Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/11/2013 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

301/02 de San Isidro con atención de lunes a viernes en el horario de 15 a 19. Se comunica que el día 17 de marzo de 2014 se presentará el Informe Individual de los créditos art. 35, Ley 24.522 y el día 30 de abril de 2014 se presentará el Informe General previsto por el art. 39 de la ley citada. San Isidro, 07 de noviembre de 2013. María C.
Padrones, Secretaria.
C.C. 11.709 / nov. 20 v. nov. 27


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia N 4 del Departamento Judicial de San Isidro con asiento en la Avenida Centenario 1860 de la localidad de San Isidro, a cargo del Dr. Gustavo Halbide, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mariana Speroni, en autos: "Correa Carlos Esequiel y Mac Dougall Morena Mía s/ Abrigo" cita a los Sres. CLAUDIA BEATRIZ MAC DOUGALL y MARCELO
DANIEL CORREA para que en el termino de cinco días comparezcan a hacer valer sus derechos en el presente juicio. San Isidro, 29 de octubre de 2013. Mariana Spenoni, Secretaria.
C.C. 11.714 / nov. 20 v. nov. 21
POR 5 DÍAS - EI Juzg. de 1ra. Inst. en lo Civil y Comercial N 2, a cargo del Dr. Martín Ordoqui Trigo, Secr. Única, a cargo de la Dra. Silvina Di Carlo Miks, del Dpto. Jud. Necochea, comunica que con fecha 27/03/2009 se ha decretado la Quiebra de ANA MARÍA FLOCCO, DNI. 5.796.885, con domicilio real en calle 106
N 3165 de la Ciudad de Necochea, Prov. de Bs. As., fijándose hasta el día 11/02/2014 el plazo para que los acreedores presenten sus demandas de verificación ante el Síndico CPN Gabriel Tripano, con domicilio procesal en calle 65 N 2915 de la ciudad de Necochea, donde se recibirán los pedidos verificatorios de lunes a viernes de 9.00
a 12.00 hs. Se intima a los terceros que posean bienes de la fallida, para que los pongan a disposición del Síndico.
Se prohíbe el pago a deudores bajo apercibimientos de tenerlos por no realizados. Se dispone la retención de la correspondencia epistolar y telegráfica, la que deberá ser remitida a la Sindicatura. El presente se libra en autos:
"Flocco, Ana María s/ Quiebra Pequeña", Expte. N
33.829, de trámite por ante el Juz. de 1ra. Inst. en lo Civil y Comercial N 2, Secr. Única, del Dpto. Jud. Necochea.
Necochea 5 de noviembre de 2013. Silvina Di Carlo Miks, Secretaria.
C.C. 11.715 / nov. 20 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 del Depto. Judicial Quilmes, a cargo de la Dra. Diana Ivone Español, Sec. Única a cargo del firmante, sito en la calle Alvear Nº 465, 2 piso de Quilmes, hace saber por cinco días que en los autos caratulados "Inglima Juan Bautista s/ Quiebra Pequeña, Expte. Nº 34118, que el día 12 de agosto de 2013, se ha decretado la quiebra de JUAN BAUTISTA INGLIMA, argentino, DNI
5.181.192, con domicilio en la calle Dardo Rocha Nº 698, del partido de Berazategui, Prov. de Buenos Aires. Intimar al fallido y a terceros -en su casopara que entreguen los bienes de aquélla al síndico a cuyo fin líbrese el correspondiente mandamiento de incautación que será diligenciado por el funcionario concursal citado art. 88 inc. 3
Ley cit.. Prohibir la realización de pagos al fallido, los que serán ineficaces arts. 88 inc. 5, 106, 107, 125, Ley cit..
Establecer que a partir de encontrarse firme la presente se suspende el trámite de todos los juicios de contenido patrimonial iniciados contra el fallido por causa o título anterior a esta presentación, prohibiéndose la deducción de nuevas acciones que tengan por causa o título fecha anterior a dicha fecha arg. art. 132 de la Ley 24.522 según modif. Ley 26.086. Los juicios de contenido patrimonial deberán radicarse ante esta dependencia, quedando exceptuados de dicho efecto radicación los juicios enunciados en los apartados 3 expropiaciones, los que se funden en relaciones de familia, 4 procesos de conocimiento en trámite, juicios laborales y 5º los que el deudor sea parte de un litis consorcio pasivo necesario del art. 21
según Ley 26.086, los que estarán sujetos a las pautas establecidas en dicha norma apartados 6º a 8º art. 132
ap.1º. Asimismo, en el caso de juicios seguidos contra el fallido en calidad de codemandado -salvo que se trate de un litis consorcio pasivo necesario art. 133 ap. 2- , el actor podrá optar por continuar el trámite del juicio de conocimiento ante el tribunal originario desistiendo de aquél, sin perjuicio de solicitar la verificación de su crédi-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2013

