Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/04/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Prisión en favor de Reinek Javier José de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 4, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría a cargo del autorizante, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto, a fin de notificar al imputado JAVIER JOSÉ REINEK cuyo último domicilio conocido era en calle Delvillar Nº 883 entre Matheu y Alberti de la Localidad de Ostende, Partido de Pinamar, la siguiente resolución: Mar del Plata, 17 de enero de 2014. Autos Vistos y Considerando: Al margen de la diferencia de criterio expuesta por el Dr. David Lettieri en su pieza recursiva de fs. 9/vta. con la solución del fallo impugnado, sus críticas algo concisas, sin embargo, van más allá de los fundamentos del decisorio en crisis-fs. 6/vta. - que no hizo lugar a la eximición de prisión solicitada a favor de Javier José Reinek. De esta manera, el apelante desconoce la función revisora de la Alzada que debe ceñirse al contenido de la resolución apelada, al procurar la incorporación de nuevos argumentos no evaluados en origen, lo que acarrea respecto de la admisibilidad formal del recurso, que se muestre notoriamente insuficiente para la revocación de la decisión impugnada. En efecto, la articulación de un cambio de calificación legal del hecho atribuido a su asistido Reinek, a través del recurso de apelación, constituye una cuestión novedosa en esta instancia sobre la que no se ha expedido expresamente el Juez de la primera, que resolvió de modo desfavorable la petición defensiva, mediante el análisis del parámetro de la pena en expectativa y en base a una calificación legal más gravosa a la ahora pretendida por el recurrente mantenida invariablemente en los autos principales fs. 47/8, sin que su modificación, siquiera se haya planteado con la presentación que dio origen a esta incidencia. Esta omisión del letrado impugnante, incongruente con su propia actuación en el marco del recurso interpuesto, demuestra inconsistencia de los agravios de cara a la doctrina de los propios actos e impide expedirse sobre algo que no fue materia de pronunciamiento expreso en la instancia de grado.
Finalmente, la falta de referencia a la suspensión de la medida coercitiva, no forma parte de aquello que deba resolverse, sino del trámite y de los efectos de las resoluciones adoptadas en el Incidente. Por todo ello, el Tribunal, resuelve: 1. Declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el defensor particular, Dr. David Lettieri, a fs. 9/vta., contra la resolución de fs. 6/vta.. que no hizo lugar, por el momento, ala eximición de prisión presentada a favor de Javier José Reinek art. 421, 439, 446 y cctes del C.P.P.. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Javier G. Mendoza, Walter J. F. Dominella y Juan Manuel Fernández Daguerre. Por ante el Secretario Marcelo Esteban Zarlenga. Asimismo se transcribe el auto que dispuso el presente: Mar del Tuyú, 1º de abril de 2014. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación que informa que el encartado de autos Javier José Reinek, no se domicilia más en esa dirección Ver fs. 57 del incidente 377/1 ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Diego Olivera Zapiola, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4, Depto. Judicial Dolores.
Mar del Tuyú, 1º de abril de 2014. N. M. del Valle Ullman, Secretaria.
C.C. 3.682 / abr. 15 v. abr. 23


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Elena Beatriz V. Barcena, Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Dpto. Judicial Zárate-Campana, en causa Nº 2561
515/10 IPP 1471/10 UFI 1 Escobar - Juzgado de Garantías 3 Nº 2420 seguida a Galván, Cristian Adrián s/
Lesiones Graves Agravadas por el uso de Arma de Fuego, a fin de solicitar la publicación en ese medio, por edicto y durante cinco 5 días, del resolutorio, el cual se transcribe en su parte pertinente: Campana, 26 de noviembre de 2013. 1.- Autos y Vistos y Considerando El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana Resuelve:
Declarar extinguida la acción penal respecto del encartado CRISTIAN ADRIÁN GALVÁN, atento haber dado cumplimiento a las condiciones impuestas, con motivo del beneficio de Suspensión de Juicio a Prueba otorgado en
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2014

