Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/10/2013 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8518

LA PLATA, MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2013

Zamora, Dra. Ana María Tenuta, cita y emplaza a INSAURRALDE, JOSÉ ANTONIO, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4 piso, sector "f"
del Ed. Tribunales, Con. Negro y Larroque, Banfield, tel. N
4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa N 07-00-53279-12 N interno 4594 seguida al nombrado en orden al delito de hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública tentado, cuya resolución se transcribe: Banfield, 18 de septiembre de 2013.- Y visto Considerando Resuelvo: I Citar a Drago, Lucas José e Insaurralde, José Antonio por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese. Fdo. Ana María Tenuta, Jueza. Ante mí: Marcela Di Marco, Auxiliar Letrada. Secretaría, 18 de septiembre de 2013.
C.C. 9.859 / oct. 3 v. oct. 9


POR 5 DÍAS La Sra. Jueza a cargo del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a DAVERIO, ROBERTO MATÍAS, en la causa N 07-2378-C N interno 2378-C seguida al nombrado en orden al delito de Inf. Art.
67, 72 y 74 "a" de la Ley 8.031, de trámite ante el Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4 piso, sector "f" del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. N 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, cuya resolución se transcribe: Banfield, 29 de agosto de 2013.
Autos y vistos: Esta causa, N 2378-C N interno 2378-C
del registro de este Juzgado caratulada "Daverio, Roberto Matías s/ Inf. Art. 67, 72 y 74 "a" de la Ley 8.031" y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 25 de agosto de 2001 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 72 y 74 "a"
de la Ley 8.031. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Daverio, Roberto Matías, en orden a la inf. Art. 67, 72 y 74 "a" de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Roberto Matías Daverio Palla, titular de D.N.I. N 29.655.518, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 18 de julio de 1974, en, empleado, hijo de Julio César Daverio y de Teresa Nicolasa Palla, domiciliado en calle Heredia y Pico casa 199, Villa Domínico, anotado en la Sección antecedentes contravencionales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el N 734295 RC , en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial en su público despacho y al infraccionado mediante edictos, los que se publicarán en el Boletín Oficial. A tal fin líbrese el pertinente oficio. Fecho, comuníquese a quien corresponda y archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Jueza.
Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Secretaría, 29 de agosto de 2013.
C.C.9.860 / oct. 3 v. oct. 9
POR 5 DÍAS La Sra. Juez a cargo del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a GODOY, SAÚL
ALEJANDRO, en la causa N 2370-C N interno 2370-C
seguida al nombrado en orden al delito de Inf. Art. 35, 37, 38 y 74 A" de la Ley 8.031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4 piso, sector "f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. N 4202-1327 inter-

BOLETÍN OFICIAL

nos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 2 de septiembre de 2013. Autos y vistos: Esta causa N 2370-C N
interno 2370-C del registro de este Juzgado caratulada "Godoy, Saúl Alejandro s/ Inf. Art. 35, 37, 38 y 74 "A" de la Ley 8.031" y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 31 de julio de 1999 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 35, 36, 37, 38 y 74 de la Ley 8.031. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Godoy, Saúl Alejandro, en orden a la Inf. Art.
35, 37, 38 y 74 A de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031.- II
Sobreseer al imputado Saúl Alejandro Godoy, indocumentado; de nacionalidad argentina; domiciliado en calle Suárez N 448 de La Boca; Capital Federal, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese al Sr.
Defensor Oficial y al encartado Godoy por intermedio de edictos. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo.: Dra. Ana María Tenuta Jueza. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria." Secretaría, 2 de septiembre de 2013.
C.C.9.861 / oct. 3 v. oct. 9


