Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/04/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

del Departamento Judicial Morón, en causa N 1676
seguida a GUILLERMO ALEJANDRO REVANEIRA por el delito de Robo simple, del registro de esta Secretaría Única a mi cargo, cítese y emplácese al nombrado Revaneira, argentino, soltero, argentino, desocupado, titular del D.N.I. 35.107.979, hijo de René Revaneira y de Verónica Verón, nacido en Santiago del Estero el día 23 de julio de 1990, con último domicilio sito en la calle Centenera N 292 Km. 34 y 172 del Barrio Pompeya, partido de Merlo, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón, esquina Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sector "K", de la mencionada localidad, declarado Rebelde y ordenar su captura art. 129 y 304 del C.P.. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: "Morón, 11 de abril de 2013. I.- Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y ténganse presentes. II.- Atento a lo informado a fs. 78/79, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Guillermo Alejandro Revaneira por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura art. 129 y 304 del C.P.P.. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional;
Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria". Secretaría, 11 de abril de 2013.
C.C. 3.661 / abr. 25 v. may. 2


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única, en relación a la causa N 950/2008, registrada en esta Secretaría bajo el NJ-0004552 caratulada: "Guevara, Rubén Alejandro s/Portación Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el artículo 129 del Código Procesal Penal, la resolución que se notifica al imputado RUBÉN ALEJANDRO GUEVARA, titular del DNI N
31.431.744, de nacionalidad argentina, nacido en Florencio Varela, el día 26 de diciembre de 1984, hijo de Rubén Guevara, desconociendo el nombre de su madre, de ocupación empleado, quien sí sabe leer y escribir, con domicilio en 1354 y 1317 de la localidad y Partido de Florencio Varela, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Ciudad de Quilmes, 10 de febrero de 2013.
Resuelvo: I Declarar la rebeldía de Rubén Alejandro Guevara, titular del DNI N 31.431.744, de nacionalidad argentina, nacido en Florencio Varela, el día 26 de diciembre de 1984, hijo de Rubén Guevara, desconociendo el nombre de su madre, de ocupación empleado, quien sí sabe leer y escribir, con último domicilio conocido en calle 1354 y 1317 de la localidad y Partido de Florencio Varela, en los términos de los artículos 303 y 304 del Código Procesal Penal, disponiendo, en consecuencia, el comparendo compulsivo del nombrado, una vez que sea habido, a primera audiencia. II Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Guevara sea habido para ser sometido nuevamente a proceso conforme artículo 305 del Código Procesal Penal. III Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa Oficial intervinientes y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado Rubén Alejandro Guevara, conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal Penal. Firmado: Dra. Julia Andrea Rutigliano - Juez correccional. Ante mí: María Cecilia González -Secretaria". María Cecilia González. Secretaria.
C.C. 3.680 / abr. 25 v. may. 2
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa n 2479/2012, registrada en esta Secretaría bajo el NJ0006321 caratulada: "Cortez Muñoz, Luz Amparo s/ Hurto en Grado de Tentativa", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado LUZ AMPARO CORTEZ MUÑOZ, titular del DNI N 51.565.233, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 13 de marzo de 2013. Y Visto: y Considerando: Resuelvo: I.Declarar la rebeldía de Luz Amparo Cortez Muñoz, cuyas
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 25 DE ABRIL DE 2013

demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto la imputada Cortez Muñoz sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf.
Art. 305, CPP. III.- IV.- .. Fdo. Julia Andrea Rutigliano. Juez.Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria.
María Cecilia González. Secretaria.
C.C. 3.679 / abr. 25 v. may. 2


