Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2010 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

caso respecto del incumplimiento de las normas de conducta en relación a la suspensión de juicio a prueba otorgada en la causa N 2089 que se le sigue por el delito de lesiones, bajo apercibimiento de declararlo rebelde. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 28 de junio de 2010. Por recibido, agréguese. No habiendo logrado la Defensa la comparecencia del encausado, cíteselo por medio de edictos por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de estar a derecho y dar las explicaciones del caso respecto del incumplimiento de las normas de conducta en relación a la suspensión de juicio a prueba otorgada, bajo apercibimiento de declararlo rebelde Art. 129 del C.P.P. Fdo.
Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Mariela Quintana, Secretaria. Secretaría, 28 de junio de 2010. Mariela C.
Quintana, Secretaria.
C.C. 8.489 / jul. 13 v. jul. 19


POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a JORGE LUIS MÁRQUEZ, con último domicilio en Carlos Noel y Paraná de la localidad de Rincón de Milberg, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 1879, que se le sigue por Hurto Simple Agravado por haber sido cometido con un menor, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 29 de junio de 2010. En atención al informe policial obrante a fs.
98/99, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Jorge Luis Marquez, cíteselo por edicto que se publicará por 5 días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del CPP. San Isidro, 29 de junio de 2010. Fdo. Dra.
Andrea C. Pagliani, Juez. Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario.
C.C. 8.490 / jul. 13 v. jul. 19
POR 5 DÍAS El Señor Juez Titular del Juzgado de Garantías N 9 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sede Avellaneda, Dr. Luis Silvio Carzoglio. Cita y emplaza a JUAN CARLOS AYALA, a fin de que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la IPP N 07-02-003594-10, seguida al nombrado en orden al delito de Hurto Simple en Grado de Tentativa, por resolución que a continuación se transcribe: Avellaneda, 28 de junio de 2010. Visto y Considerando Resuelvo:
I Citar a Rafael Oscar Campos por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia se declarará su rebeldía. Art. 129 del Código Procesal Penal. II Suspender los plazos procesales respecto del nombrado hasta tanto se obtenga el resultado de la publicación de edictos ordenada ut supra. Notifíquese. Fdo. Luis Silvio Carzoglio, Juez de Garantías. Secretaría, 28 de junio de 2010. Teresa María Luz Fleita, Secretaria.
C.C. 8.492 / jul. 13 v. jul. 19
POR 5 DÍAS La Sra. Juez, Dra. Liliana Clarisa Natiello, Titular del Juzgado de Garantías Nº Tres del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Secretaría Única, notifica a BUSTOS LOZA GABRIEL JOSÉ o JOSÉ
GABRIEL BUSTO o LEDESMA LUIS RAMÓN o BUSTOS
JOSÉ GABRIEL, en Causa Nº 17480-09 U.F.I. Nº 1
Deptal., seguida a Gómez Jerez Marcelo Daniel y a Busto José Gabriel en orden al delito de Robo Doblemente Calificado por Efracción y Escalamiento, a fin de hacer notificar al mencionado, de lo resuelto en la misma, cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Banfield 27 de abril de 2010. Autos y Vistos: y Considerando:
Resuelvo: I Sobreseer totalmente a Bustos Loza Gabriel José o José Gabriel Busto o Ledesma Luis Ramón o Bustos José Gabriel y a Gómez Gerez Marcelo Daniel y/o Gómez Jerez Marcelo Daniel y/o Marcelo Daniel Gómez
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 13 DE JULIO DE 2010 PÁGINA 7157

Jerez y/o Walter Jerez respecto del delito de Robo Doblemente Calificado por Efracción y Escalamiento, según lo normado por los arts. 45 y 167 incs. 3º y 4º del Código Penal, que se les imputara en la presente causa, en los términos de los arts. 210 y 323 inc. 4º del C.P.P. II.
Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y a la Defensa Técnica. A
tal fin, líbrese oficio a fin de notificar a los encartados Bustos y Jerez de lo aquí resuelto. Firme que sea el presente auto.. Fdo: Liliana C. Natiello, Juez; Secretaría Única. Asimismo se transcribe la parte pertinente de la resolución: Banfield, 22 de junio de 2010. II. En atención a lo resuelto a fs. 158/160 vta., advirtiendo que al día de la fecha José Gabriel Bustos se encuentra ausente del domicilio en el que fijara su residencia fs. 5 del incidente de excarcelación acollarado a la presente conforme a lo informado a fs. 162 vta. y 168, y al no conocer el actual paradero del nombrado a los efectos de notificar la resolución de referencia, encuentro adecuado viabilizar la misma por intermedio de la publicación de edicto, el cual se publicará por el término de cinco días en el B.O. en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P Fdo: Dra.
Liliana C. Natiello, Secretaría.
C.C. 8.497 / jul. 13 v. jul. 19


