Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/02/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

to lo aquí decidido. V Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa Oficial intervinientes y, por edictos durante cinco 5 días, a la coimputada Mónica Beatriz Díaz, conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal Penal. VI Cumplido, sigan los autos según su estado.
Firmado: Dra. Julia Andrea Rutigliano -Jueza Correccional. Ante mí: Dra. María Cecilia González Secretaria. Quilmes, 3 de febrero de 2014.
C.C. 1.598 / feb. 24 v. feb. 28


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Jueza, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 1648/2012, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0006214 caratulada: "Rojas, Miguel Ángel s/
Desobediencia ", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado MIGUEL ÁNGEL ROJAS, -titular del DNI Nº 17.997.551-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 30 de abril de 2013. Y
Visto. y Considerando: Resuelvo: IDeclarar la rebeldía de Miguel Ángel Rojas, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Rojas sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP.- III.. IV.-
Fdo. Julia Andrea Rutigliano -Jueza-. Ante mí:
Marisa Vázquez Secretaria. Quilmes, 3 de febrero de 2014.
C.C. 1.599 / feb. 24 v. feb. 28
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental, Dra. María Eva Merlo, en Causa Nº 258/12, Investigación Penal Preparatoria Nº 03-03-000508-11; U.F.I Nº 3, Deptal., caratulada: "Chicco, Lautaro Iván y Monastirsky, Víctor Manuel Tenencia Simple de Estupefacientes en Villa Gesell", de trámite por ante éste Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al co-imputado VÍCTOR MANUEL MONASTIRSKY, cuyo último domicilio conocido era en calle Pinto Nº 4653 del Barrio de Saavedra, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: "Dolores, 03 de octubre de 2013. Autos y Vistos : Y Considerando: Por ello, y conforme a la normativa citada, Resuelvo: 1.- Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa 258/12, correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Víctor Manuel Monastirsky, DNI Nº 23.705.899, argentino, sin apodos, sabe leer y escribir, de 36 años de edad, nacido el 30 de junio de 1976 en Capital Federal, hijo de Leopoldo Monastirsky y de María Graciela Locorotongo, de ocupación empleado, de estado civil soltero, con domicilio sito calle Pinto Nº 4653 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes Art. 14 primer párrafo de la Ley 23.737, que fuera materia de requisitoria de elevación a juicio, sin costas Arts. 76
ter cuarto párrafo del C.P. y Arts. 530, 323 y conc. del C.P.P.. 2.- No habiendo dado cumplimiento el Señor Defensor Particular, Dr. Héctor Adrián Montiel, pospónese la regulación de honorarios del mismo hasta tanto de cumplimiento con el pago de los tributos de Ley. 3. Una vez firme la presente, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la Excma. Cámara de Apelación Departamental a los fines dispuestos en el artículo 22 de la Acordada 2840 S.C.J.B.A.- Regístrese.
Notifíquese al Fiscal, a la Defensa Particular, al co-imputado, Monastirsky. Asimismo, comuníquese al Patronato de Liberados de intervención" Fdo. María Eva Merlo Jueza en lo CorreccionalJuzgado Correccional Nº 1 Depto. Judicial Dolores - Ante mí Dra. María Verónica Raggio - Abogada - Secretaria - Juzgado en lo Correccional Nº 1 Depto. Judicial Dolores. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: "Dolores, 6 de febrero de 2014. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del co-imputado Víctor Manuel Monastirsky, provenientes de la Seccional 35 de la
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 25 DE FEBRERO DE 2014

Policía Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, agréguese a la presente y atento a lo allí informado ver fs.
528/529 y no habiéndose podido notificarlo de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 495/496 y vta.; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129
del C.P.P. Notifíquese al Defensor Particular Fdo. Dra.
María Eva Merlo - Jueza en lo Correccional Nº 1
Departamental. María Dolores, 6 de febrero de 2014.
Verónica Raggio, Secretaria.
C.C. 1.600 / feb. 24 v. feb. 28


