Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/08/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 6778

LA PLATA, MARTES 26 DE AGOSTO DE 2014

ca por edictos durante cinco 5 días al encausado EMMANUEL JOAN MARCIALES PAREDES la resolución que se transcribe a continuación: Mercedes, 23 de diciembre de 2013. Autos y Vistos: Considero conforme lo dispuesto por el Art. 76 ter, párrafo cuarto del Código Penal;
Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en atención a la presente suspensión de juicio a prueba de la que resultara favorecido Marciales Paredes Emmanuel Joan, procediéndose a su sobreseimiento en relación al delito de robo simple en grado de tentativa Arts. 76 ter., 1º párrafo, 4to. 164, 42 del Código Penal y 323 Inc. 1º del Código de Procedimiento Penal. Notifíquese. Fdo. Dr.
Ricardo Oliveira Buscarini, Juez de Ejecución. Luján de Los Ángeles Arbizu, Secretaria. Secretaría, 18 de julio de 2014.
C.C. 8.646 / ago. 22 v. ago. 28


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Ejecución Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa Nº 1.906/10
caratulada Avellar Celles Jonathan Ariel s/ Incidente de Ejecución de Suspensión del Juicio a Prueba resuelta en causa Nº 7/10 del Juzgado en lo Correccional Nº 1, carpeta de causa Nº 8.362 del juzgado de Garantías Nº 3 e I.P.P. Nº 09-00-013.778-09, todos registros del Departamento Judicial de Mercedes, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado JONATHAN ARIEL
AVELAR CELLES, la resolución que se transcribe a continuación: Mercedes, 17 de julio de 2014. Autos y Vistos
Considero: Por lo expuesto, y en razón de los dispuesto por los Arts. 62 Inc. 2º y ccds. del Código Penal;
Resuelvo: l. Declarar rescripta la acción penal en la presente causa seguida a Jonathan Ariel Avelar Celles en relación al delito de Resistencia a la Autoridad Art. 239
del Código Penal -materia de la Instrucción Penal Preparatoria Nº 09-00-013.778-09 y carpeta de causa Nº 8.362 del juzgado de Garantías Nº 3 de Mercedes-. II.
Déjanse sin efecto los decretos de averiguación de paradero y rebeldía que pesaban sobre el nombrado Jonathan Ariel Avelar Celles -v. fs. 34/34vta. y 36/37vta.- y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal hágaselo saber por edictos.
Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo Oliveira Buscarini, Juez de Ejecución. Luján de Los Ángeles Arbizu, Secretaria.
Secretaría, 17 de julio de 2014.
C.C. 8.647 / ago. 22 v. ago. 28
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1217/14-4936, caratulada:
Arévalo, Carlos Dante y Rosano Muñiz, Adalberto Rudemar s/ Hurto Agravado de Vehículo dejado en la vía pública en Chivilcoy B, IPP Nº 09-00-006930-14, UFI 4
del Departamental, notifica al nombrado CARLOS DANTE
ARÉVALO, de la siguiente resolución: En la audiencia del día 06 de agosto del año 2014 Visto lo peticionado por las partes, de conformidad con lo dispuesto por los Arts.
129, 303, s.s. y c.c. del C.P.P.; Resuelvo: 1. En virtud de lo informado y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Arévalo por edictos, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerla, sea declarado rebelde Fdo.: Dra.
María Laura Pardini. Juez. Mercedes, 06 de agosto de 2014.
C.C. 8.648 / ago. 22 v. ago. 28
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a JUAN EUARDO BANUERA de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, changarín, instruido, nacido el día 25
de mayo de 1988 en la provincia de Santiago del Estero, hijo de Juan Carlos Maldonado y de Ethel Estefanía Banuera, con último domicilio en calle Mendoza Nº 185
del Barrio La Fraternidad de la Ciudad de Gral.
Rodríguez -B-, DNI Nº 32.920.240; a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio en relación a la causa Nº 1407/13 4882, caratulada: Banuera, Juan Carlos y otros s/ Amenazas Agravadas, Amenaza Agravada por el Uso de Armas cuya
BOLETÍN OFICIAL

aptitud para el disparo no pudo ser acreditada y Lesiones bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Gerardo César Simonet, Secretario.
C.C. 8.649 / ago. 22 v. ago. 28


POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a SOSA ALEJANDRO MATÍAS, D.N.I. que no recuerda, sin apodos, argentino, soltero, nacido el día 2 de diciembre de 1995 en Moreno B, con último domicilio en calle Posadas Nº 5665 e/ Costa Rica y La Plata, de Moreno B, hijo de Rosa Ferreyra v, que sabe leer escribir; a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio respecto de la causa Nº 501/14
5096 Sosa, Alejandro Matías s/ Resistencia a la autoridad l.P.P. 09-02-001527-14, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Juan Manuel Sánchez Barros, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.650 / ago. 22 v. ago. 28
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a FACUNDO MAXIMILIANO CÓRDOBA de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, instruido, nacido el día 28 de julio de 1989 en la Localidad de Mercedes -B-, hijo de Miguel Ceferino Córdoba y de María Eleonora Alfonzo, con último domicilio en Avenida San Martín Nº 261 de la Ciudad de Mercedes -B-, DNI Nº 34.791.063; a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio en relación a la causa Nº 1113/14
5193, caratulada: Córdoba, Facundo Maximiliano s/
Desobediencia bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. Gerardo César Simoene, Secretario.
C.C. 8.651 / ago. 22 v. ago. 28
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 922/14-4881, caratulada:
Falomir, Lucas Alejandro y Maldonado, Maximiliano Marcelo s/ Encubrimiento Simple en la localidad de José C. Paz B, notifica al Señor MALDONADO, MAXIMILIANO MARCELO, de la siguiente resolución: Mercedes, 07
de agosto de 2014. Por recibido, agréguese, téngase presente y atento a lo informado a fs. 164, por la Comisaría de Tres de Febrero, déjese sin efecto la audiencia dispuesta a fs. 153, primer párrafo, únicamente respecto del encartado Maldonado y cítese al mismo a primera audiencia, notificándoselo por edictos intimándose al nombrado a presentarse ante este Juzgado en el término de 10 días a partir del último día de publicación, bajo apercibimiento que en caso de no hacerlo, será declarado rebelde Art.
129 del C.P.P.. Hágase saber. Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez. Mercedes, 07 de agosto de 2014.
C.C. 8.652 / ago. 22 v. ago. 28
POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. Nº 03-02004182-08, seguida a NÉSTOR EDUARDO AGUERO por el delito de Amenazas, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo domicilio se desconoce, la resolución que dictara este Juzgado el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a Néstor Eduardo Aguero y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Amenazas Arts. 59, Inc. 3º ; 62 Inc. 2º y 149 bis del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P.. Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 7 de agosto de 2014.
C.C. 8.656 / ago. 22 v. ago. 28
POR 5 DÍAS - En IPP 03-00-001304-09 de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado ENNIO PABLO DANIEL
GAZZARINI, cuyo último domicilio conocido era en calle La Plata Nº 822 de Chascomús, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 10 de julio de 2014.
Autos y Vistos. Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento impetrada por el Sr.
Agente Fiscal, Dr. Juan Manuel Dávila, en favor de Ennio Pablo Daniel Gazzarini; y Considerando: Que a fs. 232 el señor Agente Fiscal a cargo de la UFI y J PF , Dr. Juan Manuel Dávila, solicita se sobresea al imputado Ennio Pablo Daniel Gazzarini por el delito de Supresión y Falsificación de las Numeraciones de un Objeto Registrable, previsto y reprimido en el Art. 289. Inc. 3º del Código Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos.- Funda su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de perpetración del hecho en estudio 10 de febrero de 2009, ha transcurrido en exceso el término previsto por el art. 62. inc. 2 en su relación con el Art. 289 Inc. 3º del Código Penal. En consecuencia de conformidad con lo estatuido por el Art.
324 del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el orden dispuesto por el Art. 323 del ritual, arribo a la conclusión de que le asiste razón al Dr.
Dávila. Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho y por ende la autoría de Ennio Pablo Daniel Gazzarini en el mismo, lo cierto es que desde la fecha del acta de procedimiento que diera inicio a la Investigación Penal Preparatoria de referencia, al presente, ha transcurrido en exceso el término que la citada norma y el Art. 62 prevé como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito Art. 67. Inc. 4º del C.
Penal. Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse al imputado en orden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el Art. 323 del C.P.P. Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por Ios Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, y 67 del C. Penal; y Arts.
321, 322, 323. Inc. 1º y 324 y conc. del C.P.P, Resuelvo:
Sobreseer totalmente a Ennio Pablo Daniel Gazzarini, de nacionalidad argentino, con D.N.I Nº 29.640.746, nacido el día 3 de agosto de 1982, hijo de Ennio y de doña Marta González, soltero, instruido, domiciliado en calle La Plata Nº 822 de la ciudad de Chascomús, en orden al delito de Supresión y Falsificación de las Numeraciones de un Objeto Registrable, previsto y reprimido en el Art. 289. Inc.
3º del Código Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal. Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. Regístrese, notifíquese al Sr.
Defensor Oficial, Agente Fiscal e imputado. En la fecha se ofició. Conste. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 8 de agosto de 2014. Atento lo que surge de la notificación de la comisaría de Chascomús en la que informa que Ennio Pablo Daniel Gazzarini no pudo ser notificado del auto de fs. 234 y vta., ya que el domicilio es inexistente, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Emiliano Lazzari, Juez a cargo del Juzgado del Garantías Nº 2
Depto. Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario. Dolores, 8 de agosto de 2014.
C.C. 8.657 / ago. 22 v. ago. 28


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 de San Nicolás, Secretaría Única sito en calle Mitre 24 de esta ciudad, cita a MIGUEL ÁNGEL COLLARETA, argentino, soltero, desempleado, hijo de Héctor Omar y de María Celia Ibarra - D.N.I. Nº 34.044.883, último domicilio: calle Alvear Nº 1311 y/o Alvear Nº 711 de San Nicolás Buenos Aires, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 22 noviembre de 2013. Por devuelta, atento al informe policial de fs.
208 y lo manifestado por el Defensor Oficial en la foja que antecede, ignorándose el paradero actual del co-encartado Miguel Ángel Collareta y no surgiendo otro particular o

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/08/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date26/08/2014

Page count11

Edition count3383

Première édition02/07/2010

Dernière édition16/07/2024

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