Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/11/2010 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 11592

LA PLATA, MIÉRCOLES 10 DE NOVIEMBRE DE 2010

Rosa Hilda por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. En la misma fecha, se cumplió conste. Firmado Dr. José A.
Michilini, Juez Correccional. Ante mí: Marcia Silvina Castro, Secretaria. Secretaría, 15 de octubre de 2010.
C.C. 13.910 / nov. 8 v. nov. 12


POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michelini, cita a ADRIÁN MAXIMILIANO CANO, cuyos datos filiatorios son los siguientes:
Argentina, soltero, hijo de Alberto Carlos y Claudia Luna, nacido en Lanús con fecha 17 de noviembre de 1985, DNI.
Nº 32.297.278 y con último domicilio conocido en Magallanes 1950 Remedios de Escalada, para que en el término de cinco días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 538.550, caratulada Cano Adrián Maximiliano C/ Varela Pablo S/ Robo Simple Juz. Gtías.
Nº 1 UFI. Nº 3 IPP. Nº 538.550, cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 8 de octubre de 2010. Atento la incomparencia del causante a las reiteradas citaciones cursadas y lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del mismo, ver fs. 328, cítese a Cano, Adrián Maximiliano por medio de edictos ante el Boletín Oficial, a los efectos de que comparezca el nombrado dentro del quinto día de la última publicación a notificarse del cómputo de pena practicado a fs. 315/vta. Cúmplase con las medidas puesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo.: Dr. José Antonio Michelini, Juez en lo Correccional. Secretaría, 8 de octubre de 2010.
María Carola Origone, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.909 / nov. 8 v. nov. 12
POR 5 DÍAS En causa Nº 65672 caratulada Zarantonelo Juan Oscar Amenazas reiteradas calificadas y Resistencia a la Autoridad en Chascomús; de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 Dpto. Judicial Dolores a mi cargo, Secretaría a cargo de la Dra. Sonia R.
Cardinalli; a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al nombrado la siguiente resolución Dolores, 25 de octubre de 2010.
Autos y Vistos: y Considerando, Resuelvo 1 Declarar extinguida la acción penal puesta en marcha en esta causa Nº 65672 seguida por amenazas Reiteradas calificadas y Resistencia a la autoridad en Chascomús seguida a ZARANTONELLO JUAN OSCAR por haber transcurrido con creces el tiempo prescripto por los Arts. 59 y 62
del Código Penal, operando el supuesto de prescripción.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente Dolores, 25 de octubre de 2010: Ofíciese al imputado la presente resolución mediante publicación por cinco días en el Boletín Oficial Art. 129 C.P.P. Fdo.: Gastón Eduardo Giles, Juez.
C.C. 13.903 / nov. 8 v. nov. 12
POR 5 DÍAS En causa Nº 3-52392 caratulada Zaldivar Fabián y Otros Hurtos reiterados y Robo en Conc.
Real en Mar de Ajó; de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 Dpto. Judicial Dolores a mi cargo, Secretaría a cargo de la Dra. Sonia R. Cardinalli; a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a FABIÁN S. ZALDIVAR la siguiente resolución Dolores, 25 de octubre de 2010:
Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal puesta en marcha en esta causa Nº 3-52392 seguida Fabián Sebastián Zaldivar, hijo de Rosa Alberto y de Francisco, nacido el 18/10/75 en Capital Federal, operario DNI.
24.922.166, último domicilio Avda. La Plata Nº 4041 de Santos Lugares; en relación a los delitos de Hurtos reiterados y Robo en Conc. Real.Notifíquese. Fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente Dolores, 25 de octubre de 2010:
Ofíciese al imputado la presente resolución mediante publicación por cinco días en el Boletín Oficial Art. 129
C.P.P. Fdo.: Gastón Eduardo Giles, Juez.
C.C. 13.901 / nov. 8 v. nov. 12
POR 5 DÍAS En causa Nº 3-53997 caratulada Echeverría Luis D. Encubrimiento en Castelli; de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 Dpto. Judicial
BOLETÍN OFICIAL

Dolores a mi cargo, Secretaría a cargo de la Dra. Sonia R.
Cardinali; a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a LUIS DAMIÁN ECHEVERRÍA DNI. 25.554.394; la siguiente resolución Dolores, 25 de octubre de 2010. Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal puesta en marcha en esta causa Nº 3-53997 seguida a Luis Damián Echeverría, por el delito de Encubrimiento Notifíquese. Fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente Dolores, 25 de octubre de 2010:
Ofíciese al imputado la presente resolución mediante publicación por cinco días en el Boletín Oficial Art. 129
C.P.P. Fdo.: Gastón Eduardo Giles, Juez.
C.C. 13.900 / nov. 8 v. nov. 12


