ADMIRAL GAMING ANDALUCÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) ADMIRAL ENTERTAINMENT, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, el 30 de junio de 2021, el accionista único de Admiral Gaming Andalucía, Sociedad Anónima Unipersonal, en ejercicio de las competencias de la junta general al amparo de lo establecido en el art. 15 de la Ley de Sociedades de Capital y el socio único de Admiral Entertainment, Sociedad Limitada Unipersonal, en ejercicio de las competencias de la junta general al amparo de lo establecido en el art. 15 de la Ley de Sociedades de Capital, decidieron la fusión por absorción de Admiral Entertainment, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Admiral Gaming Andalucía, Sociedad Anónima Unipersonal.

Asiste a los socios, accionistas, acreedores y trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y, a los acreedores de cada una de dichas sociedades, el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Barcelona, 30 de junio de 2021.- Manfred Schartner, Marcin Wojciech Lypka y Peter Michael Ekberg, Como miembros del Consejo de administración de Admiral Gaming Andalucía, Sociedad Anónima Unipersonal y como Administradores mancomunados de Admiral Entertainment, Sociedad Limitada Unipersonal.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 157 del Martes 17 de Agosto de 2021. , Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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