Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/03/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Villar contra Promet S.R.L., en cuanto a los reclamos por vacaciones del año 2004 con S.A.C. y la indemnización prevista en el Art. 43 de la Ley N 25.345. Por las razones explicitadas en la primera cuestión. II. Hacer lugar parcialmente a la demanda incoada por Alicia Villar contra Promet S.R.L., condenándola a abonar dentro de los diez días y mediante depósito judicial Art. 277 de la L.C.T.
t.o., la suma de pesos setenta mil doscientos treinta y cuatro con sesenta centavos $ 70.234,60, por los siguientes rubros y montos: a Indemnización por despido:
$ 24.533,52; b Indemnización sustitutiva de preaviso con más el S.A.C.: $ 2.044,46; c Días trabajados e integración del mes de despido setiembre de 2005: $ 1.022,23; d Vacaciones proporcionales del año 2005 con más S.A.C.:
$ 953,85; e S.A.C. 2do semestre del año 2004: $ 471,78;
f S.A.C. proporcional del año 2005: $ 629,04; g Haberes adeudados de los meses de octubre a diciembre de 2004, de enero a mayo de 2005, y de julio a agosto de 2005
inclusive: $ 9.436; h Indemnización del Art. 2 de la Ley N 25.323: $ 13.800; i Indemnización del Art. 45 de la Ley N 25.345: $ 3.066,69; y j Indemnización del Art. 16 de la Ley N 25.561 - Ley N 25.972- Decreto 1443/05: $
14.277,05. conf. Arts. 80, 103, 121, 122, 123, 150 a 156, 242, 245, 275 y concs. de la Ley de Contrato de Trabajo, t.o. con las modificaciones de la Ley N 25.877, Art. 2 de la Ley N 25.323, Art. 45 de la Ley N 25.345 , Art. 16 de la Ley N 25.561 - Ley N 25.972- Decreto 1443/05. III. A
dicha suma se adicionarán intereses, desde la exigibilidad de los créditos hasta el efectivo pago de la suma condenada, serán a la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a plazo fijo a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación Arts. 137, 149, 276, y conc. de la LCT, modif. por las Leyes N
23.311 y N 23.616; Ley N 23.928; y su modificatoria 25.561; 509 y 622 Cód. Civil. IV. En igual plazo deberá entregar la demandada los certificados de trabajo y aportes jubilatorios de la actora bajo apercibimiento de aplicación de astrientes en caso de incumplimiento Art. 80
LCT.; Art. 666 bis C. Civil. V. Considerar temeraria y maliciosa la conducta asumida en el proceso por la parte demandada Art. 275 de la L.C.T.; Art. 9 de la Ley N
25.013; Art. 34 inciso 5 apartado d e inciso 6 y Art. 45 del C.P.C.C. y Art. 63 de la Ley N 11.653, e imponerle por tal causa una multa que se establece en el 10 % de los intereses que se liquiden sobre las sumas por las que progresa la demanda. VI. Imponer las costas a la parte demandada por los rubros que prosperan Arts. 19 y 20 Ley N
11.653 y eximir de costas a la parte actora por los rubros que se rechazan, atento la situación procesal de la demandada. VII. Rechazar los planteos de inconstitucionalidad de la Ley N 23.928, 25.561, y 24.432 por los fundamentos indicados en la primera cuestión. Dado la naturaleza de la cuestión planteada, y estado procesal de la demandada no procede la aplicación de costas. Difiérese la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes, para el momento de practicarse la liquidación.
Regístrese y notifíquese. Fdo. Dres. Rubén Oscar Galván - Roberto Calaza - María Luisa Dugo. Jueces de Trabajo.
Dra. Laura Lorena Boragina. Secretaria. Liquidación que practica la Sra. Actuaria en la causa N 5.752, caratulada:
Villar Alicia c/ Promet S.R.L. s/ Despido I-Indem.por despido; indem. sust. preaviso con SAC; días trabajados e integración mes despido; SAC proporcional/05; Haberes adeudados; indem. Art. 2 Ley N 25.323; indem. Art. 45
Ley N 25.345; indem. Art. 16 Ley N 25.561 $ 69.762,84.
Intereses desde 1/09/05 al 27/05/10 $ 18.098,69. Subtotal $ 87.861,53. II-SAC. 2do. sem./04 $ 471,78. Intereses desde dic./04 al 27/05/10 $ 131,24. Subtotal $ 603,02. IIIMulta 10% s/intereses $ 1.823. Subtotales $ 90.287,55.
Tasa de Justicia $ 1.986,33. Contribución Caja de Abogados a depositar en Banco Prov. Bs. As., Casa Matriz, Cta. 1.141/5 $ 198,63. Total $ 92.472,51. Importa la presente liquidación la suma de pesos noventa y dos mil cuatrocientos setenta y dos con cincuenta y un centavos. Fdo. Dra. Laura Lorena Boragina, Secretaria Quilmes, 27 de mayo de 2010. De la liquidación practicada, traslado a las partes por el plazo de cinco 5 días, bajo apercibimiento de tenerla por consentida Art. 48 de la Ley N
11.653. Notifíquese con entrega de copia. Fdo. Rubén Oscar Galván, Presidente. Quilmes, 27 de mayo de 2010.
Autos y Vistos: La causa Nº 5.752, caratulada: Villar Alicia c/ Promet S.R.L. s/ Despido y Considerando: Que atento el estado del proceso corresponde regular los honorarios de los profesionales intervinientes en autos Art. 51
Decreto-Ley N 8.904/77; por ello, El Tribunal, Resuelve:
En atención al monto del juicio, etapas procesales cumplidas, naturaleza de las cuestiones debatidas, resultado obtenido, actuaciones esenciales y de mero trámite realizadas y calidad y mérito de la labor desarrollada, regúlanse los honorarios de los Doctores Oscar Jorge Betti, Fabiana Susan Betti Sánchez; y Betiana Sabrina
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 19 DE MARZO DE 2012

