Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

durante cinco 5 días, el cómputo de pena, el cual se transcribe en su parte pertinente: Campana, 10 de junio de 2013. Habiéndose notificado al imputado mediante edicto del fallo recaído y conforme surge de las presentes actuaciones, el nombrado recuperó su libertad por haberse tenido por compurgada la pena con el tiempo de detención sufrido en I.P.P., practique el Actuario cómputo de pena. Fdo.: Dr. Daniel C. E. Ropolo, Juez" "Cómputo de pena: Que respecto de Fabio Ramón Darío Camargo de las restantes circunstancias personales en autos, fue aprehendido con fecha 28/06/2012, convirtiéndose en detención el 29/06/2012. Que con fecha 28/12/2012 se le concede la libertad por haberse tenido por compurgada la pena con el tiempo e detención sufrido en P.P. Que con fecha 28 de diciembre de 2012, recayó Veredicto y Sentencia condenado a la pena de seis meses de prisión y costas como coautor del delito de Robo Simple. Que la condena se tendrá por no pronunciada el 28/12/2016 y caducará a todos sus efectos el 28 de diciembre de 2022.
Campana, 10 de junio de 2013. Fdo.: Dr. Federico Martinengo, Secretario. Zárate-Campana, 10 de junio de 2013. Apruébese el cómputo realizado precedentemente por el Actuario Fdo.: Dr. Daniel C. E. Ropolo, Juez.
Como recaudo se transcribe el auto que dispone o solicitado: "Zárate-Campana, 10 de junio de 2013. Apruébese el cómputo realizado precedentemente por el Actuario, y de conformidad con lo previsto en el Art. 500 del C.P.P., notifíquese el mismo a las partes. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de notificar por edicto el cómputo. Fdo.: Dr.
Daniel C. E. Ropolo, Juez " Zárate-Campana, 5 de agosto de 2013. No habiéndose recepcionado al día de la fecha el diligenciamiento del oficio obrante a fs. 47/vta., y atento el tiempo transcurrido reitérese el mismo. Fdo.: Dr.
Daniel C. E. Ropolo, Juez. Zárate-Campana, 5 de agosto de 2013. Federico Daniel Martinengo, Secretario.
C.C. 7.868 / ago. 16 v. ago. 23


POR 5 DÍAS - En Incidente N 13.539 IPP N 03-034423-08, seguido a Choque Bustamante Carlos Alberto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, interinamente a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría Única interinamente a cargo del Dr. Martín Equisito, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido CARLOS ALBERTO CHOQUE
BUSTAMANTE cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de Pinamar, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 31 de julio de 2013.
Autos y Vistos Por ello, en orden a las disposiciones emergentes de los Arts. 144 a contrario, 148, 169 a contrario, 170 a contrario, 171, 185, 186, y concs. del C.P.P.;
Art. 18, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional y Art. 21 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Resuelvo:
1 No hacer lugar a la eximición de prisión de Carlos Roberto Choque Bustamante, en orden al delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la calidad de Ascendiente del Sujeto Activo, reiterados en Concurso Real, previsto y reprimido por el Art. 119 primer y tercer párrafo en relación con el inciso b y 55 del Código Penal, por improcedente Arts. 169, 185 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Atento desconocerse el domicilio actualizado del imputado, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal Proveo por licencia del Titular. Firmado Diego Olivera Zapiola. Juez Subrogante. Dolores, 31 de julio de 2013. Enrique Martín Equisito, Auxiliar Letrado.
C.C. 7.869 / ago. 16 v. ago. 23
POR 5 DÍAS - En I.P.P. N 03-00-004031-08 seguida a HÉCTOR FABIÁN PELOSO por el delito de Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil sin la Debida Autorización Legal, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 157 e/62 y 63 de Los Hornos La Plata, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 28 de junio de 2013, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos Y Vistos: Resuelvo sobreseer totalmente a Héctor Fabián Peloso y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Tenencia de Arma de
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2013

Fuego de Uso Civil sin la Debida Autorización Legal Arts.
59, inc. 3; 62 inc. 2 y 189, inc.2 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P Regístrese, notifíquese. Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, de agosto de 2013. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Héctor Fabián Peloso en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art.
129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 2 de agosto de 2013. Mónica Barrionuevo, Secretaria.
C.C. 7.870 / ago. 16 v. ago. 23


