Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/03/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 2232

LA PLATA, JUEVES 14 DE MARZO DE 2013

1.953,41; deuda expensas a enero/2013 capital $
22.259,21 + intereses $ 19.892,49; abona bimestral: dic.
2012/enero 2013 $ 721,67; adquirente deberá cargar c/expensas adeudadas que no se cubran c/produc.
subasta; compra "en comisión" el adquirente deberá denunciar comitente en el acto de la subasta, bajo apercibimiento de tenerlo por adjudicatario definitivo Art. 582, modificado por Ley 11.909; visitar 20-marzo-2013 de 10
a 11 hs. Mar del Plata, marzo 7 de 2013. Andrea E.
Broeders, Auxiliar Letrada.
M.P. 33.330 / mar. 14 v. mar. 18


HUGO DANIEL RATO
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaría Única del Departamento Judicial Junín, hace saber que el Martillero Hugo Daniel Rato T 8 F 867 CUIT 20-10368921-0 Tel. 02352-428325, rematará EL DÍA 4 DE ABRIL DE 2013 A LAS 11 HS. en la sala del Colegio de Martilleros, calle Belgrano 74, Junín, un automóvil Ford modelo Escort Guía 1.8, 5 puertas TD/2000, Dominio DKB 935, motor N YJ167678, chasis N 8AFZZZEHCYJ167678, el cual se exhibirá y pondrá en marcha el día 26 de marzo de 2013 de 16 a 18 hs en Av.
Rivadavia y Ruta Prov.188. La venta será en Subasta Pública, sin base, al contado en efectivo al mejor postor y libre de deudas, otorgándosele al ejecutante la facultad de compensar el importe de la seña con la suma que se le adeuda de $ 44.400, Quien resulte comprador deberá constituir domicilio en el radio del Juzgado y en el acto de la subasta deberá abonar 1 % de sellado y 60/0 de comisión. Remate ordenado en autos "RICCI RAÚL ESTEBAN
c/ SCHNEIDER OSCAR HORACIO s/Ejecución Prendaria"
Expediente N 668/2010. Dra. Laura J. Panizza, Juez.
Junín, 28 de febrero de 2013. María Fabiana Patiño, Secretaria.
Jn. 69.291 / mar. 14 v. mar. 15

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Dpto. Judicial ZárateCampana, en causa Nº 130 755 IPP 20.172/240 caratulada: "GEREZ WALTER EDUARDO, ROMERO RAÚL
JAVIER s/ Robo Calificado por armas" fin de solicitar la publicación en ése medio, por edicto y durante cinco 5
días, de la resolución que a continuación se transcribe En la Ciudad de La Plata a los cinco días del mes de octubre de 2012 Antecedentes Cuestiones Votación El Tribunal Resuelve: I. Sobreseer a Walter Eduardo Gerez y Raúl Javier Romero respecto del delito de coacción por prescripción de la Acción Penal. II. Casar parcialmente el resolutorio impugnado, obliterando la severizante "causa en trámite" respecto de Raúl Javier Romero, sin costas en esta sede. III. En función de lo resuelto en los acápites I y II, readecuar el monto de pena impuesto a Walter Eduardo Gerez y a Raúl Javier Romero y fijarlo en cuatro 4 años y once 11 meses de prisión, accesorias legales y costas para ambos; y, con relación a Romero a la pena única de seis 6 años y un 1 mes de prisión, accesorias legales y costas, dejando incólumneslas restantes declaraciones contenidas en el fallo atacado Arts. 18 y 75 inc. 22, 168 y 1471 C.N. 2, 40, 41, 45, 58, 59, 62, 67, 149 bis y 166 inc.
2 CP; 1, 106, 209, 210, 321, 322, 323, 373, 435, 448, 451, 530 y 532 y ccs. CPP. IV. Regístrese. Notifíquese. Fdo.
Fernando Luis María Mancini. Víctor Violini, Jueces del Tribunal Casación Penal. Campana, 4 de febrero de 2013.
Bárbara Pamela Pomata, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.018 / mar. 8 v. mar. 14


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel C. E.
Ropolo, Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2
del Dpto. Judicial Zárate-Campana, sito en calle Andrés del Pino Nº 817 P.A., en causa N 1318 215/05 IPP
72711 UFI 5, Juzgado de Garantías 2 N 2685 caratulada: DUARTE, JONATAN DAVID s/ Robo Simple", a fin de solicitar la publicación en ése medio, por edicto y durante cinco 5 días, el resolutorio que en su parte pertinente se transcribe: Campana, 1º de febrero de 2013. Autos y Vistos: Para resolver en la presente y Considerando El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana, Resuelve: 1. Declarar extinguida la acción penal respecto del encartado Duarte, Jonatan
BOLETÍN OFICIAL