Skramowskyj, letrados apoderados y patrocinante respectivamente de la parte actora, en las sumas de pesos cinco mil seiscientos, pesos cinco mil seiscientos, sumas a las que se les deberá adicionar el 21% en concepto de I.V.A., atento el carácter de responsables que revisten en el mismo; y pesos cinco mil, con más el 10% de ley Arts.
2, 13, 14, 15, 16, 21, 23, 24, 28, 29, 51, 54, 57 y 58
Decreto-Ley N 8.904/77 y 12 inc. a Ley N 8.455 y Art.
505 del Código Civil. Asimismo, regúlanse los honorarios de la perito Contadora Ana María Callero por los informes producidos en autos en la suma de pesos dos mil setecientos a la que deberá adicionarse el 10% Leyes N
10.620 y N 10.765. Regístrese y notifíquese. Dres. Ruben Oscar Galván - Roberto Calaza - María Luisa Dugo, Jueces de Trabajo. Dra. Laura Lorena Boragina.
Secretaria. Quilmes, 7 de noviembre de 2011: Agréguese.
Atento lo informado oportunamente por la Inspección General de Justicia a fs. 350/363; lo informado por el Sr.
Oficial notificador a fs. 338/347 y fs. 345/347, y lo solicitado en el escrito en despacho, notifíquese a la demandada Promet S.R.L. la Sentencia, Liquidación, y Regulación de Honorarios de fs. 330/334, respectivamente por Edictos, Arts. 145 y cctes. del C.P.C.C. por tres 3 días en el Boletín Judicial y en un diario de los de mayor circulación del lugar del último domicilio conocido. Hágase saber.
Roberto Calaza, Presidente. Quilmes, 29 de febrero de 2012. Laura L. Boragina, Secretaria.
C.C. 2.336 / mar. 16 v. mar. 20


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Dr. Francisco Mario Valitutto, por disposición superior interinamente a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a JUAN CARLOS AUTERI LAVAGGI, argentino, soltero, nacido el 18 de enero de 1974 en Lanús, Provincia de Buenos Aires, titular del DNI 23.852.099, hijo de Juan Carlos Auteri y de Alicia María Lavaggi, a estar a derecho artículo 129 del Código de Procedimiento Penal, en el marco del Incidente de Ejecución de Condena Firme Nº 858757/2
promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: Lomas de Zamora, 13 de febrero de 2012. En atención a lo que surge de fs. 20, 26 y 31 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Juan Carlos Auteri Lavaggi, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 858757 R.I. 00382 del registro del Juzgado Correccional N 8. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. Fdo. Dr. Francisco Mario Valitutto, Juez de Ejecucion, P.D.S. Se hace constar que de no presentarse el mencionado Juan Carlos Auteri Lavaggi en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de cinco meses de prisión los que debían ser cumplido bajo el régimen de semidetención, previsto pro el artículo 35 inc. F de la Ley N 24.660, sustituidas por el cumplimiento de tareas comunitaria en un total de 900 horas durante el término de 18 meses que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata captura Arts. 26, 27, 27 bis in fine y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Secretaría, 13 de febrero de 2012. Fdo. Secretaria.
C.C. 2.345 / mar. 16 v. mar. 22
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en Larroque y Camino Juan Domingo Perón 2do. Piso, de Banfield, Partido de Lomas de Zamora, comunica por 5 días que con fecha 1 de febrero de 2011 se ha decretado la Quiebra de RICAGNO
R. ROBERTO, CUIT 20-12062458-0, con domicilio denuncia o en Segurola 1218 de Lanús Oeste. Intímese a la fallida por 24 hs. y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquélla, así como los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad y presente los requisitos establecidos por los incisos 1, 3, 4, 5 y 7 del Art. 11 Ley N 24.522 en el término de tres días, y de corresponder y en igual término los mencionados en los incisos 1 a 7 del citado artículo. Se hace saber la prohibición de efectuar pagos o entrega de bienes a la fallida, sopena de considerarlos ineficaces. Los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación
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al Síndico hasta el día 30 de abril de 2012, debiendo el Síndico presentar los informes establecidos por los arts.
35 y 39 de la Ley N 24.522 los días 11 de junio de 2012
y 3 de agosto de 2012 respectivamente. Síndico:
Guillermo Oscar Trucco. Domicilio: Olazábal 1115 de Lomas de Zamora, lunes a viernes de 16,30 a 19 hs.
Asimismo se dispuso intimar al fallido y/o administradores a que dentro del plazo de 48 Hs. constituya domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado art.
88 inc. 7 Ley N 24.522. Lomas de Zamora, 2 de marzo de 2012. Paola V. Pego, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.341 / mar. 16 v. mar. 22


