GERSIMQUI SOCIEDAD LIMITADA

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 20 - RETRIBUCION DEL ORGANO DE ADMINISTRACION.- "ARTICULO 20 - RETRIBUCION DEL ORGANO DE ADMINISTRACION.- El cargo de administrador estará retribuido. La retribución a percibir por cada Administrador para cada ejercicio económico social, será de un sueldo, que será fijado por la Junta.

Datos registrales

T 9837, L 7119, F 92, S 8, H V 160996, I/A 2 (11.07.18).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 137 del Miércoles 18 de Julio de 2018. Empresarios, Actos Inscritos.

Entreprises liées à cette annonce