Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 11/06/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 114

11 de junio de 2024

Estar empadronado en el Ayuntamiento de Sanchorreja desde la fecha 1 de enero de 2024: 10 puntos.
En caso de empate en cuanto a la renta ofrecida, se resolverá según orden de registro de entrada en el Registro del Ayuntamiento.
13. Mesa de contratación.
La Mesa de contratación estará presidida por el alcalde y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
14. Apertura de ofertas.
La apertura de las ofertas presentadas se llevará acabo el martes siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas; la mesa procederá a la apertura de los sobres que contienen la documentación y posteriormente procederá a valorar las condiciones de las proposiciones según los criterios de adjudicación.
15. Requerimiento de documentación.
El órgano de contratación requerirá del plazo de cinco días hábiles para que el licitador/a corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador/a ha retirado su oferta.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador/a siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
16. Adjudicación del contrato.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el siguiente 17. Obligaciones del arrendatario.
El arrendatario estará obligado a:
Utilizar el inmueble para destinarlo a vivienda.
Abonar la renta, mensualmente en la cuenta bancaria que este designe, en los siete primeros días del mes.
Abonar los gastos derivados del suministro de agua y electricidad, que serán abonados junto con la renta o directamente a las empresas suministradoras.
En ningún caso, estará permitido subarrendar a otras personas.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 11/06/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaysEspagne

Date11/06/2024

Page count96

Edition count3645

Première édition04/01/2010

Dernière édition15/07/2024

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