Artículo 1427 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTICULO 1427. Imposibilidad del cobro del derecho de crédito cedido

Cuando el cobro del derecho de crédito cedido no sea posible por una razón que tenga su causa en el acto jurídico que le dio origen, el factoreado responde por la pérdida de valor de los derechos del crédito cedido, aun cuando el factoraje se haya celebrado sin garantía o recurso.

(CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION – LIBRO TERCERO. Derechos Personales. TITULO IV. Contratos en particular. CAPÍTULO 13. Contrato de factoraje)

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1. Introducción*

El artículo regula una garantía de saneamiento con relación a la eventual ineficacia del derecho del crédito cedido, lo que es lógico en una operación a título oneroso de las características de la involucrada en un contrato de factoraje.

2. Interpretación

Más allá de las garantías expresamente establecidas para resguardar el cobro de los créditos cedidos, existe una seguridad implícita, propia de los actos a título oneroso, establecida por este artículo, consistente en que, en caso de no ser posible el cobro de un derecho de crédito cedido, por razones que tengan su causa en el acto jurídico que le dio origen —como diversos supuestos de ineficacia genéticos, como los vicios de la voluntad o del acto jurídico, o sobrevinientes, como los que pueden determinar la resolución del vínculo contractual correspondiente al crédito—, el factoreado debe responder ante el factor por la pérdida de valor representado por ese derecho, aún cuando el contrato de factoraje haya sido celebrado sin garantía o recurso. Se trata de una garantía relativa a la existencia y la legitimidad del crédito cedido, propia de los actos a título oneroso, que —por su carácter de norma supletoria— puede ser soslayada por acuerdo de partes.

Por argumentación a contrario, cabe considerar que fuera de los supuestos indicados, el factoreado asume los riesgos de la eventual insolvencia del deudor cedido.

* Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Infojus, Sistema Argentino de Información Jurídica, 2015.


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