to ante esta dependencia art. 133 según Ley 26.086. En el caso de las ejecuciones de garantías reales art. 132 ap.
1 Ley 26.086, las mismas deberán ser radicadas ante esta dependencia, ordenándose la suspensión de su trámite art. 126 párr. 2 y 209 de la Ley 24.522. Se ha dispuesto que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico designado Cr. Abel Arnaldo Vila, con domicilio en Ascasubi N 115, de Quilmes, hasta el día 16 de diciembre de 2013, los días lunes a viernes de 9:00 a 13:00 y de 15:00 a 19:00 horas. El Síndico deberá presentar el informe individual el día 01 de abril de 2014 y el informe general el día 16 de Mayo de 2014. Quilmes, 31
de octubre de 2013. Martín J. Sainz, Secretario.
C.C. 11.725 / nov. 20 v. nov. 27


POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 1, Departamento Judicial de Quilmes, a cargo del Dr. Oscar Rubén Seoane, Secretaría Única, a mi cargo, en los autos Gerez Silvia Graciela s/ Quiebra Pequeña, Expediente N 32066 hace saber con fecha del 24/09/2013, se ha decretado la quiebra de la Sra. SILVIA GRACIELA GEREZ, Argentina, DNI 16.044.997, con domicilio en la calle 330
bis N 3193 de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, Síndico designado: Adalberto Abel Mensi, con domicilio constituido en Belgrano 915, Casillero 74, Quilmes Tel:
4951-2638 / estudiozms@fibertel.com.ar. Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta el 20/12/2013. El 10/03/2014
y el 24/04/2014 se presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q. Intimar al fallido y a terceros para que entreguen al síndico, los bienes de aquél, prohibir la realización de pagos al mismo, los cuales serán ineficaces. Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ
y para que dentro de las 24 hs. del auto de quiebra entreguen al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Intimar al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio so pena de tenerlo por constituido en los estratos del Juzgado.
Quilmes, 12 de noviembre de 2013. Víctor G. Salva, Auxiliar Letrado.
C.C. 11.724 / nov. 20 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional N3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa N 1240/13-4575, caratulada:"López Oscar Alberto s/ Daño simple y resistencia a la autoridad en concurso real en Mercedes B", I.P.P. N 09-00-007599-13, U.F.I. N 4 Dptal., Carpeta de causa n 10.939, Juzgado de Garantías N 1 Departamental, notifica a las víctimas de autos BOUCHE Y GONZÁLEZ, de la siguiente resolución: "/Mercedes, diez de septiembre de 2013. Autos y Vistos Por ello y de conformidad con lo normado por los arts. 5, 29 inc. 3, 40, 45, 55,183 y 239 del Código Penal, 375 incs. 1 y 2, 399, 530, 531 y c.c. del C.P.P., Fallo 1
Condenando a Oscar Alberto López, cuyas demás circunstancias personales constan en autos, como autora material penalmente responsable de los delitos de Daño Simple y Resistencia a la Autoridad en concurso real I.P.P. N 09-00-007599-13, a la pena de veinte días de prisión, a cumplir en el Establecimiento Carcelario que el Poder Ejecutivo designe, previa deducción del tiempo en el cual el encausado nombrado permaneció privado de su libertad en la presente causa, más el pago de las costas del proceso, que ascienden a la suma de noventa y dos pesos $ 92,00 en concepto de tasa retributiva. 2
Disponiendo, relacionado al vehículo incautado en autos, que por intermedio de Personal idóneo de la Comisaría Local, se proceda a efectuar un informe técnico mecánico a fin de determinar los números de motor y de chasis del rodado, marca Ford, modelo Eco-Esport, dominio EGH
583, como así también si los mismos revisten carácter de originalidad. Hágase saber, regístrese y firme que quede, dense los informes de ley, remitiéndose además, las copias de la presente resolución a los organismos correspondientes y las fotocopias pertinentes de la presente causa al Juzgado de Ejecución Penal Departamental que corresponda, a fin de cumplir con la pena impuesta; y oportunamente archívese. Fdo.: Dra. María Laura Pardini.
Jueza". Mercedes, 4 de noviembre de 2013.
C.C. 11.718 / nov. 20 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado en lo Correccional del Departamento Judicial de Mercedes B,
PÁGINA 10183