su favor, durante el plazo por el cual el mismo fuera concedido Art. 76 ter. del C.P.. 2.- Sobreseer al nombrado Cristian Adrián Galván, atento lo resuelto en el punto que antecede, conforme lo prescribe el art. 323 inc. 1 del C.P.P Dres. Liliana M. Dalsaso, Daniel C. E. Ropolo, Elena Beatriz V. Barcena, Jueces del Tribunal. Como recaudo se transcribe el auto que dispone lo solicitado:
Campana, 3 de diciembre de 2013. Atento lo informado a fs. 83, respecto a la notificación del procesado Galván en el domicilio de figuración en autos, se constata que el causante no vive más en el mismo, desconociéndose su actual paradero, líbrese oficio al Boletín Oficial La Plata, a fin de solicitar la publicación en ese medio, por edicto y durante cinco 5 días, el resolutorio de fs. 77 de fecha 26/11/2013. Dra. Elena Beatriz V. Barcena, Jueza.
Campana, 26 de marzo de 2014. Atento al tiempo transcurrido, reitérese el oficio obrante a fs. 86. Dra. Elena B. V.
Barcena, Juez. Federico D. Martinengo, Secretario.
C.C. 3.684 / abr. 15 v. abr. 23


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional Nº 3, Dra. Susana González La Riva, en la causa Nº 170/14 caratulada Acevedo Rubén Leonardo por Lesiones Leves Agravadas, Daño y Violación de Domicilio en Bahía Blanca, a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación por cinco días, a efectos de citar al imputado ACEVEDO RUBÉN LEONARDO Titular del DNI
10.420.401, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: Causa Nº 170/14. Bahía Blanca, 25 de marzo de 2014. Atento lo que surge del informe recibido de la Comisaría de Punta Alta de fs. 65 y lo informado por el Actuario a fs. 67 respecto de que el imputado Acevedo Rubén Leonardo, no ha sido habido, desconociéndose su actual paradero, cíteselo al mencionado imputado, para que en el plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Estomba 32, de la ciudad de Bahía Blanca, 2º piso, bajo apercibimiento de declararlo rebelde. Publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Art.129
C.P.P.B.A.. Notifíquese. Susana González La Riva, Jueza. Soledad Díaz Geddes, Secretaria.
C.C. 3.687 / abr. 15 v. abr. 23
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2
Departamental, a cargo del Dr. Guillermo Mércuri, Secretaría Única a cargo de la Dra. Claudia G. Lamoth, en la I.P.P. Nº 145610-08, caratulada: Navarro, Fernando Raúl s/ Incumplimiento Ley 13.944, que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3; cita y emplaza a FERNANDO RAÚL NAVARRO, D.N.I. Nº 22.053.327 hijo de Marta Ester Pérez y de René Emir Navarro, con último domicilio en la calle Yapeyú 972 de Bahía Blanca; por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá presentarse en la Dependencia Policial más cercana o en la Sede de la U.F.I.J. Nº 3
Deptal. sita en la calle Estomba 127 de esta ciudad, a fin de fijar domicilio y posibilitar la celebración de la audiencia dispuesta por el Agente Fiscal en los términos del art.
308 del C.P.P.; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 129 del C.P. Penal. Bahía Blanca, 4 de abril de 2014. María B. Llull, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.688 / abr. 15 v. abr. 23
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N Uno, a cargo del Dr. Jorge Daniel Balbi, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marta Beatriz Bernard del Departamento Judicial Necochea, comunica que con fecha 13/02/2014, se ha decretado la Quiebra de la Sra. SILVANA VERÓNICA HAAG, CUIL: 27-31109011-4, con domicilio real en calle 22 N 3510 de Necochea, Partido del mismo nombre, Pcia. de Buenos Aires, fijándose hasta el día 14/05/2014, el plazo para que los acreedores presenten sus demandas de verificación ante el Síndico CPN José Luis Fittipaldi, con domicilio constituido en calle 66 N 3045 de Necochea, teléfono 02262-426218, mail: estudioffitipaldi@speedy.com.ar, los días de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se fija como fecha para la presentación del Informe Individual el día 03/07/2014 y para la presentación del Informe General el día 01/09/2014. Se intima a los deudores y a terceros que posean bienes de la fallida, para que dentro del término de cinco días, los
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pongan a disposición del Sr. Síndico. Se prohíbe el pago a deudores bajo apercibimiento de tenerlos por no realizados. Se dispone la retención de la correspondencia epistolar y telegráfica la que deberá ser remitida a la Sindicatura. El presente se libra en los autos "Haag, Silvana Verónica s/ Quiebra Pequeña" Expte. N 42.913.
Necochea, 26 de marzo de 2014. Germán Sánchez Jauregui, Secretario.
C.C. 3.742 / abr. 16 v. abr. 24


