Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/08/2010 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

sente de atenta nota supletoria de estilo. Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, de agosto de 2010. Autos y Vistos:
Atento el tiempo transcurrido sin haber recibido el ejemplar del Boletín Oficial donde consta la notificación por edictos del imputado Souto Juan Manuel, que fuera oportunamente ordenada en la I.P.P. N 456/09, a fin de no dilatar más el trámite de la presente, procédase nuevamente a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr. Gastón Giles, Juez C.C. 10.066 / ago. 24 v. ago. 30


POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad de Dolores, en causa N 670/08, Interno N 255 caratulada "Caballero Juan Carlos y Juárez Giménez Eduardo S/
Lesiones Leves en Riña Art., 96 C.P. y Broglio Ángel Osvaldo S/ Lesiones Leves Art. 89 CP a Méndez Fernando y Peters Silvia en Dolores ", Secretaría interinamente a cargo del Dr. Matías Andrés Facio, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a CABALLERO JUAN CARLOS la siguiente resolución:
"Mar del Plata, a los 29 días del mes de marzo del año dos mil diez, siendo las 9 horas, se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores jueces de la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, Dres. Marcelo A.
Madina, Reinaldo Fortunato y Walter J.F. Dominella, para resolver en la causa N 16.126 caratulada "Caballero, Juan Carlos, Juárez Jiménez, Eduardo y Nievas Héctor Mauricio, Lesiones Leves en agresión, Lesiones Leves en Dolores", conforme lo dispuesto por la Ac. Nro. 1456/08
S.C.J.P.B.A. y .Art. 439 segundo párrafo del C.P.P. practicado el sorteo de Ley, resultó que en la votación debía observarse el siguiente orden. Fortunato, Madina, Dominella, procediendo los nombrados al estudio de los siguientes Antecedentes Cuestiones Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede el Tribunal Resuelve: I Rechazar el pedido de nulidad de todo lo actuado con posterioridad al ofrecimiento de prueba realizado por el Agente Fiscal respecto al hecho identificado como número 1, calificado como constitutivo de Lesiones Leves en Agresión Arts. 201 y sigtes. a contrario y 434, 439 del C.P.P.. II Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por los defensores de los causantes Dres.
Carlos Ramiro Gutiérrez, Héctor Aníbal Zamora y Christian Zamora contra la sentencia condenatoria dictada a fs.
476/479, por el Juzgado Correccional N 3 del Depto.
Judicial de Dolores. III Revocar el fallo que condena a Juan Carlos Caballero, DNI. 11.205.834, de nacionalidad argentina, nacido el 2/11/54 en la ciudad de La Plata, hijo de Luis Saturnino y de Mercedes Bidini con domicilio en Ingeniero Quadri N684 de la ciudad de Dolores y a Eduardo Juárez Jiménez, DNI 22.199.559, de nacionalidad argentina, nacido el 3/7/72 en Dolores, hijo de Roque Juárez y EIsa Jiménez domiciliado en Calle Riobamba y Junín de esa ciudad, y en consecuencia absolverlos por el hecho identificado como nro. 1 calificado como Lesiones en Agresión Art. 96 del C. Penal por el cual se les formulara acusación perpetrado el día 20 de mayo del año 2005
en perjuicio de Fernando Roque Méndez en la Ciudad de Dolores y por resultar atípica la conducta atribuida a los nombrados Arts. 96 del C. Penal y 1 del C.P.P.9. Sin Costas. IV Declarar la nulidad parcial del veredicto y sentencia en lo que atañe al juzgamiento del hecho nro. 3 que se atribuía a Héctor Mauricio Nievas, D.N.I. 24.525.640, de nacionalidad argentina, nacido el 8/7/75 en la ciudad de Dolores, hijo de Carlos y de Timotea Martina Martínez con domicilio en Espora N 517, en orden al delito de Lesiones Leves Culposas Art. 94 del C. Penal cometido en la misma fecha en perjuicio de Silvia Beatriz Peters, en la ciudad de Dolores, debiendo intervenir un nuevo órgano jurisdiccional hábil para la continuación del proceso Arts.
18, 75 inv. 22 C.N., 10, 11 y 15 Const. de la Prov. de Bs.
As., 8 de la C.A.D.H., 14 ap. 1, 2 y 3 ap. b y d P.I.D.C. y P. Regúlanse los honorarios profesionales de los Doctores Carlos Ramiro Gutiérrez, Héctor Aníbal Zamora y Christian Zamora, en su carácter de co-defensores de los encausados, y atento el nuevo resultado de la causa, en la suma de noventa ius, o sea la suma de ocho mil novecientos diez pesos $ 8910, con más el 10% Ley, por sus trabajos en esta Alzada, divididos en partes iguales para los tres profesionales Arts. 1, 9-16-b, 16,28,31,54,
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010

