Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/11/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 9852

LA PLATA, JUEVES 27 DE NOVIEMBRE DE 2014

POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Roberto Daniel Vila, titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Judicial Mercedes, cita y emplaza a FERNANDO IVAN BENÍTEZ D.N.I N 40.193.616- para que de cinco 5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la causa N
1844/14-4895 seguida al nombrado por el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, conforme surge de la resolución que se transcribe: Mercedes, de noviembre de 2014.- Autos y vistos:
Atento lo informado precedentemente por el Actuario, y siguiendo lo preceptuado por el art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausado Fernando Iván Benítez bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.- Notifíquese y publíquese. Fdo.
Dr. Roberto Daniel Vila. Juez en lo Correccional.
Secretaría, 18 de noviembre de 2014. Hernan Martín Cardoso, secretario.
C.C. 12.652 / nov. 27 v. dic. 3


POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa N 195/13-4416, caratulada: Segura, Marcelo Ricardo s/ Hurto simple en Moreno B, I.P.P. N
09-02-013525-11, notifica al encausado MARCELO
RICARDO SEGURA, de la siguiente resolución:
Mercedes, 7 de noviembre de 2014 atento a lo informado por la Comisaría de San Justo, déjese sin efecto la audiencia designada para el día de la fecha y cítese a Marcelo Ricardo Segura por edictos para que se presente en este Juzgado en el término de diez 10 días a partir del último día de publicación, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, será declarado rebelde Art. 129
C.P.P.. Fdo: María Laura Pardini - Juez Mercedes, 7 de noviembre de 2014. María Laura Pardini, Juez.
C.C. 12.653 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Roberto Daniel Vila, titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a para que dentro del término de cinco 5 días comparezcan a estar a derecho con respecto a la causa N 1600/14-4862
seguida al nombrado ROBERTO CARLOS GILBERT por el delito de tenencia ilegal de arma de guerra, conforme surge de la resolución que se transcribe:Mercedes, 12 de noviembre de 2014. Autos y vistos: atento a lo informado por la autoridad policial a fs. 46, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausados Roberto Carlos Gilbert bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Notifíquese y publíquese.-. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila. Juez en lo Correccional. Secretaria, 12 de noviembre de 2014. Esteban Patrone, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.654 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial de Mercedes B sito calle 27-576 piso 5, tel. 02324-439134, Dra. María Teresa Bomaggio, cita y emplaza a OLMEDO, ORLANDO, no posee apodo, DNI. 17.965.517, de 46 años de edad, argentina, viudo, zapatero, nacido el día 17 de octubre de 1966 en la Localidad de Misiones, hijo de Vistoriano y de Damiana Mercado f, con domicilio en calle José Martín 2281 entre Cárdenas y Tunuyán del Barrio Nueva Florida de Merlo, para que dentro del término de cinco días comparezcan a estar a derecho respecto de la causa N
661/14-1990 que se le sigue por el delito de robo simple en grado de tentativa conforme surge de la resolución que a continuación se transcribe: Mercedes, 2 de noviembre de 2014. Atento lo informado por la Comisaría de Pompeya a fs. 32, 41, 44, 53, 56 y vta., cítese por cinco días al encausado Orlando Olmedo para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 129 del C.P.P.. Fdo.
María Teresa Bomaggio. Juez en lo Correccional. Ante mi Federico Omar Villa, Secretario.
C.C. 12.655 / nov. 27 v. dic. 3
POR 2 DÍAS - El Juzgado de 1 Instancia en lo Contencioso Administrativo, Secretaría Única de Mercedes, sito en calle 19 N 526 de Mercedes B, cita a los sucesivos de TERESA SÁNCHEZ PRIETO sucesores de María Magdalena Sánchez Sánchez y Prieto y herederos del mismo, para que en el plazo de 15 días tomen la intervención que les corresponda en el proceso, bajo
BOLETÍN OFICIAL

apercibimiento de continuar el presente con la representación asumida por el defensor de ausentes Art. 145 y 146 del C.P.C.C., Art. 22, 27, 52 Ley 5.708; con relación al presente juicio caratulado Fisco de la Pcia. de Bs. As.
c/ Sánchez y Prieto Teresa y otros s/ Expropiación Directa, Expediente N 4034. El presente se encuentra libre de sellados y timbrados conforme lo prevé el Art. 330
inc. 7 a del Código Fiscal Ordenado por Resolución 39/11. Mercedes, 6 de noviembre de 2014. Gilda Preiser, secretaria.
C.C. 12.669 / nov. 27 v. nov. 28


POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial de Mercedes B sito calle 27-576 piso 5, tel. 02324-439134, Dra. María Teresa Bomaggio, cita y emplaza a FERREYRA, JORGE
EDUARDO, no posee apodo, DNI. 18.254.727, de 47 años de edad, argentina, casado, operario, nacido el día 17 de agosto de 1966 en la Localidad de ltuzaingo, hijo de Dionisio y de Clemira Navarro, para que dentro del término de cinco días comparezcan a estar a derecho respecto de la causa N 1924/14-2180 que se le sigue por el delito de hurto simple en grado de tentativa conforme surge de la resolución que a continuación se transcribe:
Mercedes, 14 de noviembre de 2014.- Atento lo informado por la Comisaría de Ituzaingo IV, a fs. 19, cítese por cinco días al encausado Jorge Eduardo Ferreyra para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, Art. 129 del C.P.P..- Fdo.: María Teresa Bomaggio.- Juez en lo Correccional. Ante mí: Federico Omar Villa - Secretario.
C.C. 12.656 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS - En causa - I.P.P. N 09-00-10530-14, caratulada García, Darío Fernando y Figoli, Mario Luis s/
Robo Agravado, de trámite por ante el Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial de Mercedes B, a mi cargo, Secretaría única a cargo de la Dra. María Cristina Galicchio, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo domicilio se desconoce, la resolución de fecha 21
de octubre de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos y Considerando: III.
Que vista la I.P.P principal N 09-00-10530-14 y su agregada N 09-00-12663-14 y asimismo, toda vez que a MARIO LUIS FIGOLI se le imputan los delitos de robo agravado por su comisión en poblado y en banda con el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada- 2 hechos-, habida cuenta la penalidad prevista para los delitos que se le imputan, sumado a las características de los hechos, el traslado efectuado por el nombrado desde la ciudad de General Rodríguez hacia esta ciudad con el fin de cometer los ilícitos y no ser identificados, el utilizar teléfonos celulares con identidades ficticias, que aún no fue habido el botín y que resta identificar a los demás integrantes de la banda, por lo que no sería procedente la excarcelación ordinaria de Mario Luis Figoli, correspondiendo no hacer lugar a su eximición de prisión C.P.P. 185 y 186 a contrario y ampliar la orden detención del mismo por el delito mencionado - la que no se ejecutará hasta tanto adquiera firmeza la presente resolución- , ello por constituir indicios vehementes de la comisión del mismo, y motivos bastantes para sospechar que ha participado en su comisión, por cuanto ello emana de la prueba incorporada, que así se valora C.P. Arts. 45, 166 inc. 2 parr. 3 y 167 inc. 2; C.P.P. 1, 3, 15, 23 inc. 2, 144, 146, 151, 210 y 431 ccdtes.. Lo que así resuelvo. IV
A la solicitud de nulidad de los allanamientos llevados a cabo por el Sr. Agente Fiscal, la consecuente aprehensión del imputado García durante la ejecución de las diligencias y el arresto y la declaración testimonial de Yésica García y de la inconstitucionalidad del Art. 59 inc. 1.
C.P.P., estése a la convalidación de dichas diligencias llevada a cabo por el Juez que previno a cargo del Juzgado de Garantías N 1 Departamental, Dr. Marcelo Romero y téngase presente la reserva del caso federal Notifíquese, regístrese y devuélvase la I.P.P. Fdo. Facundo Oliva.
Juez de Garantías. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Mercedes, 12 de noviembre de 2014.
Habida cuenta que la Defensa de Mario Luis Figoli no ha acompañado la notificación del nombrado respecto de la resolución dictada con fecha 21 de octubre del corriente año, que no obra en la presente I.P.P. domicilio del nombrado y que Yésica Yanel García al momento de realizarse el allanamiento en el domicilio de calle Matheu entre Galar de Malta y Malvinas de General Rodríguez, refirió que se encontraba separada del nombrado fs. 43, procé-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

dase a efectuar la notificación al imputado de la resolución referida por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el CPP 129. Fdo. Facundo G. Oliva. Juez de Garantías.
C.C. 12.667 / nov. 27 v. dic. 3


POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica a MARIO ALEJANDRO GUTICH, Argentino, DNI N
28.673.321, herrero, nacido en San Nicolás el 11 de enero de 1981, hijo de Sergio Gutich y Rita Cardozo; por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 16 de julio de 2014. Autos y vistos: y Considerando: Resuelvo: Hacer lugar a la solicitud de Sobreseimiento formulada por el Sr. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción N 6, Dr. Rubén Darío Giagnorio, y en consecuencia sobreseer en la presente I.P.P. N 1106/13 a Mario Alejandro Gutich, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, por el delito de desobediencia, en los términos del Art. 239 del Código Penal, de conformidad con el Art. 323 inc. 3 del C.P.P.
Regístrese, Notifíquese, Ofíciese. Notifíquese al nombrado por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., la presente resolución dictada en su favor. A tal fin, ofíciese al Sr. Director del Boletín Oficial de La Plata, adjuntado copia de la parte dispositiva, para su publicación. Regístrese, Notifíquese, Ofíciese.
- Fdo. María Laura Vázquez. Juez. Marcos A. Sabbatini, Secretario.
C.C. 12.695 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Titular a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 2 del Departamento judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa N
131/08 caratulada Cuenca Gómez Oscar Miguel s/
Ejecución de Suspensión del Juicio a Prueba resuelta en carpeta decausa N 1.669/08 del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de Mercedes, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado OSCAR MIGUEL CUENCA GÓMEZ la resolución que se transcribe a continuación: Mercedes, 6 de mayo de 2014. Autos y Vistos: Considero: conforme lo dispuesto por el Art. 76 ter. párrafo cuarto y ccds. del Código Penal; Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en atención a la presente suspensión de juicio a prueba de la que resultara favorecido Oscar Miguel Cuenca Gómez procediéndose a su sobreseimiento en relación al delito de Tenencia Ilegal de Arma de Guerra y Encubrimiento Art. 76 ter. párrafo 4 1era. Parte, y 189 bis apartado 2, segundo párrafo, 277 del Código Penal, y 323
inc. 1 del Código de Procedimiento Penal. Notifíquese.
Fdo. Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini Juez de Ejecución.
Secretaría, 10 de noviembre de 2014. Horacio Luis Ostinelli, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.657 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Ejecución Penal N 2 del Departamento judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa N
924/09 caratulada Kronenberger Ángel Luis s/ Incidente de ejecución de suspensión del juicio a prueba resuelta en -carpeta decausa N 106/06-2.092 del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de Mercedes, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado ÁNGEL LUIS KRONENBERGER, la resolución que se transcribe a continuación: Mercedes, 12 de noviembre de 2014. Autos y Vistos Considero conforme lo dispuesto por el Art. 76 ter. 4 párrafo primera parte del Código Penal; Resuelvo: l. Declarar extinguida la acción penal en atención a la presente suspensión de juicio a prueba de la que resultara favorecido Ángel Luis Kronenberger procediéndose a su sobreseimiento en relación al delito de robo Arts. 45, 76 ter. 4 párrafo 1ra. parte y 164 del Código Penal, y 323 inc. 1 del Código de Procedimiento Penal. II. Déjanse sin efecto los decretos de averiguación de paradero y rebeldía que pesaban sobre el nombrado Ángel Luis Kronenberger -v. fs.
33/34vta.-, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal hágaselo saber por edictos. Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo Oliveira Buscarini Juez de Ejecución. Secretaría, 12 de noviembre de 2014.
Horacio Luis Ostinelli, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.658 / nov. 27 v. dic. 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/11/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date27/11/2014

Page count13

Edition count3383

Première édition02/07/2010

Dernière édition16/07/2024

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