lo informado a fs. 327, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el co-imputado Mario Croceri, y lo resuelto a fs. 309 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr. Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 13 de abril de 2015. Gastón Giles, Juez.
C.C. 4.750 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. Nº 03-02-171-09 seguida a RIVERA FELICIANO OSCAR y VALLE RUBÉN DANIEL por Defraudación por Administración Infiel, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar a los prevenidos Rivero y Valle, cuyos últimos domicilios son desconocidos, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 08 de abril de 2015. Autos y Vistos:
Para resolver en la presente atento la presentación efectuada por el representante del M.P.F., teniendo a la vista las actuaciones que conforman la I.P.P.; Y Considerando:
Que teniendo en cuenta que se atribuye a Feliciano Oscar Rivera y Rubén Daniel Valle la posible comisión del delito de Defraudación por Administración Infiel, previsto y reprimido por el art. 173 inc. 7º del C.P., hecho cometido

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/05/2015 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date04/05/2015

Page count22

Edition count3394

Première édition02/07/2010

Dernière édition31/07/2024

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