Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/12/2010 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Esteban s/ Despido Expte. 10091. Se transcribe a continuación el auto que ordena la presente: San Justo, 5 de Noviembre de 2010. Atento el estado de autos, lo peticionado por la parte actora y lo dispuesto por el Art. 59
CPCC a fin de notificar la Rebeldía decretada en autos a fs. 60 respecto del accionado Sergio Esteban Montagna, publíquense EDICTOS por el termino de dos días en el Boletín Oficial de la Prov. de Bs. As. y en el Diario El Mirador con efecto de pago diferido; atento que el actor goza con el Beneficio de Gratuidad Art. 59 y 146 CPCC, Arts. 12, 22 y 63 Ley 11.653 Fdo: Silvia N. Mac Vicar de Olmedo, Pte. Se transcribe a continuación el auto que decreta la Rebeldía de la codemandada: San Justo, 15
de Julio de 2010. De conformidad con lo solicitado, no habiendo la demandada Sergio Esteban Montagna contestado la acción a pesar de estar debidamente notificada ver fs. 58 hácese efectivo el apercibimiento mencionado y en consecuencia désele por perdida el derecho dejado de usar y el de ofrecer prueba declarándoselos en Rebeldía. Para notificaciones en Secretaría, martes y viernes Arts. 26, 28 Ley 11.653. Las siguientes resoluciones se tendrán por notificadas mediante Ministerio Legis.
Notifíquese Fdo: Elisa C. Bendersky, Juez. San Justo, 23
de noviembre de 2010. María Laura Paz, Secretaria.
C.C. 215.816 / dic. 13 v. dic. 14


POR 5 DÍAS Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa N
2106/2010, registrada en esta Secretaría bajo el N J0005536 caratulada: Segovia Ramón Ariel s/ Amenazas, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley N
11.922, la resolución que se notifica al imputado RAMÓN
ARIEL SEGOVIA, titular del DNI N 36.190.422, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Quilmes, 24 de noviembre de 2010. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I. Declarar la rebeldía de Ramón Ariel Segovia, cuyas demás circunstancia personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.
Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Segovia sea habido para ser sometido nuevamente a proceso c.f. Art. 305, CPP. Fdo. Julia Andrea Rutigliano, Juez. Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria.
Quilmes, 24 de noviembre de 2010.
C.C. 215.802 / dic. 13 v. dic. 17
POR 3 DÍAS El Juzgado de Paz Letrado del Partido de Alberti, Secretaría Única, sito en la calle Moreno 36 de la ciudad de Alberti, Provincia de Buenos Aires, cita al señor RAMÓN TIMOTEO ARANDA, DNI 20.628.712, para que tome intervención que le corresponde en los autos Aguirre María Eugenia c/ Aranda Ramón Timoteo s/
Tenencia, Expediente 8812, causa que se inicia a través del patrocinio gratuito. Asimismo se le corre traslado de la demanda, por el término de 10 días, al demandado para que la conteste conforme a derecho, bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial para que lo represente.
Alberti, 11 de noviembre de 2010. Julio Carlos Rolleri, Secretario.
C.C. 215.799 / dic. 13 v. dic. 15
POR 5 DÍAS Por disposición de la Sra. Agente Fiscal en la IPP N 02-00-005928-10 caratulada DEmpaire Eduardo Agente Fiscal s/ Severidades, Vejaciones y/o Apremios Ilegales de trámite por ante esta Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 11 del Departamento Judicial de Bahía Blanca a cargo del Dr. Emilio José Marra, sita en calle Estomba N 127 de la antedicha ciudad, a fin de citar y emplazar a FACUNDO EDUARDO
ARRUÉ, DNI N 35.219.952; a que en el término de cinco días concurra a la sede de esta Fiscalía, sito en calle Estomba 127 primer piso de Bahía Blanca, con el objeto de prestar declaración testimonial en la IPP N 02-00005928-10. Seguidamente se transcribe la resolución que lo ordena: Bahía Blanca, 01 de diciembre de 2010
Surgiendo de las presentes actuaciones que el actual domicilio de Facundo Eduardo Arrué resulta desconocido y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 129 del CPP, publíquense edictos con carácter de urgente por el término de cinco días en el Boletín Oficial, a fin de citar y
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2010 PÁGINA 12909

emplazar al nombrado, a efectos de hacerle saber que deberá presentarse ante esta Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 11, en el término de cinco días, a fin de prestar declaración testimonial. Fdo. Dra. Leila Violeta Scavarda, Agente Fiscal. Bahía Blanca, 1 de diciembre de 2010. Diego Miguel Conti, Instructor Judicial.
C.C. 215.803 / dic. 13 v. dic. 17


