Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/06/2014 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

dada por el término de diez días o la ampliación legal que corresponda en razón de la distancia, a quien se cita y emplaza para que comparezca a contestarla y estar a derecho dentro del expresado plazo bajo apercibimiento de ley Art. 28 de la Ley 11.653. Por cumplido con el pago que prevén las Leyes 8.480 y 10.268. Agréguese la carta poder de fs. 1 y la documentación de fs. 4/21.
Acompañadas que sean las copias se proveerá el desglose solicitado a fs. 25 punto IX. Notifíquese Art. 137
C.P.C Homológase el pacto de cuota litis de fs. 1, en los términos del Art. 277 de la L.C.T.. Fdo. Dr. José María Casas, Juez. Dra. Rosa Amalia Gómez, Jueza. Mar del Plata, 3 de febrero de 2014. Atento a lo pedido, habiendo dado resultado negativo las diligencias practicadas tendientes a conocer el domicilio de la demandada Antonio José Quibus según así resulta de las constancias de los informes acompañados y lo dispuesto por los Arts. 145 y 146 del CPC, practíquese por edictos la notificación ordenada a fs. 32 al demandado indicado, los que se publicarán por el plazo de dos días en el Boletín Oficial y diario Crónica de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejándose constancia en los mismos que la parte actora litiga con el beneficio de pobreza que le otorga la ley del fuero Art. 22 Ley 11.653.. Fdo. Dra. Rosa Amalia Gómez.
Presidente. Mar del Plata, 21 de mayo de 2014. Tomás Santiago Nutter, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.189 / jun. 16 v. jun. 17


POR 3 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, integrado por los Dres. Rosa Amalia Gómez, María Luján Larrain y José María Casas, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Mar del Plata, sito en la calle Garay 1768, 1er.
Piso, Mar del Plata, en auto caratulados: González María Aida c/ Scheggia Armando y otros s/Despido, Expte. Nº 60407, cita y emplaza por diez días a herederos y acreedores de NORA SUSANA SCHEGGIA para que comparezcan y estén a derecho, bajo apercibimiento de designar defensor oficial Art. 43 del CPC. Mar del Plata, 20 de mayo de 2014. Santiago Nutter, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.190 / jun. 16 v. jun. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi Nº 137, en Causa Nº 630/1047 IPP Nº 46.946 seguida a HUGO CÉSAR ALÍ por Robo en grado de tentativa en Santa Teresita; a los efectos de que se proceda a publicar edicto por el término de 5 días, a fin de notificar al nombrado la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe: En la Ciudad de Dolores, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece, Cuestiones por ello, el tribunal por unanimidad resuelve: Sobreseer a Hugo César Alí en orden al hecho por el que fue requerido de juicio en la presente causa Nº 630/1047 calificado como Robo en grado de tentativa/ en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67, 42 y 164 del C. Penal y 210 y 323 Inc. 1º C.P.P.. Dejar sin efecto la rebeldía oportunamente decretada y disponiéndose el levantamiento de la orden de comparendo dispuesta en consecuencia. Comunicar al Registro Nacional de Reincidencia y librar oficio al Ministerio de Seguridad Bonaerense.
Regístrese. Notifíquese. Oportunamente practíquense las comunicaciones de ley. Con lo que finalizó el presente acuerdo, firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. Fdo. Dres. Jorge Alberto Tamagno. Eduardo Adrián Campos Campos. Jueces. Marisol Moreno.
Secretaria. Asimismo se transcribe a continuación los proveídos que dispusieron el presente: Dolores, 10 de diciembre de 2013. Atento el estado de autos, e ignorándose el lugar de residencia actual del encartado Hugo César Alí, procédase a la notificación de la resolución dictada por este Tribunal el día 6 de diciembre del año en curso, por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P. A tal fin, ofíciese al Boletín Oficial. Fdo. Dr. Jorge Alberto Tamagno. Juez.
Tribunal Criminal Nº 2 Dpto. Judicial Dolores; Dolores, 29 de mayo de 2014. No habiéndose recepcionado a la fecha el ejemplar del boletín oficial con la publicación ordenada a fs. 76, reitérese oficio a tales efectos con transcripción también, del presente proveído. Fdo. Dra.
Analía Graciela Ávalos, Jueza. Marisol Moreno, Secretaria.
Dolores, 30 de mayo de 2014.
C.C. 6.193 / jun. 16 v. jun. 23