POR 5 DÍAS - La secretaría del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la Ciudad mencionada, notifica a GUSTAVO GABRIEL BENÍTEZ ARÉBALO; CDI 5.563.476;
paraguayo, nacido el 31/07/1991 en San Juan Nepomucemo, Paraguay; desocupado; hijo de Toribio Benítez y de Dora Arévalo; por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 21 de marzo de 2013. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo:
Hacer lugar a la solicitud de Sobreseimiento formulada por el Sr. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción N 5, Dr. Marcelo Manso y en consecuencia sobreseer totalmente en la presente I. P. P. N 16-01-59112 a Gustavo Gabriel Benítez Arévalo y Mario Alberto Benítez Mailín, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, por los delitos de Hurto Agravado y alternativamente Encubrimiento en los términos de los arts. 163 inc. 6 y 277 inc. 1 del Código Penal, conforme lo dispuesto por el art. 323 incs. 3 y 4 del C.P.P.
Regístrese, notifíquese y Ofíciese. Notifíquese al nombrado por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C. P. P., la presente resolución dictada en su favor. A tal fin, ofíciese al Sr. Director del Boletín Oficial de La Plata, adjuntado copia de la parte dispositiva, para su publicación. Regístrese, notifíquese, ofíciese. Fdo. María Laura Vázquez. Juez". Marcos A.
Sabbatini. Secretario.
C.C. 3.678 / abr. 25 v. may. 2
POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado de Garantías N
1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, Anastasia Marqués, notifica a MARÍA LUCRECIA
SALOMÓN GASELLI, la resolución que en su parte pertinente se transcribe: Trenque Lauquen, 21 de marzo del 2013 Revocar la Suspensión del Juicio a Prueba oportunamente concedida en la presente Carpeta de Causa N
9635 a María Lucrecia Salomón Gaselli argentina, DNI N
37.372.737, nacida el 29 de noviembre de 1993 en la ciudad de América BA, hija de Julio Salomón v y de OIga Floriana Gaselli v, desconociéndose su actual domicilio por el delito de Lesiones Leves art. 89 del C.P., acaecido el día 8 de enero de 2012 en la localidad de América, en perjuicio de Gimena Yanel Monasterio. Notifíquese, haciéndole saber a ambos Ministerios Públicos que para la extracción de la copia pertinente la presente se encuentra publicada en el Sistema Informático del Ministerio Público S.I.M.P. y a la imputada mediante edicto judicial, en virtud del desconocimiento de su domicilio. Firme que sea, comuníquese. Fdo.: Anastasia MarquésJueza de Garantías". Trenque Lauquen, 8 de abril de 2013. Virginia G. Goycoechea. Secretarias.
C.C. 3.675 / abr. 25 v. may. 2
POR 2 DÍAS - EI Sr. Juez a cargo de la presidencia del Tribunal del Trabajo N 2 dos de La Matanza, dentro de los autos caratulados: "Ghezzi Omezzolli Nelson c/ FURCHI MARRANO Y DI PALMA S.R.L. y Otros s/ Despido Expte. N 10592/2010 ha dictado la siguiente resolución:
"La Matanza, 17 de septiembre de 2012. De conformidad con lo peticionado, no habiendo la demandada Furchi Marrano y Di Palma S.R.L. contestado la acción a pesar de estar debidamente notificada ver fs.606/607, hácese efectivo el apercibimiento mencionado y en consecuencia, désele por perdido el derecho dejado de usar y el de ofrecer pruebas, declarándosela en rebeldía. Firmado. Dra.
Bendersky. Juez". María Laura Paz. Secretaria.
C.C. 3.671 / abr. 25 v. abr. 26
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de
PÁGINA 3345

Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N 6.953, caratulada: "Melgarejo, Alejandro Javier s/Inf. Art. 85 Decreto Ley 8.031/73"; notifíquese a ALEJANDRO JAVIER MELGAREJO, argentino; con último domicilio conocido en la calle Larreta N 1.677 de la Localidad y Partido de Moreno. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe:
Merlo Bs. As., 21 de febrero de 2013. Y Vista y Considerando Resuelvo: Declarar -de Oficiola extinción de esta Acción Contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Alejandro Javier Melgarejo, en el supuesto de la comisión de la Infracción prevista y reprimida en el artículo 85 del Decreto Ley 8.031/73 Código de Faltas Provincial; por haber transcurrido el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto Ley 8.031/73 desde la iniciación de estos obrados hasta esta oportunidad.
Respecto de los efectos secuestrados, estése al artículo 13 apartado 4 del Decreto Ley 8.031/73. Regístrese
Fdo.: Eduardo A. Diforte. Juez. Ante mí: Dr. Sergio E.
Alessandrello, Auxiliar Letrado". Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As., 10 de abril de 2013. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Alejandro Javier Melgarejo, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 46/vta. art. 129
C.P.P. por aplicación del art. 3 del C.F. Bonaerense. Fdo.
Eduardo A. Diforte. Juez Dado en Merlo Bs. As., a los 10 días el mes de abril de 2013. Sergio E. Alessandrello.
Auxiliar Letrado.
C.C. 3.670 / abr. 25 v. may. 2


POR 1 DÍA - Tribunal del Trabajo N 1 de Pergamino, en autos: "Ribero, Marcela B. c/ Weng Deying y/o s/
Despido" N 40413, notifica a WENG DEYING la resolución que en lo pertinente dice: "Pergamino, 15 de julio de 2011. el Tribunal Resuelve: 2 Hacer lugar a lo peticionado por la actora a fs. 122. A cuyos efectos no habiendo el demandado Weng Deying, contestado el traslado de demanda conferido a fs.46, haciéndose efectivo el apercibimiento decretado, decláraselo rebelde, dásele por decaído el derecho dejado de usar y por no contestada la demanda. Notifíquese la presente resolución en su domicilio real y hágasele saber que sucesivas resoluciones se le notificarán por Ministerio de Ley arts.16, 28, 63 y ccds.
Ley 11.653. Regístrese. Notifíquese". Dres. WaIter Quadranti; Sara M. E. Frigerio; WaIter Giuliani. Jueces.
Dra. Silvia García. Sec. Pergamino, 11 de abril de 2013.
María José Annan. Abogada Secretaria.
C.C. 3.666
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia N 1 de Bahía Blanca, de titularidad del Sr. Juez Jorge E. Longás, Secretaría Única, a cargo de la Srta. Abogada Lucía P.
Gallego, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, sito en Avenida Colón N 46, piso cuarto de Bahía Blanca, en autos caratulados: "Jofre, Clelia Elizabeth Sol Mateos, Ricardo Esteban s/ Divorcio, Alimentos, Régimen de Visitas, Esclusión y Benef." Expediente N 3.154 que tramitan por ante este Juzgado, cita y emplaza a RICARDO ESTEBAN MATEOS para que en el término de diez días con ampliación que por la distancia corresponda Art. 158
CPC, y art. 1 Ley 8.593- comparezca a contestar la demanda promovida en su contra, bajo apercibimiento de designársele por sorteo Defensor de Pobres y Ausentes para su representación en el proceso. Arts. 145 y 345, CPC. Lucía Paz Gallego. Secretaria.
C.C. 3.664 / abr. 25 v. abr. 26
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional N 3, Dra. Susana González La Riva, dirijo a Ud. el presente en la causa N 1104/12 caratulada "Alonso Carlos Alberto; Menéndez Raúl Oscar y Saade Adalberto por Defraudación en Bahía Blanca", a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación por cinco días, a efectos de citar al imputado ALONSO CARLOS ALBERTO; Titular del DNI 16.605.547 y SAADE ADALBERTO Titular del DNI
11.328.592, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: "Causa N 1104/12. Bahía Blanca, 20 de marzo de 2013. Atento lo que surge del informe obrantes a fs. 404 y 409 respecto de que los imputados; Saade Adalberto, y Alonso Carlos Alberto no

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/04/2013 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date25/04/2013

Page count15

Edition count3383

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Dernière édition16/07/2024

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