Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/04/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

da al nombrado en orden al delito de Hurto Simple en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts.
303, 304 del C.P.P. Lomas de Zamora, 18 de marzo de 2014, Andrea Viviana Ramos Perea, Secretaria.
C.C. 3.205 / abr. 4 v. abr. 10


POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Dr.
Luis M. Gabian, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a MORALES CARLOS ANÍBAL, para que en el término de cinco días comparezca a la sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 45516-12, seguida al nombrado en orden al delito de Daño, Reset. a la Autoridad, Coacción, Lesiones Leves, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención. Arts. 303 y 304 del C.P.P.. Lomas de Zamora, 19 de marzo de 2014.
Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.207 / abr. 4 v. abr. 10
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Dr.
Luis M. Gabian, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a ROMERO ROBERTO DANIEL, para que en el término de cinco días comparezca a la sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 42344-12, seguida al nombrado en orden al delito de Encubrimiento, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo. Arts. 303 y 304 del C.P.P.. Lomas de Zamora, 19 de marzo de 2014. Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.206 / abr. 4 v. abr. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Sr.
Juez Dr. Luis M. Gabian, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a FIGUEROA, LAUREANO DANIEL, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa N
718083, seguida al nombrado en orden al delito de Robo Simple en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts. 303 y 304 del C.P.P. Lomas de Zamora, 13 de marzo de 2014, Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.208 / abr. 4 v. abr. 10
POR 3 DÍAS - Juzgado de Paz Letrado del Partido de Saavedra, cita y emplaza a LUIS ALBERTO BERNADOU, y/o quienes resulten propietario del inmueble ubicado en la Localidad de Pigé, Manzana 111-A, Parcela 2, Circunscripción II, Sección D, Partida 9714, para que comparezca a tomar intervención en los autos caratulados Municipalidad de Saavedra - Pigé c/ Bernadou, Luis Alberto s/ Apremio, Expte. Nº 7427/01 por el término de tres días bajo apercibimiento de nombrársele Defensor de Ausentes. Pigé, febrero de 2014. Fdo. Roberto Diego Mahón, Secretario.
C.C. 3.217 / abr. 4 v. abr. 8
POR 3 DÍAS - Juzgado de Paz Letrado del Partido de Saavedra-Pigé, cita y emplaza a ERNESTO TORNQUIST
y COMPAÑÍA LTDA. S.A., y/o quienes resulten propietario del inmueble ubicado en Arroyo Corto, Manzana 38, Parcela 2, Circunscripción III A, Partida 8503, para que comparezca a tomar intervención en los autos caratulados Municipalidad de Saavedra-Pigé c/ Ernesto Tornquist y Compañía Ltda. S.A. s/ Apremio, 6019/00 por el término de tres días bajo apercibimiento de nombrársele Defensor de Ausentes. Fdo. Roberto Diego Mahón, Secretario.
C.C. 3.218 / abr. 4 v. abr. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías en lo Penal N
3 del Departamento Judicial La Plata, notifica a través del presente por el término de 5 cinco días a JENNIFER
KAREN SANTIN, titular del D.N.I N 36.373.548 y a IGNACIO ALEJANDRO ARTURO IBÁÑEZ, titular del D.N.I.
32.147.035, del siguiente resolutorio: La Plata, 23 de enero de 2014 Resuelvo: I Sobreseer a Ignacio Alejandro Arturo Ibáñez, Jennifer Karen Santin en el hecho que diera motivo a la formación de la Investigación Penal Preparatoria N 06-00-024849-11, por el delito de Robo
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 7 DE ABRIL DE 2014

Agravado por el uso de armas de fuego 166, inc. 2, por el cual se les recepcionaran declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P. Art. 323 inc. 4to. del Código Procesal Penal. Fdo. Jorge F. Moya Panisello, Juez. La Plata, 19 de marzo de 2014. Dr. Álvaro M. Martínez.
Secretario.
C.C. 3.219 / abr. 4 v. abr. 10