POR 5 DÍAS La Sra. Jueza a cargo del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a SÁNCHEZ
BUSTO, ARIEL, en la causa N 2390-C N interno 2390C seguida al nombrado en orden al delito de Infracción artículo 72 de la Ley 8.031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en 4 piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfie!d, tel. N 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 17 de septiembre de 2013. Autos y vistos: Esta causa N 2390 C N
interno 2390-C del registro de este Juzgado caratulada "Sánchez Busto, Ariel s/ Infracción artículo 72 de Ley 8.031" y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 15 de agosto de 1999 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 72 de la Ley 8.031. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Sánchez Busto, Ariel, en orden a la infracción artículo 72 de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Ariel Sánchez Busto, titular de D.N.I. N 27.878.893, de nacionalidad argentina, soltero, changarín, domiciliado en calle Pichincha N
3260, Lanús Este, en virtud de lo resuelto en el acápite I.
Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al Infractor Sánchez Busto por intermedio de edictos. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Jueza. Ante mí: Rosana Luciani, Secretaria.
Secretaría, 17 de septiembre de 2013.
C.C.9.855 / oct. 3 v. oct. 9
POR 5 DÍAS - La señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a SABARE, GONZALO, en la causa N 2481-C N interno 2481-C seguida al nombrado en orden al delito de inf. Art. 14 de la Ley 11.929, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4 piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Larroque, Banfield, tel. N 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático e-mail: juzcorr3lz@justbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Avellaneda, 2 de marzo de 2005
Resuelvo: 1 Declarar la nulidad insanable del acta de constatación de fs. 1 y en adelante de todo lo actuado, por aplicación del Art. 3 y 122 ap. I inc. a del Código de Faltas y Art. 201 y 202 del CPP Fdo: Dr. Julio Battafarano, Juez." Secretaría, 18 de septiembre de 2013.
Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C.9.857 / oct. 3 v. oct. 9


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a MARTÍN JONATAN CRISTALDO, DNI N 33.614.667, que en la causa P02349 caratulada "Cristaldo, Martín Jonatan y Rodríguez, María Luisa s/ Hurto en grado de tentativa - dos hechos-", se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "Campana, 11
de septiembre de 2013. - Vistas y Considerando:
Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa P-2349 seguida a Martín Jonatan Cristaldo en orden al delito de hurto simple en grado de tentativa reiterado -dos hechosen concurso real Arts. 42, 55 y 162 del C.P., de conformidad con lo normado por los arts. 2, 59 inc. 3, 62 inc. 2, 63, y 67 del Código Penal. II Dictar sobreseimiento total en la presente causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo normado por los Arts. 323 inc. 1 y 341 del C.P.P Fdo.:
Javier Alfredo Romañuk, Juez. Secretaría, 11 de septiembre de 2013. Marta Ezcurra Ruck, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.870 / oct. 3 v. oct. 9
POR 5 DÍAS - En I.P.P. N 03-00-002759-10 seguida a NICOLÁS MARTÍNEZ por el delito Lesiones Leves, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Yapeyú 692 de Castelli de Dolores, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 3 de septiembre de 2013, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y vistos: Resuelvo:- Sobreseer totalmente a Nicolás Osmar Martínez y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Leves Arts. 59, inc.
3; 62 inc. 2 y 94 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P
.- Fdo.: Laura Inés Elías Jueza de Garantías N 1.
Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, septiembre del 2013.-Autos y vistos:-Atento lo que surge de la notificación de Nicolás Martínez en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, manifestando la madre, Sra. Silvia Beatriz que se ausentó de su domicilio, desconociendo el paradero actual, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs.
As. - conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.:
Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías N 1.
C.C.9.881 / oct. 3 v. oct. 9
POR 5 DÍAS - En el marco de los autos caratulados "Mayorga Celeste Anahi y otra s/ Inscripción de Nacimientos", Expediente N TI-2187-2011, en trámite por ante éste Juzgado Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín n 254 de la localidad y partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires Código Postal N 1648, Secretaría Única a cargo del Dr. Adrián Oscar Perazzo, con el objeto de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios necesarios para que, a los fines de notificar a don LEONARDO FABIÁN MAYORGA D.N.I. N 24.818.191 el fallo dictado en los autos de mención, se publiquen edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco 5 días.- El fallo aludido precedentemente, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: "Tigre, 24 de junio de 2013 Autos y vistos: Considerando: Fallo: 1 haciendo lugar a lo solicitado por la peticionante de autos; 2 ordenando en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/10/2013 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date08/10/2013

Page count13

Edition count3389

Première édition02/07/2010

Dernière édition24/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031