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Dolores, en causa 14521 caratulada "Castro, José Segundo s/ Encubrimiento" apelac. interp. por Dr.
Paladino c/ Deneg. de Sobreseimiento, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a CASTRO, JOSÉ SEGUNDO cuyo último domicilio conocido era Volcán Lanín lote 12 casa 22
destacamento Nuestras Malvinas partido de Esteban Echeverría, la resolución dictada por éste Tribunal el 01/08/2013 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, se desestima el recurso de apelación interpuesto, se confirma la resolución de fs. 110/112 y vta. en cuanto niega el sobreseimiento pedido por el Defensor Oficial Dr. Leonardo Enrique Paladino, en favor de José Segundo Castro, en orden al delito de Encubrimiento Art.
277 inc. 1, ap. C del C.P.; y dispone la elevación a juicio de la presente causa. Fdo. Luis Felipe Defelitto. Susana Miriam Darling Yaltone. María Lucrecia Angulo, Abogada Secretaria. Dolores, 1 de agosto de 2013. Andrea Analía Rodríguez, Secretaria.
C.C. 7.871 / ago. 16 v. ago. 23
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad, en causa Nº 507/12 Interno N 820 caratulada "Costa Rubén Alberto s/ Lesiones Graves en concurso real con Cohecho Activo, ambos en concurso real entre sí Arts. 90, 258, 55
y 45 del C.P. a Egui Paola en Chascomús", Investigación Penal Preparatoria N 03-00-006119-10, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a COSTA
RUBÉN ALBERTO la siguiente resolución dictada:
"Dolores, 29 de julio de 2013.- Autos y Vitos: Por recibidas las actuaciones provenientes de la Seccional Sexta de Mar del Plata, agréguense y téngase presentes. Atento lo informado en las actuaciones supra mencionadas, surgiendo de las mismas la imposibilidad de localizar al imputado Costa Rubén Alberto en el domicilio fijado en autos, Notifíquese por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires conforme lo normado por el artículo 129 del C.P.P., librándose el oficio de rigor. Recepcionada la constancia de publicación en el Boletín Oficial, vuelva a despacho.- Fdo. Analía H.
C. Pepi -Jueza en lo Correccional Nº 3. Departamento Judicial Dolores". Dolores, 29 de julio de 2013.
C.C. 7.872 / ago. 16 v. ago. 23
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 20.548, I.P.P. N 03-02002194-12 seguida a WALTER FRANCISCO BARTOLOTTA
por el delito de Encubrimiento, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 10 Nº 855 de Santa Teresita, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 24 de junio de 2003, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos Y Vistos Por ello: argumentos expuestos, y disposiciones legales vigentes y citadas, Resuelvo: 1.- Sobreseer totalmente a Bartolotta Walter Francisco, a quien se le recepcionó declaración a tenor del Art. 308, en orden al delito de Encubrimiento previsto y penado por los Arts. 277 inc. 1
apartado "c" en concurso real con Infracción al Art. 289 inc.

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3 del Código Penal Regístrese, notifíquese. Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:"Dolores, 29 de julio de 2013. Atento lo que surge de la notificación de Walter Francisco Bartolotta, en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobresimiento, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías N 1. Dolores, 26 de julio de 2013.
C.C. 7.873 / ago. 16 v. ago. 23


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº I.P.P. N 03-00-00725110 seguida a MAURICIO JAVIER MENELLI por el delito Tenencia de Estupefacientes con fines de Comercialización, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el termino de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Echegaray 445 de General Madariaga, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 25 de junio de 2013, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos Y
Vistos 1.- No hacer lugar a la requisitoria fiscal impetrada.- 2.- Sobreseer a María Morena Gari García y Mauricio Javier Menelli, en orden al delito de Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización, previsto y reprimido por el Art. 5 inc. c - Ley 23.737, por el que se le recibiera oportunamente declaración a tenor del Art. 308
del C.P.P. Regístrese, notifíquese Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 29 de julio de 2013.
Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Menelli Mauricio Javier en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art.
129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías N 1. Dolores, 29 de julio de 2013.
C.C. 7.874 / ago. 16 v. ago. 23
POR 5 DÍAS Por disposición de la Dra. Elena Beatriz V. Barcena, Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Dpto. Judicial Zárate-Campana, en causa Nº 1291
398/05 IPP 80.700 UFI 2 Juzgado de Garantías Nº 2, Nº 3243 caratulada: "MERINO, JONATAN JOSÉ - RIVERO
LÓPEZ, JONATAN MAURO DANIEL s/ Robo Doblemente Calificado por ser en Lugar Poblado y en Banda y por la partición de un menor de 18 años de edad, a fin de solicitar la publicación en ese medio, por edicto y durante cinco 5 días, el resolutorio de fecha 05/02/2013, el cual se transcribe en su parte pertinente: "Campana, 5 de febrero de 2013. Autos y Vistos y Considerando
Resuelve: 1.- Declarar extinguida la acción penal respecto de los encartados Merino, Jonatan José y de Rivero López, Jonatan Mauro Daniel atento haber dado cumplimiento a las condiciones impuestas, con motivo del beneficio de la suspensión de juicio a prueba otorgado en su favor, durante el plazo por el cual el mismo fuera concedido art. 76 ter deI CCP. 2.- Sobreseer a Merino, Jonatan José y de Rivero López, Jonatan Mauro Daniel en razón de lo resuelto en punto que antecede, conforme lo prescribe el art. 323 inc. 1º d CPP. Fdo.: Dres. Daniel C. E.
Ropolo, Elena Beatriz V. Barcena Liliana M. Dalsaso, Juez del Tribunal. Como recaudo se transcribe el auto que dispone Io solicitado: "Campana, 21 de marzo de 2013.
Atento lo informado a fs. 124/125, respecto a la notificación del procesado Merino en domicilio denunciado, se constata que el causante no vive mas en mismo, desconociéndose su actual paradero, líbrese oficio al Boletín Oficial La Plata, a fin de solicitar la publicación en ese medio, por edicto y durante cinco 5 días, la resolución obrante a fs. 141/142 de fecha 05/02/2013. Fdo.: Dr.
Daniel C. E. Ropolo, Juez Campana 05 de julio de 2013.
No habiéndose recepcionado al día de la fecha el diligenciamiento del oficio obrante a fs. que antecede, reitérese el mismo con carácter de urgente. Fdo.: Dra. Elena Beatriz V. Barcena, Juez. Federico Daniel Martinengo.
Secretario. Campana, 5 de julio de 2013.
C.C. 7.875 / ago. 16 v. ago. 23
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Elena Beatriz V. Barcena, Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2013 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date23/08/2013

Page count18

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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