POR 5 DÍAS El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón, Dr.
Humberto González, cita y emplaza a MAXIMILIANO
RAÚL BORGES DNI Nº 26.891.001 por el término de tres días computables a partir de la ultima publicación del presente a estar a derecho en los autos Nº 2699 caratulada Borges, Maximiliano Raúl s/ Robo calificado por su comisión en poblado y en banda I.P.P. Nº 357.654 de la Fiscalía General Departamental; Carpeta de Causa Nº 7472 del Juzgado de Garantías Nº 3 Departamental; identificada a los fines de su corte ante la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo penal Departamental bajo el Nº 81/2008 del registro de la Secretaría Única; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: Morón, julio 2 de 2010. I. Tiénense por contestada la vista oportunamente conferida e ignorándose el domicilio actual del imputado Maximiliano Raúl Borges, dispónese su citación y emplazamiento mediante notificación por edicto para que en el término de tres días computables desde la última publicación se presente a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenarse su comparendo o detención, según corresponda Conf. art. 129 del C.P.P Osvaldo Fabián Cedarri. Presidente. Secretaría, 14 de febrero de 2012.
Carlos Anselmo Enríquez, Secretario.
C.C. 2.391 / mar. 19 v. mar. 23
POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo Nº 1, del Dpto.
Judicial. de Necochea, Pcia. de Bs. As. en autos Jaureguibehere Maite c/ Dong Tong Tong y otro / a s/
Despido Expte Nº NE- 1574-2011, se notifica al Sr.
DONG TONG TONG de la siguiente resolución:
Necochea, 29 de noviembre de 2011. Autos y Vistos:
Agréguese la constancia de oficio recepcionado acompañada, téngase presente. Informando el Actuario en este acto que los codemandados Dai Hui, debidamente notificado según constancias de la cédula de fs. 179/180 y Dong Tong Tong, debidamente notificado a fs. 183/184, no han contestado la acción se hace efectivo al apercibimiento decretado, dándosele por perdido el derecho que han dejado de usar, y por no contestada la acción. Atento lo dispuesto por los arts. 28 de la Ley 11.653 y 59 del CPCC, decrétarse su rebeldía, a quien se le hace saber que las sucesivas providencias se notificarán por Secretaría arts. 16 Ley 11.653 y 59 del C.P.C..
Notifíquese art. 137 1ra. parte C.P.C. Regístrese. Dr.
Hugo Víctor Caimani Presidente del Tribunal del Trabajo Nº 1 de Necochea; Dr. Daniel Bergero y Dr Marcelo Paternico Juez Necochea, 28 de diciembre de 2011.
Necochea, 1º de marzo de 2012. Dr. Alejandro Antonio Horquin, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.394 / mar. 19 v. mar. 20
POR 5 DÍAS La Titular del Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, sito en calle Centenario 456 4º piso de San Isidro, hace saber que se cita y emplaza al joven SILVIO ORLANDO MARTÍN
GARCÍA, para que en el término de treinta días comparezca por ante estos estrados a estar a derecho en el marco de la IPP Nº 14-05-005117-11 caratulada García Silvio Orlando Martín s/ Amenazas; a fin de notificarse que por auto resolutorio de día 23 de noviembre de 2011
se ha resuelto: Autos y Vistos: Puesto a resolver la situación procesal de García, Silvio Orlando Martín en la presente I.P.P. Nº 14-05-005117-11 que se le sigue por el delito de Amenazas. Resuelvo: 1 Sobreseer a García, Silvio Orlando Martín, con DNI Nº 42.411.910, de 16 años de edad, nacido el día 2 de junio de 1992 en el partido de Tigre, con domicilio en Río Carabelas sin número, San Fernando Islas, en orden al delito de amenazas art. 149
bis del C.P.. Regístrese. Ofíciese. Notifíquese. San Isidro, 05 de marzo de 2012. Graciela B. Vega, Juez;
Cecilia B. Barros Reyes Secretaria.
C.C. 2.404 / mar. 19 v. mar. 23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/03/2012 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date19/03/2012

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Edition count3384

Première édition02/07/2010

Dernière édition17/07/2024

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