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 17 DE JUNIO DE 2014

POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez Correccional de Tres Arroyos, Dr. Gabriel Giuliani, Secretaría Única a mi cargo, con sede calle 25 de Mayo Nº 162, de la ciudad de Tres Arroyos, Departamento Judicial Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, en la Causa Nº 5521, del registro de este Juzgado, caratulada:
LEANDRO DAMIÁN CARRIZO; FERNANDO IVÁN CARRIZO, por los delitos de Lesiones Leves y Resistencia a la Autoridad en Concurso Real, en los términos de los artículos 45, 55, 89 y 239 del C.P., que instruyera la UFIJ Nº 6 de la ciudad de Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires, Departamento Judicial Bahía Blanca, bajo el Nº de I.P.P.
02-01-002507-12, a fin de solicitarle se publique por cinco 05 días en ese Boletín Oficial, lo ordenado en la causa precitada y que dice: Tres Arroyos, de mayo de 2014.
Atento que el imputado Leandro Damián Carrizo, según consta en informes policiales de fs. 182, no se lo ubica en el domicilio brindado durante la instrucción de la presente causa, y el resultado negativo de las diligencias efectuadas en el respectivo domicilio del imputado, Carrizo, Leandro Damián, de 21 años de edad, con D.N.I Nº 37.077.457, sin apodos, instruido, de estado civil soltero, de nacionalidad argentina, nacido el día 04 de noviembre de 1992, en La Plata, hijo de Raimundo v y de Rosa Graciela Fernández v, prontuario número U - 2561022 en el Registro Nacional de Reincidencia, con el Número 1350129, Sección AP en el Registro de Antecedentes de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo normado por los Arts. 129, 303, 304 y concs. del C.P.P., cíteselo por edictos para que en el término de 05 días comparezca a estar a derecho por ante este Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Ordénase su publicación por ante el Boletín Oficial y prensa local. Arts. 129, 303, 304 y concs. del C.P.P.B.A..- Fdo. Gabriel Giuliani.- Juez Correccional.
Tres Arroyos, 30 de mayo de 2014. Dra. María Florencia Zunino, Secretaria.
C.C. 6.194 / jun. 16 v. jun. 23


POR 2 DÍAS - El Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N 2, sito en calle Alvear Nro.
480 de Quilmes. Presidencia a cargo de la Dra. Jorgelina Anabela Martin, en los autos caratulados: Fauceglia Tobías Martín. s/ Abrigo Expte. 57331 cita a la Sra. FAUCEGLIA LORENA JUDITH, D.N.I 23.105.057, quien deberá presentarse en estos autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de tenerla por notificada de todo lo actuado. Arg. Art. 145 CPCC. Fdo. Ana María Salatino.
Juez. Quilmes, 31 de marzo de 2014. Diana Pacios, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.232 / jun. 17 v. jun. 18
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica que en el marco de los autos Efco Argentina S.A. c/ KATICA
CONSTRUCCIONES S.R.L. s/Cobro Ordinario de Sumas de Dinero N de Expediente: SI-8516-2011 se ha dictado sentencia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: San Isidro, 11 de febrero de 2014 Por lo expuesto, fallo: 1 Haciendo lugar a la demanda promovida por Efco S.A. contra Katica Construcciones S.R.L. a quien se condena a abonar dentro de los diez días de notificada esta sentencia la suma de $ 111.352,15 y U$S
38.320,03, con más los intereses que serán calculados en los términos establecidos en el considerando III hasta el efectivo pago y bajo apercibimiento de ejecución. 2
Imponiendo las costas al demandado en su condición de vendido, Arts. 68, 69, 556 y cc. del C.P.C., difiriendo la regulación de honorarios para el momento de la liquidación Art. 51 de la Ley 8.904. Regístrese y Notifíquese
Fdo. Dra. Estela Robles, Juez. Se deja constancia que los datos del demandado resultan: Katica Construcciones S.R.L., con último domicilio conocido en Deheza 4445 de Capital Federal. Juan Pablo Pérez, Auxiliar Letrado. San Isidro, 5 de junio de 2014.
C.C. 6.226 / jun. 17 v. jun. 18
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única
PÁGINA 4653

