Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/01/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

I II. Revocar la suspensión del juicio a prueba oportunamente concedida en la presente Carpeta de Causa N
6120, a Roberto Daniel Romero Bellisle argentino, nacido el 21/11/1987 en la ciudad de Bahía Blanca, DNI
33.508.527, hijo de Víctor Daniel Romero y de Elba Magdalena Belisle, en orden al delito de Tentativa de robo calificado en despoblado y en banda Art. 166 inc.
2 segunda parte del CP, acaecido en la ciudad de Daireaux, el 16 de marzo de 2008 en perjuicio del Establecimiento rural La Esparraguera Fdo.
Anastasia Marqués, Jueza de Garantías. Ante mí: Fdo.
Dra. Verónica L. Felice, Auxiliar Letrada. Trenque Lauquen, 10 de enero de 2012. Verónica G. Goycoechea, Secretaria.
C.C. 679 / ene. 27 v. feb. 2


POR 5 DÍAS - El Juzgado de 1ra. lnst. Civil y Como Nº 14, Secret. Única, del Depto. Jud. De San Isidro, comunica en autos: PANADERÍA PARÍS y otro s/ Quiebra Exp.
Nº 61763, que el 17 de noviembre de 2011 se dispuso el llamado público a mejorar la oferta realizada a fs. 1623 en los autos de referencia, de acuerdo a lo prescripto por los arts. 203, 205, 208,217, 261, 278 y concs. de la Ley 24.522, por el 50% del Inmueble propiedad de la fallida sito en la calle Buenos Aires entre Santiago del Estero y Salta, de la localidad de Gral. Pacheco, Partido de Tigre, Pcia. de Bs. As. Nom. Cat. Circ. II Sección A - Manzana 44
- Parcela 12d - Matrícula 7699. La adjudicación definitiva del 50% del bien se decidirá a favor de aquél que realice la oferta más ventajosa en beneficio de la masa acreedora, la que a su vez podrá ser mejorada en el acto de apertura de las ofertas recibidas, únicamente por aquéllos que hayan presentado en autos su propuesta de compra.
Presentación: deberá efectuarse directamente en Mesa de Entradas del Juzgado hasta el 20 de febrero de 2012, pudiendo hacerse también dentro de las cuatro primeras horas del día hábil posterior Art. 124 del Código Procesal y 278 de la Ley 24.522. Apertura de sobres: se practicará por el suscripto, en su público despacho, el día 22 de febrero de 2012 a las 10 hs., en audiencia pública, en presencia del Síndico, del Martillero, los oferentes que deseen concurrir y quienes tengan interés en hacerlo. Previa constatación de los recaudos exigidos, se labrará el acta respectiva. Todos los oferentes podrán en dicha audiencia superar la mejor oferta mediante puja que dirigirá el Juzgado, estableciéndose que sólo serán admisibles mejoras que al menos superen el 5% de la mejor oferta expresada. Precio: la oferta base a mejorar es de $ 28.000
pesos veintiocho mil. Quien efectúe la mejor oferta deberá abonar en el acto el 30% de la suma total. El 70%
restante se abonará al momento de la firma del boleto de compraventa, que será redactado por la Sindicatura. Las presentaciones tendientes a mejorar la oferta deberán efectuarse por duplicado y contendrán el nombre completo del oferente quien podrá actuar por derecho propio o por apoderado con facultades suficientes para representarlo en juicio, constituir domicilio y adjuntar la constancia del depósito en garantía de la oferta que realiza como condición ineludible para que la misma sea tenida en cuenta, y cuyo monto no podrá ser inferior al 10% del precio total ofrecido. El aludido depósito deberá efectuarse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Tribunales de San Isidro y como perteneciente a estas actuaciones. En salvaguarda de los principios de seguridad jurídica y de celeridad procesal se prohíbe la compra en comisión del bien como la ulterior cesión del boleto de compraventa art. 274 de la Ley 24.522. La firma del boleto de compraventa se efectuará dentro de las 48 hs. de celebrada la audiencia en que se conocerá la mejor oferta de compra. Dentro de los tres días subsiguientes, la Sindicatura deberá presentar en autos el boleto de compraventa debidamente sellado y el adjudicatario o el referido órgano concursal la boleta de depósito del saldo de precio debidamente intervenida por el Banco de la Provincia de Bs. As., bajo apercibimiento de perder el comprador el depósito hecho en garantía de la propuesta, el que pasará a integrar los fondos de la quiebra a favor de la masa acreedora. Ni el Juzgado actuante, ni la parte fallida, ni el Síndico interviniente responderán por el estado de la cosa a realizar, por lo que la presentación de las ofertas implica para los oferentes renunciar a cualquier reclamo referido al estado del bien como así también el pleno
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 31 DE ENERO DE 2012