57 Ley 8.904. Regístrese, notifíquese, devuélvase. Fdo.
Reinaldo Fortunato, Marcelo A. Madina y Walter J.F.
Dominella, Jueces Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial de Mar del Plata".
Nancy M. AItamura, Secretaria Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial de Mar del Plata". Analía Pepi, Jueza.
C.C. 10.065 / ago. 24 v. ago. 30


POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado de Garantías N 1 Del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Dr. José Luis Arabito, notifica a RUBÉN CÉSAR CAVAS, en causa nro.
51849/10, la resolución que a continuación se transcribe:
"Banfield, 15 de junio de 2010. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Declarar extinguida por prescripción la acción penal en esta causa y en consecuencia, sobreseer a Rubén César Cavas, en orden al hecho presuntamente constitutivo de los delitos de Abuso de Armas y Atentado a la Autoridad, por los cuales fuera formalmente imputado artículos 45, 59 inciso 3ro., 62
inciso 2do, y 104 y 237 del Código Penal, y 321, 322 y 323
inciso 1ro. del Código de Procedimiento Penal Firmado:
José Luis Arabito. Juez. Ante mí: Diego C. Maceratesi.
Secretario". A los fines que correspondan, se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Banfield, 11 de agosto de 2010 notifíquese a Rubén César Cavas, mediante la publicación de edictos la resolución de fs.
141, a cuyo fin, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires artículo 129 del Código Procesal Penal. Firmado: José Luis Arabito, Juez de Garantías. Diego C. Maceratesi, Secretario.
C.C. 10.062 / ago. 24 v. ago. 30
POR 5 DÍAS - En Causa N 5435 Inc. N 6228 I.P.P. N
334/07, seguida a SEBASTIÁN JORGE ANSALDO por el delito de Resistencia a la Autoridad, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle Bompland N 943 de Villa Crespo, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 17 de noviembre de 2009. Autos y Vistos: Resultando: Y
Considerando: Resuelvo: INo hacer lugar al sobreseimiento solicitado por la defensa interviniente, por improcedente Art. 323 a contrario y ccs. del CPP. IIElevar a juicio los presentes actuados causa N 5435 /I.P.P. N
03-02-000334-07 que se le sigue a Aliberti Santiago Gabriel, DNI. nro. 27.859.032, nacido el día 26 de diciembre del año 1979 en Capital Federal, hijo de don Miguel Ángel y de doña Elsa Raquel Miguel, domiciliado en calle Pasaje Callao nro. 2108 de la localidad de Villa Adelina, partido de San Isidro, y Ansaldo Sebastián Jorge Eduardo , DNI. nro. 24.862.729, nacido el día 18 de octubre del año 1975 en San Isidro, hijo de Jorge Eduardo Ansaldo y de Ofelia Mabel Carrizo, domiciliado en calle Carranza nro.
955 de Palermo de Capital Federal, por suponérselos autores penalmente responsables del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y reprimido por el Art.
239 del C. Penal. Regístrese. Notifíquese, firme y consentido que sea el presente elévense las presentes actuaciones, con los formularios de Ley, a la Excma. Cámara Departamental sirviendo la presente de atenta nota supletoria de estilo. Fdo:- Dr. Gastón Giles, Juez". Asimismo transcribiéndole el auto que dispuso el presente: Dolores 10 de agosto de 2010. Autos y Vistos: Atento el estado de auto y siendo que el imputado Sebastián Jorge Ansaldo no pudo ser habido en su último domicilio conocido sito en calle Bompland N 943 de Villa Crespo procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se Publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires conforme lo dispuesto por el Art 129 del C.P.P. A tal fin líbrese el correspondiente oficio. Regístrese. Fdo.: Gastón Giles.
Juez. Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, Secretario.
C.C. 10.067 / ago. 24 v. ago. 30
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 4, a cargo del Dr. Héctor Hugo Vitale, Secretaría N 7 a cargo del Dr. Hernán Torres, sito en Diag. Roque-Sáenz Peña 1211, piso 1, C. de Bs.
As., hace saber en autos caratulados "Vicuñol S.A.C.I. s/
Quiebra", Expte. N 80.701, que el 16/07/2010 se ha
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decretado la quiebra de "VICUÑOL S.A.C.I CUIT 3051594598-5, con domicilio en Av. Corrientes 2322, 2
piso, Of. "205", CABA. Se pone en conocimiento de la fallida y sus administradores que deberán entregar al Síndico los libros contables, papeles y bienes que tuvieran en su poder, abstenerse de salir del país sin previa autorización del Tribunal y constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Se prohíbe hacer pagos y entregar bienes al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces, e intimar a quienes tengan bienes y documentación del mismo para que la pongan a disposición del Síndico. Los acreedores deberán solicitar verificación de sus créditos a la Síndico Marcela A. Mazzoni, en Tucumán 1545, 7 piso, Of. "B", C.A.B.A, hasta el 27/09/2010. La síndico presentará los informes previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley N 24.522, los días 09/11/2010 y 22/12/2010, respectivamente. Buenos Aires, 10 de agosto de 2010. Hernán O. Torres, Secretario.
C.C. 10.158 / ago. 25 v. ago. 31