POR 5 DÍAS El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Esteban Pablo Baccini, notifica a BARRON
CÉSAR EDUARDO, en habeas corpus Nº 1578/2010 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 21 de abril de 2010, siendo las 09:30. Autos y Vistos: Y considerando: Resuelvo: Rechazar la petición de hábeas corpus interpuesto a favor de Barron César Eduardo, sin costas para el accionante. Artículos 405 a contrario sensu y 530 del Código de Procedimiento Penal Fdo. Esteban Pablo Baccini, Juez de Garantías.
Ante mí. Jorge Walter López, Secretario. Yanina J.
Invernizio, Auxiliar Letrada.
C.C. 8.498 / jul. 13 v. jul. 19
POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, en la causa Nº 699
IPP Nº 539.891, caratulada Domínguez, Marcos Víctor s/ Robo Simple vma. Salas, Magdalena Juez. Gtías Nº 1
UFI Nº 11 IPP Nº 539.891, notifica a MARCOS VÍCTOR
DOMÍGUEZ, cuyos datos filiatorios son los siguientes: de nacionalidad Argentina, de estado Civil Soltero, hijo de Jorge Adolfo y de Justina Gutiérrez, nacido en Capital Federal con fecha 16 de febrero de 1981, DNI Nº 28.696.484 y con último domicilio conocido en calle Moreno 850 de la localidad de Glew de la resolución que a continuación retranscribe: Lomas de Zamora, 1 de junio de 2010. Autos y Vistos: Y considerando: Resuelvo: I
Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa Nº 539.891 seguida a Domínguez, Marcos Víctor, de nacionalidad Argentina, estado civil soltero, hijo de Jorge Adolfo y de Justina Gutiérrez, nacido en Capital Federal, con fecha 16 de febrero de 1981, domiciliado en la calle Moreno Nº 850 de Glew, de la localidad de Almirante Brown, DNI Nº 28.696.484, quien se encuentra identificado en el registro Nacional de Reincidencia con el Prontuario Nº U 1883248 y con número 1158042, sección AP en el Registro de Antecedente Penales, del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en orden al delito de Robo Simple, hecho supuestamente ocurrido el día 12 de septiembre de 2004, en perjuicio de Magdalena Salas. II Sobreseer en Forma Total y Definitiva a Domínguez, Marcos Víctor, por el delito mencionado precedentemente y que supuestamente ocurrió en la fecha y lugar señalados ut supra con los alcances del Art. 322 del C.P.P. fdo: Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí Secretaria Actuante. Secretaría, 23 de junio de 2010. Dr. José Antonio Michilini, Juez.
C.C. 8.499 / jul. 13 v. jul. 19
POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a SEBASTIÁN CARLOS BARBERO, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Argentina, soltero, hijo de Osvaldo César y de Calo, Margarita Olimpia, nacido en Capital
Federal con fecha 11 de diciembre de 1985, DNI Nº 31.932.773 y con último domicilio conocido en José Mármol 772 Remedios de Escalada, para que en el término de 5 días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 855.691, caratulada Barbero, Sebastián Carlos y Arellano, Ariel Alberto s/ Robo Simple J. Gtías Nº 6 UFI Nº 3 Gestión Nº 3678, cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 18 de junio de 2010. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado ver fs. 233 y fs. 237, cítese a Barbero, Sebastián Carlos por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.
Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo: Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional, Secretaría, 18
de junio de 2010. Marcia Silvina Castro, Secretaria.
C.C. 8.500 / jul. 13 v. jul. 19
POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a HERNÁN CÉSAR SÁNCHEZ, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Argentina, soltero, hijo de Lorgio César y de María Del Carmen Chávez, nacido en la Capital Federal con fecha 8 de agosto de 1972, DNI Nº 22.791.738 y con último domicilio conocido en Otamendi 291 Lanús Oeste, para que en el término de cinco 5 días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 559.198, caratulada Sánchez, Hernán César c/ López, Sabrina Valeria s/
Robo Simple Juz. Gtías. Nº 6 IPP Nº 559.198 UFI Nº 13, cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 30 de junio de 2010. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado ver fs. 223 y de fs.
225/226, cítese a Sánchez, Hernán César por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Ante mí. En la misma fecha se cumplió. Conste.
Fdo: Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional, Marcia Silvina Castro, Secretaria.
C.C. 8.501 / jul. 13 v. jul. 19
POR 5 DÍAS La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra, Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a RAFAEL ALEJANDRO BRAN RAMOS, a estar a derecho artículo 129 de Código de Procedimiento Penal, en el marco del incidente de ejecución de condena en suspenso Nº 336755/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: Lomas de Zamora, 16 de junio de 2010. En atención a lo que surge de fs. 30/34, y en razón de ignorase el domicilio del encartado Rafael Alejandro Bran Ramos de conformidad con lo normado en el art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 336755 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de Ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. En igual fecha se libró edicto Conste. Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de Ejecución. Se hace constar que de no presentarse el mencionado Rafael Alejandro Bran Ramos en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose inmediata Captura Arts. 26, 27, 27bis in fine y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Secretaría, 16 de junio de 2010. Claudia Alejandra Luejo, Secretaria.
C.C. 8.502 / jul. 13 v. jul. 19

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2010 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date13/07/2010

Page count15

Edition count3380

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/07/2024

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