Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 3312

LA PLATA, JUEVES 8 DE MAYO DE 2014

titres días comparezca a estar a derecho, constituir domicilio procesal y ofrecer la totalidad de la prueba que intente valerse, en los términos de los Arts. 145 a 147 y 343 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Río Negro, y bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial. San Carlos de Bariloche, 4 de diciembre de 2013.
Cecilia M. Wiesztort, Secretaria.
C.C. 4.388 / may. 7 v. may. 8


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 3, Secretaría Única de Tres Arroyos, Departamento Judicial de Bahía Blanca, cita y emplaza al demandado ROBERTO HÉCTOR
LARRAGUETA, a fin de que en el plazo de diez 10 días, comparezca a tomar la intervención que por derecho le corresponda, bajo apercibimiento de nombrarle Defensor Oficial para que lo represente en el Juicio: Mocdese, Fernando Ariel c/ Calabrese, Sandra y otro s/
Indemnización por Despido Art. 245 LCT y otros, Expediente Nº 18.290 Arts. 145, 146, 147 y 341 del CPCC. Tres Arroyos, 09 de abril de 2014. Gastón de la Cal, Secretario.
C.C. 4.389 / may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1 de Bahía Blanca, de titularidad del Sr. Juez Jorge E. Longás, Secretaría Única, a cargo de la Srta. Abogada Lucía P.
Gallego, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, sito en Avenida Colón Nº 46, piso cuarto de Bahía Blanca, en autos caratulados: Núñez, Claudia Andrea Solicita A:
Hernández, Carlos Ariel s/ Tenencia de Hijos y Alimentos Expediente Nº 34.910 que tramitan por ante este Juzgado, cita y emplaza a CARLOS ARIEL HERNÁNDEZ
para que en el término de diez días-con ampliación que por la distancia corresponda Art. 158 CPC y Art. 1 Ley 8.593 - comparezca a contestar la demanda promovida en su contra, bajo apercibimiento de designársele por sorteo Defensor de Pobres y Ausentes para su representación en el proceso. Arts. 145 CPC. Bahía Blanca, 28 de marzo de 2014. María Belén Zabala, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.390 / may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 5 de San Martín sito en Ayacucho 2301, 2 piso de General San Martín, cita y emplaza por 2 días al Sr. VILLALBA
GONZÁLEZ VIRGILIO RAMÓN y/o quien se considere con derecho para que comparezca a tomar intervención en autos caratulados Domínguez Lucía c/ Villalba González Virgilio Ramón s/ Divorcio Art. 214 Inc. 2 C.C. Expte. Nº 53114, por el término de 10 días, bajo apercibimiento de designarse el Sr. Defensor Oficial que por sorteo corresponda a fin de que lo represente en juicio Art. 341 y ccdtes. del CPCC. Fdo. Dra. María Alejandra Massini. Juez.
Gral. San Martín 19 de marzo de 2014. Matías Pedevilla, Secretario.
C.C. 4.392 / may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal del trabajo Nº 5, del Departamento Judicial de Morón, S.S.
Ambrosio Miguel Valle, ha ordenado la publicación de edictos en los autos: Suárez Rodrigo Nelvo c/ SANAGUA
MARA GISELE s/ Despido Expte. 20919/2012 edicto:
Morón, 30 de julio de 2013. No habiendo la accionada Mara Gisele Sanagua contestado la demanda ni comparecido a estar a derecho en el plazo que al efecto tenía, decláresela rebelde Arts. 12, 28 Ley 11.653; 59 del CPCC. Firmado Dr. Luis A. Lettinich. Juez del Trabajo.
Dra. Evelyn Soledad Pérez, Secretaria.
C.C. 4.394 / may. 7 v. may. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón, Dr.
Osvaldo Fabián Cedarri, cita y emplaza a GASTÓN FLAVIO PIGNATELLO DNl Nº 23.996.269-Por el término de tres días computables a partir de la última publicación del presentea estar a derecho en los autos Nº 3256 caratulada Pignatello, Gastón Flavio s/ Tenencia ilegal de arma de guerra l.P.P. Nº 10-00-005606-09 de la Fiscalía General con intervención de la U.F.l. Nº 7; Carpetas de causa Nº 8638 del Juzgado de Garantías Nº 3
Departamental; identificada a los fines de su sorteo en la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental bajo el Nº 1431/2010 del registro de la Secretaría Única; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: Morón, abril 22 de 2014. Atento al estado
BOLETÍN OFICIAL

de autos y conforme a lo solicitado por el Sr. Agente fiscal a fs. 454, dispónese la citación y emplazamiento mediante notificación por edicto del encartado Gastón Flavio Pignatello, para qua -en el término de tres días computables desde la última publicaciónse presente a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenarse su comparendo o detención, según corresponda Conf. Art. 129 del C.P.P. Fdo. Osvaldo Fabián Cedarri, Juez. Secretaría, 22 de abril de 2014.
C.C. 4.399 / may. 7 v. may. 13


POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a FRANCO DANIEL
MARTÍNEZ en su calidad de víctima con último domicilio en calle Vulcan y Felipe de Arana de la ciudad de Mar del Plata en causa Nº 11073 seguida a Mendieta Brian Santiago por el delito de Abuso de Armas la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 7 de abril de 2014. Autos y Vistos en atención a lo informado por personal policial a fs. 34 en cuanto a la imposibilidad de hallar a la víctima, notifíquese a Franco Daniel Martínez en tal calidad a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, que de no realizar presentación alguna por ante este Juzgado dentro de los cinco días de notificado se tendrá por cumplido por parte del probado con la abstención de mantener contacto con su persona, como de merodear su domicilio, por un radio no inferior a doscientos 200 metros. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal. María Luisa del Papa, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.403 / may. 7 v. may. 13
POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº 03-02-41470-10, seguida a Mazzaglia Fabián Alejandro por el delito de Encubrimiento, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido MAZZAGLIA FABIÁN ALEJANDRO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de Hurlingham, Pcia.
de Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 11 de noviembre de 2013. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: Sobreseer totalmente al imputado Fabián Alejandro Mazzaglia, DNI Nº 18.171.077, nacido el 18 de abril de 1967, hijo de Antonio José y de Natividad Angélica Ocampos; en orden al delito de Encubrimiento, previsto y reprimido por el Art. 277, primer párrafo, Inc. b del Código Penal Arg. Arts. 1º, 321, 323 Inc. 2º del C.P.P.. Notifíquese.- Proveo por licencia del Titular. Fdo. María Fernanda Hachmann. Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 21 de abril de 2014. Autos y Vistos:
Por recibida la presente I.P.P. y sus agregados provenientes de la Defensoría Oficial Dptal., téngase presente lo manifestado por el Dr. Paladino, a fs. 37; teniendo en cuenta que a fs. 34 vta., surge que el imputado Mazzaglia no fue habido en el domicilio fijado oportunamente, y lo resuelto a fs. 31 y vta., procédase la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.- Fdo. Gastón E. Giles. Juez. Dolores, 21 de abril de 2014.
C.C. 4.404 / may. 7 v. may. 13
POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 13780 Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-1154-14, caratulado Fernández Juan Carlos s/ Incidente de Eximición de Prisión, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido FERNÁNDEZ JUAN CARLOS cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de esta localidad de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 27 de febrero de 2014. Autos y Vistos Por ello resuelvo:
I No hacer lugar a la eximición de prisión de Fernández Juan Carlos, en orden al delito de Abigeato Agravado, previsto y reprimido por el Art. 167 quater Inc. 1 del Código Penal, por improcedente Arts. 169, 185 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Glósece copia en la IPP. II No hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

traído a discusión por los señores letrados, por haberse adecuado la interpretación de normas de forma a la Constitución Nacional Art. 75 Inc. 22, deviniendo por ende sobreabundante e improcedente. III Rechazar la reserva del caso federal efectuada, por no advertirse en lo resuelto repugnancia entre la aplicación de normas provinciales y la Constitución Nacional Art. 14 Ley 48 a contrario sentido. Notifíquese a la fiscalía interviniente, a los Defensores Particulares por cédula e imputado por oficio.
Proveo por licencia del Titular. Fdo. Emilinao Javier Lazzari. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 21 de abril de 2014. Autos y Vistos:
Atento el estado de la presente incidencia, teniendo en cuenta lo informado por la Comisaría de esta ciudad de Dolores, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello a fin de que Juan Carlos Fernández sea debidamente notificado del auto que dispuso no hacer lugar a la Eximición de Prisión peticionada en su favor. Fdo. Gastón Giles. Juez. Dolores, 21 de abril de 2014.
C.C. 4.405 / may. 7 v. may. 13


POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº 03-00-105492-06, seguida a MONTENEGRO TORIBIO DOROTEO por el delito de Lesiones Culposas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, del este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido Montenegro cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, Pcia. de Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 12 de febrero de 2014. Autos y Vitos y Considerando Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Toribio Doroteo Montenegro, argentino, DNI Nº 1.306.608, nacido el 06 de febrero de 1923, en orden al delito de Lesiones Culposas Art. 94 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, Inc. 3 y 62 del Código Penal y Art. 323, Inc. 1º, del Código Procesal Penal.- Notifíquese. Proveo por licencia del Titular. Fdo., Laur I. Elías. Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 21 de abril de 2014. Autos y Vistos: Por recibida la presente I.P.P. proveniente de la Defensoría Oficial Dptal., téngase presente lo manifestado por el Dr. Fernando Dorcasberro, a fs. 66;
teniendo en cuenta que a fs. 63 surge que el imputado Montenegro no fue habido en el domicilio fijado oportunamente, y lo resuelto a fs. 58 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
Fdo. Gastón E. Giles. Juez. Dolores, 21 de abril de 2014.
C.C. 4.406 / may. 7 v. may. 13
POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 13676 Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-91686-05, caratulado Vázquez Adolfo s/ Eximición de Prisión, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido VÁZQUEZ ADOLFO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 25 de febrero de 2014 Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede: I. No se hace lugar al recurso de apelación impetrado por la Defensa Oficial; II.- Se confirma el pronunciamiento en crisis en cuanto dispuso: I.- No hacer lugar a No hacer lugar a la eximición de prisión en favor de Adolfo Vázquez en orden al delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal previsto y reprimido por el Art. 119 tercer párrafo del Código Penal Art. 177, 179, 180, 186, 190 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. IIDejar sin efecto la resolución de fecha 20 de septiembre del corriente año, por el cual se decretó la rebeldía y captura nacional e internacional de Adolfo Vázquez, hasta tanto el presente decisorio adquiera firmeza Arts.. 169, 148, 171, 185 y ccdtes. del C.P.P. y Art. 119 tercer párrafo del C.P..
Notifíquese Fdo. Susana Mriam D. Yaltone. Fernando Sotelo. Jueces. Ante mí Andrea Analía Rodríguez.
Secretaria. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 15 de abril de 2014. Autos y Vistos: Por recibido el presente incidente de Eximición de Prisión pro-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date08/05/2014

Page count12

Edition count3391

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/07/2024

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