POR 3 DÍAS - Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N 1 del Departamento Judicial de Morón, a cargo del Dr. Ricardo Oyama, notifica a la Sra. MARÍA SOLEDAD
PEREIRA DNI 29.799.071 y al Sr. ANTONIO ALEJANDRO
LEGUIZAMÓN DNI 22.101.224, progenitores de los jóvenes Ramiro Alejandro, Sthepen Brandon y Felipe Alejandro Leguizamón, que en los autos registrados bajo el N 69, seguido a "Leguizamón Ramiro Alejandro y otros s/ medida de abrigo", lo siguiente: "Morón, 4 de septiembre de 2013. Autos y Resuelvo: I. Declarar Vistos y Considerando Judicialmente el estado de abandono de Leguizamón Ramiro Alejandro y Sthepen Brandon Pereira, respecto de sus progenitores María Soledad Pereira y Antonio Alejandro Leguizamón. Notifíquese. Regístrese. II.
Colocar a los niños Leguizamón Ramiro Alejandro y Sthepen Brandon Pereira, en situación de adoptabilidad, en los términos del artículo 317, inc. a in fine del C.C.; a tal efecto, cumplir con la Acordada N 2.707/96 S.C.J.B.A.
Regístrese. Notifíquese. Comuníquese. Fdo. Dr. Ricardo Oyama, Juez. Ante mí: Dra. Claudia Demaio, Secretaria.
Morón, 6 de febrero de 2.014.
C.C. 1.580 / feb. 24 v. feb. 26
POR 2 DÍAS - El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 del Departamento Judicial de Quilmes, en autos: Bethencourt Luis Ángel c/ Uva y Zanni María Angélica y otros s/ Prescripción Adquisitiva Vicenal/
Usucapión Expte. 4573/10; cita a quienes resulten herederos de MARÍA ANGÉLICA UVA Y ZANNI y a quienes se crean con derechos al dominio del inmueble objeto de autos sito en calle Rodolfo López 420 de Quilmes, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: I, Sección: S, Manzana: 47, Parcela: 28 A, dominio inscripto al folio 5722/52 del partido de Quilmes 086, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en el presente juicio, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente Art. 341 del CPCC. Dra. Vivian Cintia Díaz, Jueza.
Quilmes, 14 de febrero de 2014. Gustavo R. de la Fuente, Abogado Secretario.
C.C. 1.715 / feb. 25 v. feb. 26
POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a CARLOS
WILLIAM AGUIRRE CASTILLO, DNI. 94. 079.083, de nacionalidad peruana, de 53 años de edad, de ocupación chofer, nacido el 27/12/1958 en Lima Perú, hijo de Carlos Aguirre Campos y de Juana Castillo Morales, con domicilio en calle Pueyrredón Nº 1211, 1er. Piso habitac. 2 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el delito de robo en grado de tentativa, para que en el término de cinco 5
días; comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/ 56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 5 de febrero de 2014. Por recibido el informe obrante a fs.
122 en tanto el Consulado General del Perú informa que el último domicilio que registra Aguirre Castillo Carlos William es el de calle Pueyrredón Nº 1211, piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que con el objeto de dar con el encartado a fin de notificarlo del cómputo de pena han sido diligenciados reiterados oficios con resultado negativo ver fs. 105-117 y atento que se ignora el lugar donde se encuentra, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo
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apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Art. 150 del CPP. Graciela M. Buscarini.
Jueza. María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.646 / feb. 25 v. mar. 5


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a RIQUE ÁNGEL
OSVALDO, argentino, hijo de Félix Ángel y de Bello, Graciela Marta, nacido el 28 de enero de 1974 en Avellaneda, de estado civil soltero, ocupación chofer, titular del DNI Nº 23.532.951, con último domicilio en calle Jujuy Nº 2295 de Quilmes, en causa Nº 3344-3 IPP
26442/07 UF 10, Juzgado de Garantías Nº 3 seguida al nombrado por el delito de Homicidio Culposo Agravado, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 10 de febrero de 2014. Atento el informe policial de fs. 284, que da cuenta que el imputado Rique Ángel Osvaldo se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 241, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5
días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 8 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Art. 150 del CPP. Fdo.:
Graciela M. Buscarini. Jueza. María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.647 / feb. 25 v. mar. 5
POR 5 DÍAS - En los autos caratulados Igoa Juan Carlos c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otro/a s/
Pretensión indemnizatoria", que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1, con domicilio en calle 11 Nº 864 del Departamento Judicial de La Plata, a los fines de que tenga a bien publicar edictos por cinco días notificando al Sr. VÍCTOR JAVIER ÁVALOS que se lo cita a que conteste demanda en el plazo de 45 días como demandado en los autos de mención. El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice: "La Plata, 20 de noviembre de 2013. Atento lo solicitado y toda vez que se han realizado sin éxito las gestiones pertinentes para integrar la Litis, procédase a notificar mediante edictos para que el Sr.
Víctor Javier Ávalos, se presente a contestar demanda en el término de cuarenta y cinco 45 días, dicha publicación deberá realizarse durante cinco 5 días Art. 145,146 y 147
del CPCC, a cuyo fin líbrese oficio al Boletín Oficial y al diario de mayor circulación del lugar del último domicilio conocido. Fdo: Luis Federico Arias. Juez. Juz. Cont. Adm.
Nº 1. Dto. Jud. La Plata. Otro auto dice: "La Plata, 12 de diciembre de 2013. Atento a lo peticionado, aclárese que deberá librarse el oficio ordenado en el Diario El Día de La Plata. Fdo: Luis Federico Arias. Juez. Juz. Cont. Adm. Nº 1. Dto. Jud. La Plata. En el expediente caratulado: "Igoa Juan Carlos c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otro/a s/ Pretensión Indemnizatoria" se ha resuelto: "La Plata, 30 de octubre de 2007. Autos, Vistos y Considerandos: 1. Toda vez que la pretensión procesal deducida en autos se encuentra prevista en los Arts. 12
Inc. 3 y 2 Inc. 4 del CCA, y merituando: que el caso constituye un supuesto de demandabilidad directa de modo que no resultan exigibles los requisitos de admisibilidad previstos en los Art. 14 y 18 del CCA SCBA "Gaineddu"
del 23-04-03; reg. 641/03.- 2. En consecuencia, siendo el infrascripto competente en razón de la materia y del territorio; y en tanto el escrito de demanda reúne los requisitos previstos en el artículo 27 del CCA. Resuelvo: 1.
Téngase al peticionante por presentado, parte a mérito de la representación acreditado y constituido el domicilio legal indicado Art. 40 y 56 del CPCC. Resérvese en la caja de seguridad del Juzgado, la documentación original acompañada de fs.1 a 12. 2. Con el escrito de demanda dásele por promovida la acción contencioso administrativo en los términos del Art.12 Inc. 3º del Código Contencioso Administrativo. 3. De la acción que se deduce, que tramitará por las normas del proceso ordinario Art. 27 y cc. del CCA, córrase traslado a la demandada por término de cuarenta y cinco 45 días, juntamente con

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TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date25/02/2014

Page count9

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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