David atento haber dado cumplimiento a las condiciones impuestas, con motivo del beneficio de la suspensión de juicio a prueba otorgado en su favor, durante el plazo por el cual el mismo fuera concedido Art. 76 ter. del C.P.. 2.
Sobreseer, a Duarte, Jonatan David en razón de lo resuelto en el punto que antecede, conforme lo prescribe el Art.
323 inc. 1 del C.P.P. 3. Líbrese oficio al Juzgado de Ejecución, haciendo saber. 4. Regístrese y Notifíquese, fecho archívense las presentes actuaciones. Fdo.: Dres.
Liliana M. Dalsaso, Daniel C. E. Ropolo, Elena Beatriz V.
Barcena, Jueces del Tribunal". Como recaudo se transcribe el auto que dispone lo solicitado: "Campana, 1º de febrero de 2013. Atento no haberse podido dar con el paradero del procesado Duarte, líbrese oficio al Boletín Oficial La Plata, a fin de solicitar la publicación en ése medio, por edicto y durante cinco 5 días, el resolutorio recaído en la presente Fdo.: Dr. Daniel C. E. Ropolo, Juez". Campana, 1 de febrero de 2013. Federico Daniel Martinengo, Secretario.
C.C. 2.017 / mar. 8 v. mar. 14


POR 5 DÍAS - Por disposición del Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N 2 del Dpto. Judicial ZárateCampana, en causa N 1540 260/06 IPP 64257 UFI 10 Juzgado de Garantías 1 N 3524 caratulada: DE LEÓN
JOSÉ EVARISTO s/ Abuso Sexual Agravado, fin de solicitar la publicación en ése medio, por edicto y durante cinco 5 días, de la resolución que a continuación se transcribe "Campana, 12 de septiembre de 2012 Autos y Visto Y
Considerando El Tribunal Oral en lo Criminal N 2
Resuelve: 1. Declarar extinguida la acción penal respecto del encartado José Evaristo De León en virtud de los fundamentos esgrimidos en los considerandos que anteceden, conforme Art. 76 ter. del C.P. 2. Sobreseer al nombrado José Evaristo De León en razón de lo resuelto en el punto que antecede, conforme lo prescribe el Art. 323 inc.
1 del C.P.P. 3. Hacer saber el presente resolutorio al Juzgado de Ejecución Penal Dptal. 4. Regístrese y Notifíquese, fecho archívense las presentes actuaciones.
Fdo. Liliana M. Dalsaso, Daniel C. E. Ropolo, Elena B. V.
Barcena, Jueces del Tribunal". Campana, 4 de febrero de 2013. Bárbara P. Pomata, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.019 / mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Dpto. Judicial ZárateCampana, en causa 600 542 IPP 22295 UFI 2 Jdo.
Garantías Nº 1 C 1579 seguida a MALVIDO JORGE
MODESTO s/ Tenencia Ilegal de Arma y Munición de Guerra, a fin de solicitar la publicación en ese medio, por edicto y durante cinco 5 días, de la resolución que a continuación se transcribe "Campana 31 de octubre de 2012 Autos y Visto Y Considerando El Tribunal Oral Criminal Nº 2 Zárate-Campana Resuelve: 1. Proceder al decomiso del material balístico incautado en autos y desafectar jurídicamente los restantes efectos secuestrados, debiendo la Fiscalía General Dptal. proceder a darle su destino, conforme la normativa vigente, a cuyo fin líbrese con copia de la presente a tales efectos, como asimismo al R.E.N.A.R., haciendo saber sobre dicho decomiso Art. 23 del C.P., Ley 25.938 y Arts. 522 ss. y cc. del C.P.P.. 2. Regístrese y Notifíquese. Fdo. Dres. Liliana M.
Dalsaso, Daniel C. E. Ropolo, Elena B. V. Barcena, Jueces del Tribunal. Campana, 22 de febrero de 2013. Bárbara Pamelapomata, Auxiiar Letrada.
C.C. 2.022 / mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición del Señor Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 de La Plata, Doctor Fernando Jorge Mateos en el marco de la Investigación Penal Preparatoria Nº 06-00-022655-09 caratulada:
"MARCO EZEQUIEL ANTÚNEZ s/ Amenazas" correspondiente con el incidente de ejecución de suspensión de juicio a prueba Nº 1268, a efectos de solicitarle publique durante cinco días en el Boletín a su cargo la resolución dictada por este Juzgado de Garantías Nº 6
Departamental, la que a continuación se transcribe: La Plata, 10 de julio de 2012. Resuelvo: I. Revocar la suspensión del proceso a prueba otorgada a Marco Ezequiel Antúnez a fs. 45/45 vta. por no haber cumplimentado las condiciones compromisorias impuestas en el marco del beneficio mencionado Art. 76 ter. del CP. Regístrese y notifíquese. Firme, comuníquese al Patronato de
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Liberados, al Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y al Registro Nacional de Reincidencia Arts. 76 ter. del C.P. y 202 Ley 12.256. II.
Fecho, remítase la presente causa a la Unidad Funcional de Defensa Nº 1 Departamental, a los fines de su prosecución de acuerdo con las normas del proceso ordinario cf. fs. 42/44, párrafo segundo de fs. 45 y Art. 336 del CPP. Fdo. Fernando Mateos, Juez". Asimismo, publíquese en los mismos términos que el nombrado deberá presentarse dentro de los cinco días de notificado en la sede de este Juzgado de Garantías Nº 6 Departamental, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de no hacerlo cf. Art. 303 del CPP. La Plata, 5 de febrero de 2013. Juan Ignacio Mennucci, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.040 / mar. 8 v. mar. 14