POR 5 DÍAS En la causa Nº 18.282 I.P.P. Nº 02/1094/10/0 seguida a Sánchez Miguel Angel y Otro S/
Robo Agravado por el uso de Armas, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1, a mi cargo, Secretaría Única a cargo de Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos que proceda a publicar edictos por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle Avellaneda Nº 80 de esta ciudad, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 27 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
Autos y Vistos: Por ello: Argumentos expuestos, y lo que preceptúa el Art. 337 del C.P.P., Resuelvo: 1 Elevar la presente causa a juicio que se sigue al imputado PABLO
ANDRÉS DUGIO por el delito de Robo Calificado por el uso de Arma de Fuego, previsto y penado por el Art. 166
inc. 2º segundo párrafo del Código Penal, por ante el Tribunal en lo Criminal que corresponda. II Sobreseer a MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ en la presente causa a juicio que se le sigue por el delito de Robo Calificado por el uso de Arma de Fuego, previsto y penado por el Art. 166 inc.
2º segundo párrafo del Código Penal. Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 21 de octubre de 2010. Por recibido el oficio notificatorio de Miguel Ángel Sánchez, en el que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento dictado, ya que se desconoce su paradero actual, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P.
Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1.
C.C. 13.898 / nov. 8 v. nov. 12
POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a SERGIO ENRIQUE OLIVA, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Argentina, separado, hijo de Elpidio y de Pastora Gascón, nacido en Lanús con fecha 9 de noviembre de 1971, DNI 22.494.374 y con último domicilio conocido en Calle Calandria Nro 3628 de San Francisco Solano, para que en el término de cinco 5 días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa N
750.549, caratulada Oliva Sergio Enrique y Otros S/
Defraudación por Administración Fraudulenta J. Gtías. N
4, UFI. N 4, Gestión N 2569/10, cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 21 de octubre de 2010.
Por recibido el informe proveniente del Destacamento Solano, respecto del oficio de notificación remitido a dicha seccional en relación al encartado Oliva Sergio Enrique, agréguese el mismo y atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado, cítese a Oliva Sergio Enrique por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo cumplirse dicha medida en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual.
A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo.: Dr. José Antonio Michelini, Juez en lo Correccional. Ante mí: Dra. María Carola Origone, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.908 / nov. 8 v. nov. 12
POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, en la causa Nº 1662, caratulada Fonnegra Gómez, Álvaro Mauricio y Otra S/
Hurto en Grado de Tentativa Juz. Gtías. N 6 UFI N 2 IPP
N EZ-7475, notifica a ÁLVARO MAURICIO FONNEGRA
GÓMEZ, cuyos datos filiatorios son los siguientes:

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Nacionalidad colombiana, soltero, hijo de Favio y de Emilia Gómez, nacido en Bogotá Colombia con fecha 10
de enero de 1977, y con último domicilio conocido en Alsina N 2572 Departamento 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 14 de octubre de 2010:
Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado, ver fs. 242/243, cítese a Fonnegra Gómez Álvaro Mauricio por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art.
129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. En la misma fecha, se cumplió. Firmado Dr. José Michilini, Juez Correccional, ante la Dra. María Carola Origone, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.907 / nov. 8 v. nov. 12


POR 5 DÍAS En Incidente N 7062 IPP N 03000058-10 caratulado "Incidente de Eximición de Prisión en favor de Rolando Salinas Sequeira" de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 2, a cargo de la Dra.
Mariana Irianni, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado ROLANDO FABIÁN
SEQUEIRA SALINAS, argentino, nacido el día 6 de marzo de 1980 en Avellaneda, DNI N 27.878.286, hijo de Ronan Rene y de María Esther, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 16 de junio de 2010. Autos y Vistos: Para resolver en relación a la solicitud de eximición de prisión presentada por el Auxiliar Letrado de la Defensoría Oficial Dptal., Dr. Facundo Dávila, en beneficio y representación de Rolando Sequeira Salinas. Y considerando: Que en la I.P.P. N 03-000058-10 que tengo a la vista, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada N 3 Departamental, se investiga el delito que, en orden a lo determinado por el Art. 186
del C.P.P. y a los fines de la resolución de la cuestión traída, corresponde calificar "prima facie" como Robo Agravado por el uso de arma y Abuso Sexual, previsto y penado por los Arts. 166 inc. 2 y 119 primer párrafo del Código Penal. Que en orden a la pena que el Código Penal contempla para la figura delictiva investigada, no resultando por ella, posible el otorgamiento de la excarcelación ordinaria Art. 169 inc. 1 del C.P.P. siendo por ende improcedente la eximición de prisión requerida Art. 186
del mismo Código, se impone el rechazo de la pretensión de la representante del imputado Rolando Sequeira Salinas. Por ello, conforme lo reseñado y normado por los Arts. 169, 185, 186 y con cs. del C.P.P.; Arts. 166 inc. 2 y 119 primer párrafo del Código Penal. Resuelvo: No hacer lugar al pedido de eximición de prisión impetrado en favor de Rolando Sequeira Salinas. Notifíquese a la Fiscalía, al imputado y a la Defensoría Oficial; agréguese copia del presente auto a la I.P.P. y devuélvase la misma a la fiscalía actuante. Regístrese. Fdo. Mariana Irianni. Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 2 Depto. Judicial Dolores.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, de octubre de 2010. Autos v Vistos: I Atento la imposibilidad de notificar al imputado Rolando Salinas Sequeira del auto de fecha 16 de junio del corriente año, obrante a fs. 13 y vta., y teniendo en consideración lo manifestado por parte del Titular de la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada N 3 Dptal., Dr. Cristian Centurión, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art 129 del Código de Procedimiento Penal. II Téngase presente el recurso de apelación interpuesto por la Dra. María Verónica Olindi Huespi a fs. 24/25 para la oportunidad en que sea recepcionado el oficio más arriba librado. Fdo.
Mariana Irianni. Juez a cargo del Juzgado de Garantías N
2 Depto. Judicial Dolores.
C.C. 13.906 / nov. 8 v. nov. 12
POR 5 DÍAS En I.P.P. N65259 caratulada: "De Bari Horacio Eduardo S/ Defraudación", de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 2, Departamental, a cargo de la Dra. Mariana Irianni, Secretaria Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado HORACIO EDUARDO DE BARI, cuyo último domicilio conocido era el de calle Chiozza N 2795 de la localidad

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/11/2010 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date10/11/2010

Page count14

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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