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Sr.
Juez Dr. Luis M. Gabián, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a GALARRAGA, LEONARDO, para que en el término de cinco días comparezca a la sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 8001-11, seguida al nombrado en orden al delito de Robo Simple en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención. Arts. 303, 304 del C.P.P..
Lomas de Zamora, 11 de marzo de 2014. Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.181 / abr. 4 v. abr. 10
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Mercedes, cita a los herederos del Sr. ALBERTO EVARISTO CASTRILLO para que dentro del plazo de 10 días se sirvan comparecer a contestar demanda bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial para que los represente en los autos caratulados Silva Mónica Patricia c/ Minervino Adrián Daniel y ots. s/ Daños y Perjuicios Expte. 104.041. Mercedes, 18 de febrero de 2014. Juan Andrés Gasparini, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.152 / abr. 4 v. abr. 7
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 3 del Departamento Judicial Mar del Plata, en los autos caratulados "Decima Raúl Ernesto c/ Mazzolo Alicia Liliana s/
Despido" expediente Nº 18957 cita y emplaza por diez días a ALICIA LILIANA MAZZOLO para que en el plazo de diez días tome debida intervención en autos y haga valer los derechos que por ley estime corresponderle, bajo apercibimiento de designársele al Sr. Defensor Oficial para que lo represente en juicio. El presente deberá publicarse por dos días en el "Boletín Judicial" y en el Diario "La Capital" de Mar del Plata. La resolución que ordena el presente dice: "Mar del Plata, 25 de abril de 2013. Atento a lo solicitado, estado de los actuados, y de acuerdo con lo normado por los Arts. 145 y 341 del CPCC, cítese a los codemandados Marcelo Livio Roncarolo y Ana Laura Magnoni para que en el plazo de diez días tomen debida intervención en autos y hagan valer los derechos que por Ley estime corresponderles, bajo apercibimiento de designársele al Sr. Defensor Oficial para que lo represente en juicio. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial y en el Diario La Capital de Mar del Plata. Firmado:
Dra. Marcela E. Ramos" y "Mar del Plata, 7 de noviembre de 2013. Atento lo solicitado y habiéndose deslizado error en la resolución de fs. 65, toda vez que se ordenó citar a Marcelo Livio Roncarolo y Ana Laura Magnoni, personas inexistentes en el proceso; en uso de las facultades conferidas por el Art. 12 de la Ley 11.653; rectifícase dicho proveído en su parte pertinente y cítese por edictos a la demandada Alicia Liliana Mazzolo, respecto de la publicación ordenada a fs. 65 al periódico La Capital, no surgiendo de las previsiones del Art. 22 de la Ley 11.653 la posibilidad de ordenar la publicación de edictos a una empresa de carácter privado, contrariamente a lo que ocurre con las publicaciones ordenadas en el Boletín Oficial, amparadas por dicha norma, as! como por la Ley 8.393, hácese saber a la parte actora que no deberá incluirse en el edicto referido la orden expresa de su publicación gratuita a la empresa periodística mencionada. Sin perjuicio de ello, líbrese oficio al periódico La Capital haciéndose saber que el actor litiga con beneficio de pobreza a fin que dicha empresa otorgue al pedido de publicación el trámite que crea más conveniente en relación a la condición de trabajador invocada, haciéndosele saber que oportunamente podrá perseguir el cobro por dichos gastos. Art. 12 Ley 11.653. Firmado: Dra. Marcela E. Ramos." Mar del Plata, 19 noviembre de 2013. Carlos Daniel Cusan, Secretario.
C.C. 3.137 / abr. 4 v. abr. 7
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de
PÁGINA 2329

Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 8.741, caratulada: "Juárez Santillán, Víctor Martín s/ Inf. Art. 55 Decreto Ley 8.031/73"; notifíquese a VÍCTOR MARTÍN JUÁREZ
SANTILLÁN; con último domicilio conocido en la calle Einstein Nº 3605 de éste medio. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 02 de mayo de 2013. Y Vista Y Considerando Resuelvo: Declarar de oficio la extinción de esta acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Víctor Martín Juárez Santillán, en el supuesto de la comisión de la Infracción prevista y reprimida en el artículo 55 del Decreto Ley 8.031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires; al transcurrir, en demasía, el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto Ley 8.031/73 desde la iniciación de estos obrados hasta esta oportunidad. Regulando los honorarios del Dr. Santiago Moscardini, Abogado Tº XIX
Fº 586 C.A.M., Abogado Defensor Particular del causante Juárez Santillán, por su labor, en la suma equivalente a la unidad arancelaria de diez 10 "Jus" en cabeza de su Pupilo, con más el aditamento de Ley artículos 9º, inciso 16 I, 51, 54 y ccdtes. de la Ley Arancelaria Provincial de los Abogados. Regístrese Fdo.: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Elena C. BoubetaAuxiliar Letrada.
Asimismo se transcribe el Art. 54 del Dec. Ley 8.904/77: "
Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los 10 diez días de quedar firme el auto regulatorio. Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez días de intimado su pago, cuando sean exigibles. Operada la mora, el profesional podrá optar por: a Reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el Art. 24, con más un interés del ocho 8 por ciento anual. b Reclamar los honorarios con más el interés que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento. Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real. En la cédula de notificación, en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad, deberá transcribirse este artículo". Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo Bs. As., 28 de febrero de 2014.
Asimismo y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Víctor Martín Juárez Santillán, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs.
180/vta. Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3º del C. F.
Bonaerense. Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Eduardo A. Diforte. Juez Dado en Merlo Bs. As., a los 21 días del mes de marzo de 2014. Dr.
Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.142 / abr. 4 v. abr. 10


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 5, Secretaría Única del Departamento Judicial de Morón, sito en calle Brown esquina Colón P:3 Cuerpo B, de Morón, notifica a TRANSPORTES SAN MARTÍN S.R.L. con matrícula Nº 59.442 de fecha 26 de septiembre de 2011, legajo Nº 110.024, registrando domicilio en Ruta Provincial 53 Nº 5115 de Florencio Varela, la Sentencia recaída en Expediente caratulado "Hernández, Rubén Fabián c/
Transportes San Martín S.R.L. s/ Despido" Expediente Nº 18. 950 que textualmente ordena: "Morón, 14 de marzo de 2011. Autos y Vistos: Y Considerando: Las citas y fundamentos legales vertidos en el presente Acuerdo Ordinario el Tribunal del Trabajo Nº 5 de Morón, fallando en definitiva en autos "Hernández, Rubén Fabián c/
Transportes San Martín S.R.L. s/ Despido" Exp. 18950
Reconstrucción. Resuelve: I Hacer lugar a la demanda interpuesta por Rubén Fabián Hernández contra Transporte San Martín S.R.L. condenando a ésta última a abonar al primero la suma de pesos ochenta y nueve mil ciento setenta y cuatro $ 89.174 en concepto de indemnización por antigedad, preaviso omitido, salarios caídos de febrero/08, salarios caídos de marzo/08, salarios por integración del mes del despido, vacaciones de 2006 y 2007, SAC de 2006 y 2007, vacaciones proporcionales 2008, SAC proporcional 2008, indemnización por falta de registración al momento del despido e incremento por haber obligado a litigar Arts. 26, 28, 29, 39, 41 y 63 Ley 11.653, Arts. 59, 60 y 354 Inc. 1º del CPCC Arts. 9, 14, 23, 52, 55, 57, 62, 63, 103, 121, 122, 123, 150, 151, 152, 153, 155, 156, 231, 232, 233, 242, 245 y 246 LCT, Arts. 1 y 2
Ley 25.323. II Condenar a la demandada al pago de intereses moratorios sobre el capital de condena desde que el crédito fue debido marzo/08 hasta el efectivo pago, de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/04/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date07/04/2014

Page count15

Edition count3386

Première édition02/07/2010

Dernière édition19/07/2024

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