POR 5 DÍAS - Por disposición del Señor Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 de La Plata, Doctor Fernando Jorge Mateos en el marco de la Investigación Penal Preparatoria Nº 06-00-025826-09 caratulada: "NELSON NAHUEL VERDUM y otro s/ Robo en grado de tentativa" correspondiente con el incidente de ejecución Nº 1637, a efectos de solicitarle publique durante cinco días en el Boletín a su cargo la resolución dictada por este Juzgado de Garantías Nº 6 Departamental, lo que a continuación se transcribe: La Plata, 18 de abril de 2012.
Resuelvo: I. Revocar las suspensiones del proceso a prueba otorgadas a Nelson Nahuel Verdum y Alexis Román Bozo por el delito de Tentativa de robo a fs. 73/74, por no haber cumplimentado con las condiciones compromisorias impuestas en el marco del beneficio mencionado.
Firme, comuníquese al Patronato de Liberados Arts. 76
ter. del C.P. y 202 Ley 12.256. II. Fecho, y no habiendo mediado oposición de la Defensa al requerimiento fiscal de citación a juicio v. párrafo tercero de fs. 73, elévese la I.P.P. Nº 06-00-025826-09 junto con los incidentes de ejecución Nº 1637 y 1638 a juicio respecto de Nelson Nahuel Verdum y Alexis Román Bozo en relación al delito de tentativa de robo en los términos de los Arts. 42 y 164 del Código Penal, debiendo intervenir en el cauce del proceso ordinario el Juzgado Correccional que por sorteo corresponda, remitiéndose esta causa a la Excma.
Cámara de Garantías en lo Penal Departamental, previo dar cumplimiento con lo normado en el Ac. 2840 de la S.C.J.B.A. Art. 337 3er. párrafo del C.P.P.. Regístrese y notifíquese. Fdo. Fernando, Mateos. Juez. Asimismo, publíquese en los mismos términos que el nombrado deberá presentarse dentro de los cinco días de notificado en la sede de este Juzgado de Garantías Nº 6
Departamental, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de no hacerlo Arts. 129 y 303 del CPP.
La Plata, 5 de febrero de 2013. Juan Ignacio Mennucci, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.041 / mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Jorge F. Moya Panisello, Secretaría Única a mi cargo, me dirijo a Ud. en la I.P.P. Nº 06-00028953-08 caratulada "Jonathan Julio José Ponce s/
Encubrimiento", a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: "El Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 cinco días a JONATHAN JULIO JOSÉ
PONCE, titular del D.N.l. N 32.392.317, para que comparezca ente este Juzgado a cumplir con lo ordenado por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en la presente l.P.P. N 28953-08. Fdo.: Dr. Jorge F. Moya Panisello, Juez de Garantías". La Plata, 22 de febrero de 2013. Alessandro F. M. Vitale, Secretario.
C.C. 2.042 / mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Jorge F. Moya Panisello, Secretaría Única a mi cargo, me dirijo a Ud. en la I.P.P. Nº 06-00002916-11 caratulada "Moreno Kiernan Juan s/ Homicidio Culposo", a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, notifica por el presente al

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/03/2013 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date14/03/2013

Page count15

Edition count3397

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/08/2024

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