POR 5 DÍAS El Juzg. de 1 Inst. Civ. y Com. N 1 del Dpto. Jud. Necochea hace saber que el día 28/03/14 se decretó la Quiebra Indirecta de "INDUSTRIAL PESQUERA
NECOCHEA S.A.I.C." Legajo 12589 DPPJ CUIT 30519627-6, con domicilio en Av. 10 N 2958 de Necochea.
Continuará entendiendo el Síndico designado en el Concurso Preventivo, Cdor. José Luis Fittipaldi, con domicilio en calle 66 N 3045. Fecha límite para presentación de pedidos de verificación: 14/05/2014 en dicho domicilio, en días hábiles judiciales en el horarios de 9 a 13. Fijar los días 30/06/2014 y 20/08/2014, para la presentación por el Síndico de los Informes Individual y General respectivamente. Se intima a la fallida y a todos aquellos que tengan en su poder bienes y documentación perteneciente a la misma, se los hagan entrega al Síndico Art. 88 inc. 3
LCQ. Se intima a la fallida a que en el término de 24 hs.
entregue al Síndico los Libros de Comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Art. 88 inc. 4
LCQ. Se pone en conocimiento acerca de la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados Art. 88 inc. 5 LCQ. Necochea, marzo de 2014. Germán Sánchez Jauregui, Secretario.
C.C. 3.743 / abr. 16 v. abr. 24
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1, Secretaría Única del Departamento Judicial Necochea, en autos caratulados "Esteve Tortosa Roberto s/ Quiebra Pequeña" Expte. N 6023, comunica que con fecha 23/05/1995, se ha decretado la Quiebra del Sr. ROBERTO ESTEVE TORTOSA, L.E. 5.382.319, con domicilio real en calle 24 N 3361 de Necochea, y constituido en calle 62 N 2663 de Necochea, Pdo. del mismo nombre, Pcia. de Buenos Aires. Síndico designado CPN
Placido Daniel Alonso, con domicilio constituido en calle 57 N 3028 de Necochea, teléfono: 02262-432656, ante quien y donde los acreedores deberán presentar sus títulos y pedidos de verificación de créditos hasta el 21/05/2014, los días lunes a viernes, de 9 a 16 hs. El vencimiento para la presentación del Informe Individual es el día 8/07/2014 y para la presentación del Informe General el día 29/09/2014. Se intima a los deudores y a terceros que posean bienes de la fallida, para que en el término de cinco días, los pongan a disposición del Síndico. Se prohíbe el pago a deudores bajo apercibimiento de tenerlos por no realizados. Se dispone la retención de la correspondencia epistolar y telegráfica la que deberá ser remitida a la Sindicatura. El presente se libra en los autos "Esteve Tortosa, Roberto s/ Quiebra Pequeña Expte. N 6.023.
Necochea, 31 de marzo de 2014. Marta B. Bernard, Secretaria.
C.C. 3.744 / abr. 16 v. abr. 24
POR 5 DÍAS - El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec.
N 18 a mi cargo, sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4
CABA. hace saber por cinco días en los autos "OVERSAFE SEGUROS DE RETIRO S.A. s/ Liquidación Judicial Forzosa" Exp. N 094893 que se han readecuado las fechas oportunamente fijadas y en consecuencia, podrán los acreedores presentar a los delegados liquidadores Domingo Fortunato Gómez Bisgarra, Daniel Diego Tamai y Alicia Nilda Sturla -con domicilio en Belgrano 926 de esta ciudad y tel.: 4338-4000-, los títulos justificativos de sus créditos hasta el 29.05.14 oportunidad en que deberán acompañar copia de DNI o constancia de CUIT/L Dentro de los siete días del vencimiento del período de observación de créditos, podrán presentar una contestación a las observaciones formuladas. Los delegados liquidadores presentarán los informes que disponen los Arts. 35 y 39
los días 14.07.14 y 09.09.14 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 11.08.14. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el día 02.09.14 a las 11:00 horas. Buenos Aires, 13 de marzo de 2014. Florencia M. Claus, Secretaria.
C.C. 3.747 / abr. 16 v. abr. 24

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/04/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date23/04/2014

Page count8

Edition count3392

Première édition02/07/2010

Dernière édition29/07/2024

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