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Adm.Supl.: LAGO SERAFIN MARIA BEGOÑA.
Artículo 10.- El gobierno y administración de la Sociedad corresponde a la Junta General y a un Administrador único. Se contempla la posibilidad del nombramiento de un Administrador Suplente para los casos de dimisión, fallecimiento o invalidez del administrador único..
T 556, L 556, F 218, S 8, H PO 1592, I/A 11 (29.08.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 172 del Jueves 8 de Septiembre de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.