POR 2 DÍAS El Juzgado Civil y Comercial N 4, Secretaría Única del Departamento Judicial de San Isidro, en autos BEL MARÍA ANGÉLICA s/ Quiebra pone en conocimiento que se presentó proyecto de distribución y se regularon honorarios en autos. San Isidro, 6 de julio de 2010. Cecilia C. Franceschi, Secretaria.
C.C. 10.135 / ago. 25 v. ago. 26
POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo N 2 de La Matanza Presidencia a cargo de la Dra. Elisa Celia Bendersky, Secretaría Única a mi cargo, sito en la calle Paraguay 2466 2do. piso de San Justo, partido de La Matanza, hace saber que en los autos Bando Ingrid Melody c/ Almirón Fernando Adrián y Otros s/ Despido, Expte. 10343, se ha dispuesto notificar el siguiente proveído: San Justo, 25 de junio de 2010. Atento el estado de autos, lo peticionado por la parte actora, y lo dispuesto por el Art. 59 del C.P.C.C. a fin de notificar la rebeldía decretada en autos a fs. 75, respecto a los accionados LUIS MARTEARENA Y GUSTAVO AGUIRRE, publíquense edicto por el término de dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Bs. As. y en el Diario El Amanecer sito en la calle Entre Ríos 2861, San Justo, con efecto de pago diferido atento a que el actor goza con el beneficio de gratuidad Art. 59 y 146 del C.P.C.C.; Art. 12, 22 y 63 Ley 11.653. A cargo. Fdo. Dra. Elisa Celia Bendersky, Juez.
San Justo, 16 de julio de 2010. Dra. María Laura Paz, Secretaria.
C.C. 10.140 / ago. 25 v. ago. 26
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a SOLER LEONARDO
DAVID en causa nro. 8694 la Resolución que a continuación se transcribe: "Mar del Plata, 18 de mayo de 2010.
Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. CPP Art. 497 y Res. 555/05
S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: 1-Informe el actuario cómputo de poena practicado en el Juzgado de Origen. 2 Intímese nuevamente al penado Soler, Leonardo David, para que deposite la suma de pesos cuarenta y seis $ 46,00 para responder a gastos y costas del juicio, dentro del tercero día de notificado bajo apercibimiento de ejecución conf.
Ley fiscal vigente y Ley 4552. 3- Solicítese cuádruple juego de fichas dactiloscópicas. 4. Además, tómese nota que la presente causa tramitó como I.P.P. N 5704-10, carpeta N 1996 del Juzgado de Garantías N 6 Deptal.-5Informe el Actuario los antecedentes del causante.
Oportunamente vuelvan los autos a despacho. Fdo:
Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez". Señor Juez: Informo a V.S. que a fs. 40/41, se encuentra agregada la sentencia dictada en este proceso, en la que con fecha 7 de abril de 2010 se sanciona a Soler, Leonardo David a la pena de quince días de prisión más declaración de reincidencia, por resultar autor penalmente responsable del robo en grado de tentativa ocurrido en esta ciudad el día 24 de marzo del corriente año. Que según el cómputo de pena practicado por el juzgado de origen, aprobado, en oportunidad de dictarse la sentencia v. fs. 40/41, se estableció que la pena impuesta al nombrado venció en mismo día en que se dictó la sentencia condenatoria, o sea, el día

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/08/2010 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date25/08/2010

Page count11

Edition count3382

Première édition02/07/2010

Dernière édition15/07/2024

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