POR 5 DÍAS Por disposición de la Sra. Agente Fiscal en la IPP N 02-00-012548-10 caratulada DEmpaire Eduardo Agente Fiscal s/ Severidades, Vejaciones y Apremios Ilegales de trámite por ante esta Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 11 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, a cargo del Dr. Emilio José Marra, sita en calle Estomba N 127 de la antedicha ciudad, a fin de que publique edictos por cinco días en el Boletín Oficial, a fin de citar y emplazar a SEBASTIÁN
ALEJANDRO JARA, DNI 36751137, a que en el término de cinco días concurra a la sede de esta Fiscalía, sita en calle Estomba 127 primer piso de Bahía Blanca, con el objeto de cumplimentar diligencias procesales en la IPP N 0200-012548-10. Seguidamente se transcribe la resolución que lo ordena: Bahía Blanca, 29 de noviembre de 2010.
Surgiendo de las actuaciones obrantes a fs. 104/107 que el actual domicilio de Sebastián Alejandro Jara resulta desconocido y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 129 del CPP, publíquense edictos con carácter de urgente por el término de cinco días en el Boletín Oficial, a fin de citar y emplazar al nombrado, a efectos de hacerle saber que deberá presentarse ante esta Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 11 a primera audiencia, a fin de notificarle la resolución agregada a fs.
101/101 vta Fdo. Dra. Leila Violeta Scavarda. Diego Miguel Conti, Abogado. Bahía Blanca, 29 de noviembre de 2010.
C.C. 215.804 / dic. 13 v. dic. 17
POR 5 DÍAS EL Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a MIRIAM ALEJANDRA SANGUINETTI, en causa N 2682 la Resolución que a continuación se transcribe: Mar del Plata, 25 de noviembre de 2010. Autos y Vistos: En atención a lo informado por personal policial respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del CPP, por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que podrá presentarse por ante este Juzgado a los efectos de manifestarse a partir de la sentencia dictada contra Kuris Julio César este se abstuvo de generar o mantener confrontaciones o entredichos con su persona. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución N 1
Departamental. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Mar del Plata, 25 de noviembre de 2010. Autos y Vistos: En atención a lo informado por personal policial respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del CPP, por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que podrá presentarse por ante este Juzgado a los efectos de manifestarse a partir de la sentencia dictada contra Kuris Julio César éste se abstuvo de generar o mantener confrontaciones o entredichos con su persona. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. María Luisa del Papa, Auxiliar Letrada.
C.C. 215.805 / dic. 13 v. dic. 17
POR 5 DÍAS En IPP 006126-10 caratulada Incidente de eximición en causa Piñeiro Alan s/ Robo Agravado en Concurso Ideal con Privación Ilegal de la Libertad de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 2, a cargo de la Dra. Mariana Irianni, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado MAGIO TOM último domicilio conocido calle 13 N 1933 de Santa Teresita el siguiente texto que a continuación se transcribe:
Dolores, 30 de septiembre de 2010. Autos y Vistos: Para resolver en relación a la solicitud de eximición de prisión presentada por la Dra. Daniela Villasol, en beneficio y representación de Magio Tom; y Considerando: I. Que en la IPP N 03-006126-10 que tengo a la vista, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada N 2 Departamental, se investiga el delito que, en orden a lo determinado por el Art. 186 del CPP, y a los fines de la resolución de la cuestión traída, corres-

ponde calificar prima facie como Robo calificado por el uso de Arma propia en concurso ideal con privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con amenazas y violencia Art. 142 inc. 1 Art. 166 inc. 2 del Código Penal, encontrándose sospechoso de la comisión del mismo Magio Tom entre otros. Que en orden a la pena que el Código Penal contempla para la figura delictiva investigada, no resultando por ella, posible el otorgamiento de la excarcelación ordinaria Art. 169 inc. 1 del CPP, siendo por ende improcedente la eximición de prisión requerida Art. 186 del mismo Código, se impone el rechazo de la pretensión del representante del imputado Magio Tom. Por ello, conforme lo reseñado y normado por los Arts. 169, 185, 186 y concs. del CPP; Resuelvo: I. No hacer lugar al pedido de eximición de prisión a favor de Magio Tom solicitado por la Sra. Secretaria de la Defensoría Oficial. Notifíquese al imputado, Defensor Oficial y Agente Fiscal; Agréguese copia del presente auto a la IPP y devuélvase la misma a la Fiscalía actuante.
Regístrese Fdo. Mariana Irianni, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 2 Depto. Judicial Dolores.
Asimismo transcribole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 17 de noviembre de 2010. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Magio Tom en la que informa que el mismo no pudo ser notificado del autos de fs. 2 ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal Fdo. Mariana Irianni, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 2 Depto. Judicial Dolores. Dolores, 11 de noviembre de 2010.
C.C. 215.801 / dic. 13 v. dic. 17


POR 5 DÍAS En la Causa n 4200 I.P.P. n 22787
seguida a Ravasio Juan Daniel y Miguel Ángel Sudorf S/Encubrimiento, de trámite ante este Juzgado de Garantías n 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos nombrados, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a JUAN DANIEL RAVASIO, DNI 13.940.025, nacido el 31 de enero de 1960 en Concordia Entre Ríos, hijo de Eduardo y de Delicia Angélica Moreno, último domicilio en calle Aristóbulo del Valle nro. 704 de Concordia y de MIGUEL ÁNGEL SUDORF, DNI 5.097.671, último domicilio San Luis 1433 de Concordia, Entre Ríos, y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Encubrimiento Arts. 59, inc. 3, 62 inc. 2 y 277 inc. 2 apart. b del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P.. 2 Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputados por Boletín Oficial, atento desconocer su domicilio actual. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías n 1.
C.C. 215.912 / dic. 14 v. dic. 20
POR 5 DÍAS En la Causa n 12660 I.P.P. n 95760
seguida a Suárez María Inés S/Hurto Derivada de Causa 11715, de trámite ante este Juzgado de Garantías n 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Cuba n 10.420 San Martín, Pdo. de Tres de Febrero, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a MARÍA INÉS
SUÁREZ y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Hurtos Reiterados Arts. 59, inc. 3, 62 inc. 2 y 162 en relación con el art. 42 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P.. 2 Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputada por Boletín Oficial, atento desconocer su domicilio actual. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías n 1.
C.C. 215.911 / dic. 14 v. dic. 20
POR 5 DÍAS En la Causa n 10880 I.P.P. n 88409
seguida a Vanesa Elsa Gamarra y/o Elsa Gisella Contreras y/o Elsa Gamarra Gamarra y de Cintia Marianela Silva S/Hurto en grado de Tentativa, de trámi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/12/2010 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date14/12/2010

Page count13

Edition count3380

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/07/2024

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