Je veux savoir à propos de…
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Artículo 16º.- La Sociedad será administrada, como se ha dicho en el artículo 11 de estos Estatutos, por cualquiera de las formas previstas en el Artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. En caso de nombrarse administradores solidarios o mancomunados, su número será de.
T 798 , F 171, S 8, H VA 2306, I/A 7 (14.06.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 117 del Martes 21 de Junio de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.