conocimiento del contenido total de las presentes actuaciones y del estado de conservación de aquél. Todo lo que no esté expresamente previsto en este pronunciamiento se regirá por las normas de la Ley 24.522 y por el Código Procesal Civil y Comercial en lo que fuere pertinente.
Comisión, sellado: El sellado del boleto de compraventa y la comisión del Martillero que será del 5% con más el 10% de aportes previsionales, estarán exclusivamente a cargo del comprador. Posesión: se otorgará en el momento de integrarse la totalidad del monto de la venta, siendo a exclusivo cargo del comprador los gastos que ello demande. Libérase al adquirente, hasta que quede firme la orden de entregar la posesión, de toda deuda que afecte al inmueble, operándose una subrogación real de los privilegios respectivos que se trasladarán al precio obtenido Conf. Cám. Civ. y Com. de San Isidro, Sala I, causa 71.539 del 7/11/96, E.D. revista del 18/3/97, con excepción de las deudas por expensas, en caso de que las hubiera, toda vez que tendrá a su cargo las expensas devengadas desde la sentencia de quiebra 02/02/2006
hasta la toma de posesión del bien subastado conf.
SCJBA, Ac. 65. 168 del 13/7/99 in re Bco. Río de la Plata el Alonso Raúl Alberto y otro s/ Ejec. Hipotecaria.
Exhibición: los días 15, 16, 17, 20 y 21 de febrero de 2012
de 14 17 hs. Las actuaciones se encuentran a disposición de los interesados e la Mesa de Entrada del Juzgado, pudiendo requerirse información, además, al Síndico Actuante. San Isidro, 30 de diciembre de 2011. María Gabriela Ugalde, Secretaria.
C.C. 815 / ene. 31 v. feb. 6


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 2 del Departamento Judicial de La Matanza, sito en la calle Jujuy entre Malabia y Colombia de la Localidad de San Justo Partido de La Matanza, a cargo de la Dra. Graciela Esther Escandell, Secretaría Única a cargo de quien suscribe Dr. Gustavo Carlos Indovino, notifica y emplaza a la Sra. Doña FERNÁNDEZ, ELIZABETH TERESA, Titular del DNI Nº 34.922.873 y/o a cualquier otra persona que se crea con derechos respecto a la niña Alomo, Agostina Candela Titular del DNI Nº 47.121.910. La resolución que obra en los autos registrado bajo el número 14.722 seguida a Alomo, Agostina Candela s/ Medida de Abrigo, la cual trascribo en este acto: San Justo, 22 de septiembre de 2011 Resuelvo: I Declarar Judicialmente el Estado de Abandono de la niña Alomo Agostina Candela por parte de su progenitora la Sra. Fernández, Elizabeth Teresa Titular del DNI Nº 34.922.873, en los términos del Art. 307 ss. y cctes. del Código Civil. II Otorgar a la Sra. Velásquez Natalia Carolina Titular del DNI Nº 26.943.032 y el Sr. Centeno Leonardo Darío Titular del DNI
Nº 26.498.922, la guarda definitiva de la niña Alomo Agostina Candela Titular del DNI Nº 47.121.910. III Al solo efecto de notificar lo dispuesto en el punto anterior y hacer entrega del correspondiente certificado, designar audiencia del día 03 de octubre del corriente año a las 10 hs.
comparezcan las partes interesadas a los fines mencionados. Notifique telefónicamente. IV Librar oficio a la Cría instructora a fin de notificar personalmente a la Sra.
Fernández, Elizabeth Teresa de lo dispuesto en el punto I
del presente. V Notifíquese al Ministerio Público Pupilar y a la Unidad Funcional de Defensa Civil que por turno corresponda, lo aquí resuelto. VI Notificar al Servicio de Promoción y Protección de los derechos del niño a cuyo efecto adjuntar copia de la presente resolución
Notifíquese. Regístrese Fdo.: Graciela Esther Escandell, Juez; Ante mí: Gustavo Indovino Secretario. San Justo, 22
de diciembre del año 2011.
C.C. 814 / ene. 31 v. feb. 6

1. LA PLATA

L.P.

POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de Brandsen, cita y emplaza por el término de cinco 5 días a KUPEN S.R.L. Financiera Comercial e Industrial y/o quien se considere con derecho sobre los inmuebles identificado de deuda de fs.1/4, para que comparezcan al proceso a tomar la intervención que corresponda, bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial que la represente en autos caratulados Municipalidad de
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Brandsen c/ Brucha o Benedicta Pryngler s/ apremio Expte. 11.683. Brandsen, 06 diciembre de 2011.
Rodolfo Pedro Frisa, Secretario Letrado.
L.P. 15.255 / ene. 27 v. ene. 31


POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de Brandsen, cita y emplaza por el término de cinco 5 días a KUPEN S.R.L. Financiera Comercial e Industrial y/o quien se considere con derecho sobre los inmuebles identificado de deuda de fs.1/4, para que comparezcan al proceso a tomar la intervención que corresponda, bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial que la represente en autos caratulados Municipalidad de Brandsen c/ Brucha o Benedicto Pryngler s/ apremio Expte. 11.684. Brandsen, 06 diciembre de 2011.
Rodolfo Pedro Frisa, Secretario Letrado.
L.P. 15.256 / ene. 27 v. ene. 31
POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado del Partido de Coronel Pringles, Dpto. Judicial de Bahía Blanca, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de MARGARITA ISABEL MARIÑAS. Coronel Pringles, 29 de diciembre de 2011. Néstor Eugenio Larrouy. Secretario.
L.P. 15.254 / ene. 27 v. ene. 31
POR 3 DÍAS El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 13, Secretaría Única cita y emplaza a herederos y acreedores del causante FEDERICO NORA SUSANA por el plazo de 30 días a fin de que se presenten a hacer valer sus derechos. Mar del Plata, 16 de diciembre de 2011.
María Eugenia Repetto, Auxiliar Letrada.
L.P. 15.257 / ene. 27 v. ene. 31
POR 3
Magdalena, acreedores diciembre Secretaria.

DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de cita y emplaza por treinta días a herederos y de DÍAZ, RAMONA. Magdalena, 30 de de 2011. Marisol Rosana Guidodono,
L.P. 15.260 / ene. 27 v. ene. 31


POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de Arrecifes cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de don RICARDO JOSÉ ARRAÑA a fin de que hagan valer sus derechos. Arrecifes, 22 de diciembre de 2011. Luis A. Micheli, Abogado Secretario.
L.P. 15.263 / ene. 27 v. ene. 31
POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de Arrecifes B, cita y emplaza a herederos y acreedores de JOSÉ TEMPERINI para que en el término de treinta días lo acrediten. Arrecifes, 29 de diciembre de 2011. Luis Micheli, Abogado Secretario.
L.P. 15.264 / ene. 27 v. ene. 31
POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado de Chascomús perteneciente al Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de JUANA BEATRIZ BLANCO.
En Chascomús a los 23 día del mes de agosto de 2011.
Luis Alberto Lamarque, Abogado Secretario.
L.P. 15.268 / ene. 30 v. feb. 1
POR 3 DÍAS El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil y Comercial N 9, del Departamento Judicial de Quilmes, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de ROMUALDA ANGÉLICA PEREYRA. Quilmes, 27 de diciembre de 2011. Mariana Durañona, Secretaria.
L.P. 15.271 / ene. 30 v. feb. 1
POR 3 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de Lanús, cita y emplaza por 30
días a los herederos y acreedores de JOSÉ ÁNGEL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/01/2012 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date31/01/2012

Page count3

Edition count3380

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