Dra. María Teresa Bomaggio, cita y emplaza a OSVALDO
ROGELIO DAGLIO, argentino, apodado "El Tano", de 52
años de edad, casado, mecánico, nacido el 21 de septiembre de 1961 en la localidad de Suipacha, con último domicilio en calle Colectora Gaona N 1117 entre San Antonio y Florencio Sánchez de Luján, DNI 14.478.477, hijo de Ernesto Rogelio y de Delia Haidee Corriali Paraveccio, para que respecto de la causa N 622/111162 que se le sigue por el delito de Amenazas agravadas por el uso de armas, se notifique de la resolución que a continuación se transcribe: "Mercedes, 6 de septiembre de 2013. Autos y Vistos: Los de la presente causa N
622/11-1162 seguida a "Daglio Osvaldo Rogelio s/Amenazas agravadas por el uso de armas y Daglio Waldemar Ernesto s/Amenazas Simples", y el estado procesal en que se encuentra. Y Considerando: Que con fecha 29 de junio de 2011, conforme surge de fs. 22/vta., las partes arribaron al acuerdo de imprimirle a la presente causa el trámite previsto en la ley 13.433. Dicho procedimiento culminó con el archivo de las actuaciones, dispuesto mediante despacho simple por el Sr. Agente Fiscal Dr. Juan Antonio Minetto v. fs. 24. Que con fecha 9 de abril de 2012, tal como surge del auto de fs. 25, se dispuso el archivo de la presente causa. Que habiéndose otorgado vista a las partes, conforme la facultad prevista en el art. 323 inc. 7 del ritual, se expidió a fs. 28 el representante del Ministerio Público Fiscal, quien solicitó se convierta el archivo dispuesto en la presente causa en sobreseimiento, en virtud del tiempo transcurrido desde que se dispuso el archivo. A fs. 29 el Sr. Defensor Oficial se adhirió a lo solicitado por el Sr. Agente Fiscal. Por los fundamentos expuestos, habiendo transcurrido el término previsto en el art. 323 inc. 7 del Código ritual, corresponde disponer el sobreseimiento de los encausados Daglio Osvaldo Rogelio en relación al delito de Amenazas agravadas por el uso de armas, y Daglio Waldemar Ernesto en relación al delito de Amenazas simples que les fueran atribuidos. Por ello; Resuelvo: Sobreseer a Daglio Osvaldo Rogelio en relación al delito de amenazas agravadas por el uso de armas, y a Daglio Waldemar Ernesto en relación al delito de Amenazas simples art. 323 inc. 7 del CPP y 20 de la Ley 13.433. Notifíquese, regístrese y firme y consentida, líbrense los oficios de ley y, en su oportunidad, archívese. Fdo.: María Teresa Bomaggio. Jueza en lo Correccional. Ante mí: Marina Rosales. Auxiliar Letrada.
C.C. 11.719 / nov. 20 v. nov. 27


POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Roberto Daniel Vila, Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a JOSÉ
MARÍA BALLARIO para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la causa N 1478/13-4526 seguida al nombrado por el delito de Hurto Simple en grado de tentativa en concurso real con encubrimiento, conforme surge de la resolución que se transcribe: "Mercedes, 5 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Atento lo informado precedentemente por la autoridad policial, y siguiendo lo preceptuado por el art.
129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausado José María Ballario bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Notifíquese y publíquese. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez en lo Correccional. El presente deberá publicarse durante cinco 5 días y en forma gratuita en el Boletín Oficial. Secretaría, 5 de noviembre de 2013. María G. Gómez, Secretaria.
C.C. 11.720 / nov. 20 v. nov. 27
POR 2 DÍAS El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N 1, Secretearía Única de Mercedes, con sede en la calle 19 N 526, de la Ciudad de Mercedes, en los autos caratulados "Zuchelli Ángel Alberto y otro/a c/Municipalidad de General Rodríguez y otros s/Pretensión - Indemnizatoria - otros juicios" Expte. N:
13031 cita y emplaza a los herederos del Sr. NÉSTOR
RAMÓN MALDONADO D.N.I.: 10.091.720 para que dentro del plazo de diez días, tomen la intervención que les corresponda en el proceso, todo ello, bajo apercibimiento de designar al señor Defensor Oficial de Ausentes para que los represente. arts. 343, 145 y cctes. C.P.C.C..
Rodolfo Héctor Álvarez, Secretario.
C.C. 11.721 / nov. 20 v. nov. 21
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/11/2013 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date21/11/2013

Page count22

Edition count3378

Première édition02/07/2010

Dernière édition04/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2013>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930