a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica que en el marco de los autos Seoane Francisco Alejandro c/
Bilanovic Sakic Antonio s/ Daños y Perjuicios Nº de Expediente: 8031-2010 se ha dictado sentencia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: San Isidro, 03 de diciembre de 2013 Por las consideraciones expuestas y normas citadas, Fallo: 1º Haciendo lugar a la demanda por lo que condeno a ANTONIO SAKIC BILANOVIC; ESTEBAN EGIDIO RAMELA y MARÍA FLORENCIA
MENDOZA, a abonar al actor, Francisco Alejandro Seoane la suma de pesos ocho mil quinientos $ 8.500, con más los intereses indicados en el considerando III, dentro de los diez días de quedar firme la presente y bajo apercibimiento de ejecución. 2º Haciendo extensiva la condena a Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada, en los términos y con los alcances del seguro contratado conf. Art.
118 de la Ley 17.418. 3º Imponiendo las costas a los demandados en su condición de vencidos Arts. 68 del CPCC. La regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes se difiere para la oportunidad prevista por el Art. 51 del Dec. Ley 8.904. Regístrese. Notifíquese, y oportunamente, Archívese Fdo. Dra. Estela Robles, Juez. Se deja constancia que los datos del demandado resultan: María Florencia Mendoza, con último domicilio conocido en Obligado 90 3 piso, Dpto. AA, Temperley Lomas de Zamora. Juan Pablo Pérez, Auxiliar Letrado.
San Isidro, 5 de junio de 2014.
C.C. 6.227 / jun. 17 v. jun. 18


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 3, del Departamento Judicial de San Isidro, sito en calle Ituzaingó 340, Piso 7º, de San Isidro, hace saber que en los autos caratulados Kotwica, Yamila c/LETTO, MARTÍN
SEBASTIÁN s/ Cobro de Pesos, Expte. 25.564, se ha dictado sentencia y veredicto, la que a continuación se transcribe: En la Ciudad de San Isidro, a los 28 días del mes de junio del año dos mil trece el Tribunal Resuelve: 1.
Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por Yamila Kotwica contra Martín Sebastián Letto y en consecuencia condenar al demandado a abonar a la actora la suma de nueve mil trescientos cuatro pesos $ 9.304. El importe por el que resulta condenado el accionado deberá ser depositado en autos, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales de San Isidro, a la orden de este Tribunal dentro de los diez días de notificada la presente. Desde que cada suma resulte debida se aplicará la tasa de interés que cobre activa el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósitos a treinta días Art. 48 Ley 11.653 to. Ley 14.399. 2.
Rechazar los reclamos por subsidio por desempleo. 3.
Condenar al demandado a torgar a la actora la documentación faltante en los términos del Art. 80 de la L.C.T. y 12
Inc. g Ley 24.241, dentro del plazo de diez días de notificada la presente, sin que resulte de aplicación por el momento la fijación de astreintes ya que éstas deben ser determinadas una vez que se haya producido el incumplimiento del obligado Art. 666 bis del Código Civil Art. 37
del C.P.C.C., Art. 63 Ley 11.653. Dicho documento deberá dar cuenta de los extremos del contrato de trabajo conforme han sido tenidos por acreditados en la presente en relación a fecha de ingreso, egreso, categoría laboral y remuneraciones percibidas y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la seguridad social. 4. Imponer las costas al demandado vencido en lo sustancial del reclamo Art. 19 de la Ley 11.653 a cuyo efecto se regularán los honorarios del Dr.
Osvaldo Héctor Cámara en 10%, Nicolás Gabriel Spinelli en 10%, con más los porcentajes legales Arts. 12, 13, 14, 16, 21, 22, 23, 25, 18 y 43 Ley 8.904 e IVA en caso de corresponder. 5. Librar oficio al Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales de San Isidro a fin de solicitarle la apertura de una cuenta en pesos para estos autos, conforme lo dispuesto por la Res. S.C.B.A. Nº 654/09. Oportunamente, líbrese oficio por Secretaría a los fines previstos por el Art. 17 de la Ley 24.013. 6.
Regístrese. Liquídese. Notifíquese. Hágase saber a las partes que se encuentra publicado en la Mesa de Entradas Virtual MEV de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires www.scba.gov.ar el texto completo de veredicto y sentencia. Fdo. Dra. Sara Nasiff. Dr. Gustavo Canabal. Dra. Vera Peralta. Vocal, Presidente, Vicepresidente. Dr. Mariano Mallo, Secretario. Se deja constancia que en caso de no comparecer se designará un Defensor de Pobres y Ausentes.
C.C. 6.228 / jun. 17 v. jun. 18

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/06/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date17/06/2014

Page count11

Edition count3384

Première édition02/07/2010

Dernière édition17/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2014>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930