Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2011 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Daniel Romanello, sito en 10 de Septiembre de 1861 y Larroque, Planta Baja sector K de la ciudad de Banfield, comunica que con fecha 31
de agosto de 2011 se decretó la quiebra de HOSPITAL
VECINAL DE MÁRMOL JUAN MÁRSICO Asociación Civil sin fines de lucro CUIT 30-54608540-2, con domicilio social en la calle Canale esquina Esteban Echeverría de la localidad de José Mármol, Partido de Alte. Brown. Tanto el fallido como terceros que los pudieron poseer, habrán de entregar los bienes de aquél al síndico a quien también habrán de entregarse los libros de comercio y demás documentaciones contables. Queda prohibido hacer pagos al fallido, los que se considerarán, en su caso, ineficaces. Se ha designado como síndico al contador Doña Olga Susana Urriza, con domicilio constituido en Rodríguez Peña 296 PA, Of. 2 de Banfield. La presente publicación se efectuará sin necesidad previo pago, sin perjuicio de asignarse los fondos correspondientes cuando los hubiere Art. 89, Ley 24.522. Lomas de Zamora, 1
de septiembre de 2011. Marcela Silvina Pellizzi, Secretaria.
C.C. 10.176 / sep. 9 v. sep. 15


POR 5 DÍAS - En a Causa N I.P.P. N 1/64885 seguida a Cabral Raúl Alejandro s/ Robo, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única interinamente a cargo de la Dra. Lucía Brunno Hermosa, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 78 N 4315 de la localidad de Necochea, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a RAÚL ALEJANDRO CABRAL y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Robo. Arts. 59, inc. 3; 62 inc.
2 y 164 del Código Penal. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de agosto de 2011. Atento lo que surge de la notificación de Raúl Alejandro Cabral en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Dolores, 29 de agosto de 2011.
C.C. 10.196 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - En la Causa N 13335 I.P.P. N 41577
seguida a Carabajal Oscar/ Rodríguez Adolfo s/ Robo en grado de Tentativa, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Tres de Febrero N 3945
de Remedios de Escalada, Lanús Oeste de la Prov. de Bs.
As., la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
Autos y Vistos Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a OSCAR CARABAJAL, argentino, soltero, desocupado, nacido el 28 de marzo de 1963 en la localidad de Juan José Castelli, Provincia de Chaco, DNI N 16.829.822, hijo de Yolanda Florentina Carabajal. Y Declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Robo en grado de tentativa Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2, 164 y 42 del Código Penal y 323, inc. 1
del C.P.P.. 2 Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Dolores, 29 de agosto de 2011.
C.C. 10.195 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - En la Causa N 14845 I.P.P. N
02/242/07 caratulada Merlo Hugo Emanuel/ Herro Elías Abraham s/ Hurto en grado de Tentativa de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Aranguren N
1267, Piso 11 Depto. E de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 21

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2011

de junio de 2011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, disposiciones legales esgrimidas, Resuelvo: Sobreseer totalmente a EMMANUEL HUGO MERLO y Declarar la extinción de la acción penal, en relación al delito de Hurto en Grado de Tentativa en Mar del Tuyú. Arts. 162 y 42 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P.. Para la notificación del imputado, líbrese oficio al señor Juez Nacional de Rogatorias de Capital Federal. Regístrese, notifíquese.
Fecho, háganse las comunicaciones de ley. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 29 de agosto de 2011. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Hugo Emanuel Merlo, en la que se informa que el mismo no reside en el domicilio aportado, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Dolores, 29 de agosto de 2011. Lucía Evangelina Brunno Hermosa, Abogada Secretaria.
C.C. 10.194 / sep. 9 v. sep. 15


POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad de Dolores, en causa N 105/10, interno NC228 caratulada Indumentaria Maker S.A. s/ Apelación Administrativa Art.
64 inc. 1 del Código Fiscal en San Bernardo, Secretaría Única, a fin de notificar a Sra. MARTA LARINA COT DNI N
22.888.753, Presidente de la empresa Indumentaria Maker S.A. la resolución dictada y el contenido del artículo 54 de la Ley N 8904 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: Dolores, 4 de julio del año 2011. Habiéndo dado cumplimiento el Dr. Marcelo De Palma, con los aportes de ley, corresponde regular los honorarios del mencionado Defensor en la suma tres mil ochocientos setenta y cinco pesos $ 3875 25 ius Art. 1, 9 inciso 16-a-I. 16, 51 y concordantes Ley N 8904, y artículo 534 del C.P.P. Ley N 11.922, suma a la que se le adicionará el 10%, artículo 12 inciso a Ley N 6716, más el Impuesto al Valor Agregado, de corresponder.
Asimismo, líbrense los oficios de estilo al Colegio de Abogados como a la Caja de Previsión de Abogados, haciendo saber el cumplimiento por parte del Dr. De Palma de los aportes de ley. Regístrese. Notifíquese con expresa transcripción del Art. 54 de la Ley N 8.904 al contribuyente y al Defensor mediante cédula de estilo. Fdo.
Analía H. C. Pepi, Jueza en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores. Asimismo, se transcribe el Art. 54 de la Ley 8.904: Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez 10 días de quedar firme el auto regulatorio.- los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez 10 días de intimado su pago cuando sean exigibles.
Operada la mora el profesional podrá optar por a reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el Art. 24, con más un interés del ocho 8 por ciento anual.
b Reclamar los honorarios con más el interés que perciba el banco de la Prov. de Bs. As., en operaciones de descuento los honorarios a cargo del demandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real en la cédula de notificación en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad deberá transcribirse este artículo. Dolores, 24 de agosto de 2011. Analía H. C. Pepi, Jueza.
C.C. 10.193 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS El Señor Juez Integrante del Tribunal Oral, en lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Roberto A. W .Lugones, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a MIGUEL ÁNGEL ROSIO DE PAOLA, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N 068797/709, seguidas al nombrado en orden al delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Banfield, 31 de agosto de 2011. En atención a lo que surge de los informes de fojas 209 y 221/vta. y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Miguel Ángel Rosio De Paola, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo.: Roberto A. W. Lugones, Juez. Ante mí:
María José Cacioli.. Se hace constar que de no presen-

PÁGINA 8451

tarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal.
Secretaría, 31 de agosto de 2011. María José Cacioli, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.190 / sep. 9 v. sep. 15


POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Dr. José Luis Arabito, notifica a JOSÉ LUIS SOBERON, en causa N 890991, la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 8
de agosto de 2011. Autos y Vistos: Considerando
Resuelvo: Disponer el de sobreseimiento total de José Luis Soberol, en orden al delito de Abuso Sexual en grado de tentativa, por el que formalmente fuera imputado en esta Investigación Penal Preparatoria. Fdo.: José Luis Arabito, Juez de Garantías. A los fines que correspondan, se transcribe el auto que ordena la presente medida:
Banfield, 29 de agosto de 2011 Notifíquese a José Luis Soberon, mediante la publicación de edictos la resolución de fs. 99/100, a cuyo fin, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires artículo 129 del Código Procesal Penal. Fdo. José Luis Arabito.
Juez de Garantías. Diego C. Maceratesi, Secretario.
C.C. 10.188 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2
del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L.
Maffucci Moore notifica a en la causa N 01-004977-11
Unidad Funcional de Instrucción N 21 -Estupefacientes, la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 31 de agosto de 2011. Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: Sobreseer a LUIS HÉCTOR MARTINETTI
PARRAS, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Tenencia Simple de Estupefacientes Arts.
153 y 154 del C.P.P. y 14 segundo párrafo, de la Ley N
23.737 del Código Penal, por el cual fuera formalmente imputado Arts. 321, 322 y 323, inciso 3 del Código Procesal Penal Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez;
ante mí: Alejandro Enriquez, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.187 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2
del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L.
Maffucci Moore notifica a NÉSTOR FABIÁN DORREGO
RUIZ en la causa N 01-004978-11 I.P.P. - Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Ezeiza N 2 la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 31
de agosto de 2011. Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: Sobreseer a Néstor Fabián Dorrego Ruiz, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Tenencia Simple de Estupefacientes Arts. 153 y 154 del C.P.P. y 14 segundo párrafo, de la Ley N 23.737 del Código Penal, por el cual fuera formalmente imputado Arts. 321, 322 y 323, inciso 3 del Código Procesal Penal Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí:
Alejandro Enriquez, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.186 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2
del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L.
Maffucci Moore notifica a MARCOS SERGIO ARAUZ en la causa N 01-005209-11 I.P.P. - Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Ezeiza N 2, la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 31 de agosto de 2011. Autos y Vistos Considerando Resuelvo:
Sobreseer a Marcos Sergio Arauz, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Tenencia Simple de Estupefacientes Arts. 153 y 154 del C.P.P. y 14 segundo párrafo, de la Ley N 23.737 del Código Penal, por el cual fuera formalmente imputado Arts. 321, 322 y 323, inciso 3
del Código Procesal Penal Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí: Alejandro Enriquez, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.185 / sep. 9 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - La Señora Juez, a cargo del Juzgado Correccional N 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Claudia Andrea Dávalos. Notifica a EMILIO
FERMÍN CRUZ PÉREZ, titular del DNI N 92.448.719, que en la causa N 1271, seguida al nombrado en orden al delito de Amenazas Reiteradas y Lesiones leves, se ha

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2011 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date14/09/2011

Page count10

Edition count3394

Première édition02/07/2010

Dernière édition31/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2011>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930