Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/08/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 6738

LA PLATA, LUNES 25 DE AGOSTO DE 2014

empleado, con D.N.I. N 33.441.456, nacido el día 8 de diciembre de 1987 en Adrogué, hijo de Miguel Ángel Privetera y de doña Nélida Mercedes Porcellati, domiciliado en calle Carlos Pellegrini N 1639 de Adrogué, Pcia. de Buenos Aires, en orden al delito de Lesiones Culposas , previsto y reprimido en el Art. 94 del C. Penal del Código Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por Prescripción la Acción Penal. Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial, Agente Fiscal e imputado. En la fecha se ofició. Conste. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 10
de julio de 2014. Atento lo que surge de la notificación de la comisaria de Adrogué en la que informa que Juan Carlos Pivitera no pudo ser notificado del auto de fs. 94 y vta., ya que el domicilio es inexistente, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal Fdo. Emiliano Lazzari, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 2 Depto. Judicial Dolores. Dolores, 10 de julio de 2014. Juan Miguel Nogara, Secretario.
C.C. 8.490 / ago. 19 v. ago. 25


POR 5 DÍAS - En IPP 03-00-006029-10 de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado MARÍA DE LOS
ÁNGELES VAELLO, cuyo último domicilio conocido era en calle Moreno N 783 de Maipú, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 1 de julio de 2014.
Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento impetrada por el Sr.
Agente Fiscal, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción y de Juicio N 2, Deptal., Dr. Diego Carlos Bensi, en favor de María de Los Ángeles Vaello y Considerando: Que a fs. 60 y vta. el señor Agente Fiscal a cargo de la UFIyJ Nro. 2, Dr. Diego Carlos Bensi, solicita se sobresea al imputado María De Los Ángeles Vaello por el delito de encubrimiento, previsto y reprimido en el Art.
277. inc. 1. ap. c del Código Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos.- Funda su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de perpetración del hecho en estudio 17 de septiembre de 2010 , ha transcurrido en exceso el término previsto por el Art. 62. Inc. 2 en su relación con el Art.
277: inc. 1. ap. c del Código PenalEn consecuencia de conformidad con lo estatuido por el Art. 324 del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el orden dispuesto por el Art. 323 del ritual, arribo a la conclusión de que le asiste razón al Dr. Bensi. Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho y por ende la autoría de María de los Ángeles Vaello en el mismo, lo cierto es que desde la fecha de la denuncia, al presente, ha transcurrido en exceso el término que la citada norma y el Art. 62 prevé como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito. Art. 67. Inc.
4 del C. Penal. Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse al imputado en orden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el Art. 323 del C.P.P.
Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 Inc. 3, 62 Inc. 2, y 67 del C.
Penal; y Arts. 321, 322, 323. Inc. 1 y 324 y conc. del C.P.P. Resuelvo: Sobreseer Totalmente a María de los Ángeles Vaello de nacionalidad argentina, con D.N.I N
21.736.435, nacida el día 28 de marzo de 1978, domiciliada en calle Moreno N 783 de la Ciudad de Maipú, Pcia.
de Buenos Aires, en orden al delito de Encubrimiento, previsto y reprimido en el Art. 277. Inc. 1 ap. c del C. Penal del Código Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por Prescripción la Acción Penal.
Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial, Agente Fiscal e imputado. En la fecha se ofició. Conste. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 16
de julio de 2014. Autos y Vistos. Atento lo que surge de la notificación la comisaria de Maipú en la que informa que María de los Ángeles Vaello no pudo ser notificada del auto de fs. 61 y vta., ya que se ausentó de su domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el boletín oficial de esta Pcia. de Buenos
BOLETÍN OFICIAL

Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Emiliano Lázzari, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 2 Depto. Judicial Dolores.
Dolores. 16 de julio de 2014. Juan Miguel Nogara, Secretario.
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POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a ROMERO DE
LOZADA, DENYS, en la causa Nº 07-01-6183-09 Nº interno 3836, caratulada Romero de Lozada, Denys Auxiliadora s/Hurto tentado, cuya resolución se transcribe: Banfield, 16 de mayo de 2013. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nº 07-01-6183-09 Nº interno 3836 seguida a Romero de Lozada, Denys Auxiliadora por el delito de Hurto tentado, y Considerando: Que habiendo transcurrido el término por el cual se concediera el Instituto de Suspensión del Juicio a Prueba y, no habiéndose informado incumplimiento alguno de las obligaciones oportunamente impuestas por quien tenía el control de las mismas, en conformidad con el dictamen expresado por el Sr. Fiscal de Juicio interviniente, es que corresponde declarar la extinción de la acción penal Art.
76ter del C.P..Por todo lo expuesto es que, Resuelvo: I.
Declarar la extinción de la acción penal de la presente causa Nº 07-01-6183-09 Nº interno 3836 respecto a Romero de Lozada, Denys Auxiliadora a quien se le imputara el delito de hurto tentado, hecho presuntamente ocurrido el día 20 de junio de 2009 en el partido de Ezeiza.
Artículo 76 ter del C.P..II.- Sobreseer al encartado Denys Auxiliadora Romero de Lozada, titular de Pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela Nº C1.457.492 de nacionalidad venezolana, nacida el día 8 de marzo de 1956, en Valencia, Rep. Bol. Venezuela, abogada, hija de Humberto Rafael Romero Tocullo y de María Alicia Manrique de Romer, domiciliada en Montalban II calle 5
residencia Palatino, Piso 6º, Depto. A Ciudad de Caracas, Venezuela anotada en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2645798 en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, Notifíquese, comuníquese y archívese. Fdo. Dr. Esteban Pablo Baccini, Juez a cargo P.D.5.. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria.. Otro decreto: Banfield, 4 de julio de 2014. Atento al estado de autos, notifíquese a Denys Romero de Lozada por intermedio de edictos la resolución que luce a foja 228/vta., los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. Secretaría, 4 de julio de Ana María Tenuta, Juez. Maximiliano L. Estévez, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.471 / ago. 19 v. ago. 25
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Titular del Juzgado Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro, Banfield, provincia de Buenos Aires cuarto piso sector D, Dr. Manuel Barreiro, en causa Nº 73.607/09 R.I.
Nº 4367 caratulada Battimo Héctor Daniel, poseedor del D.N.I. Nº 35.119.609, nacido el 5 de marzo de 1989 en Buenos Aires hijo de Héctor Ramón y de Isadora Leguizamón s/ Daño agravado, a fines de solicitarle tenga a bien ordenar la publicación del edicto que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 16 de mayo de 2014 Resuelve: I. Sobreseer totalmente a HÉCTOR
DANIEL BATTIMO poseedor del D.N.I Nº 35.119.609;
nacido el 5 de marzo de 1989 en Buenos Aires; hijo de Héctor Ramón y de Isadora Leguizamón; con Prontuario 1337233 AP; Legajo U2855695, de las demás circunstancias personales de autos, por hallarse extinguida la acción penal en la presente causa que le fuera seguida por el hecho traído a conocimiento del Infrascripto y calificado como Daño Agravado, el que tuviera lugar en fecha 07
de diciembre de 2009, en la localidad y partido de Lanús.
Artículos 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 76 ter párrafo cuarto y 45, y 184 Inc. 1 del Código Penal y 210, 321 y 323 Inc. 1º del Código Procesal Penal. II.- Fijar en la suma de noventa y dos pesos $ 92.
la tasa de justicia de la presente causa, la que deberá ser soportada por el encartado en autos. Artículos 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal y 83 párrafo primero de la Ley Impositiva 14.394 y sus modificatorias. III.
Regístrese y Notifíquese a la Sra. Fiscal de Juicio, a la Sra.
Defensora Oficial y al imputado de autos. IV. Cúmplase con las comunicaciones de Ley. Ante mí: Fdo. Manuel Barreiro Juez Correccional. Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena Lomas de Zamora, 7 de agosto de 2014. En atención al estado de autos
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

notifíquese a la encartado, Héctor Daniel Battimo el auto de fs. 117/vta por medio de edictos por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo.-Fdo. Manuel Barreiro Juez Correccional. Dra. Delia Mabel Palmerini, Secretaria. Lomas de Zamora, 7 de agosto de 201.
C.C. 8.472 / ago. 19 v. ago. 25


POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro, Banfield, provincia de Buenos Aires, cuarto piso sector C
Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a ARROYO, MANUEL
ANTONIO, poseedor del DNI Nº 36.585.538, nacido el 20
de febrero de 1992, hijo de José Luis y Marta Inés Paz, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 00-025628-14 Registro Interno Nº 6132, caratulada Arroyo Manuel Antonio s/ Robo Simple.
Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 7 de agosto de 2014. En atención a lo que surge de los informes de fs. 47, fs. 52, fs. 55, fs.
59 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304
del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 7 de agosto de 2014.
Lomas de Zamora, 7 de agosto de 2014.
C.C. 8.473 / ago. 19 v. ago. 25
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro, Banfield, Provincia de Buenos Aires, cuarto piso sector C
Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a LEZANA, MATÍAS
EZEQUIEL, poseedor del DNI Nº 34.078.420, nacido el 4
de diciembre de 1986, hijo de Rodolfo Osmar Lezana y Ofelia Gómez, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 24.394/11 Registro Interno Nº 4081, caratulada Lezana Matías Ezequiel s/ Hurto Simple en grado de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 7
de agosto de 2014. En atención a lo que surge del informe obrante a fojas 95vta., como así también lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial a fojas 99vta., y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art.
129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
Lomas de Zamora, 7 de agosto de 2014.
C.C. 8.474 / ago. 19 v. ago. 25
POR 5 DÍAS - Por medio de la presente, en la Ciudad de San Martín, Provincia de Buenos Aires, el día 4 de agosto de 2014, por disposición de la Dra. María Sol Cabanas, Juez Correccional a cargo del Juzgado Correccional nro. 2 del Departamento Judicial de San Martín, sito en la calle Belgrano 3910, piso 6to, de San Martín, Tel-Fax- 4752-6396/6401 se notifica a CLAUDIO JAVIER PALAVECINO, argentino, nacido el 24.05.1975 en Capital Federal, hijo de Ramón Palavecino y de Teresa Ramona Ramírez, titular de DNI 24.603.699, con último domicilio real en la calle Nudo 13, PB, Torre A de Ciudadela Norte, Pcia. de Buenos Aires, imputado del delito de hurto en grado de tentativa y robo en grado de tentativa en concurso real entre sí, del cómputo que a continuación se transcribe: Cómputo de Firmeza.
Liquidación de costas y caducidad registral: Informo a V.
S., que conforme se desprende del fallo glosado a fs.
128/141vta, con fecha 12 de diciembre de 2013 se con-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/08/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date25/08/2014

Page count11

Edition count3379

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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