PREVENCILAN, S.L.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que la Junta General notarial celebrada el 18 noviembre 2015, con asistencia de todos los socios, acordó por mayoría la modificación del artículo 8º de los estatutos sociales referido a la transmisión mortis causa de las participaciones sociales de la Sociedad.

En virtud del artículo 346.2 de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar el derecho de los socios que no hubieran votado a favor del citado acuerdo, a separarse de la Sociedad. El derecho de separación habrá de ejercitarse por escrito en el plazo de un mes a contar desde esta publicación.

Donostia/San Sebastián, 18 de diciembre de 2015.- Presidenta del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 243 del Martes 22 de Diciembre de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Otros Anuncios Y Avisos Legales.

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