LA VENECIANA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) SOCIEDAD ABSORBENTE LA VENECIANA IBERIAGLASS, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) SOCIEDAD ABSORBIDA

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio Único de LA VENECIANA, S.A. (Sociedad Unipersonal) y LA VENECIANA IBERIAGLASS, S.L., (Sociedad Unipersonal) que es la Sociedad SAINT GOBAIN CRISTALERIA, S.L., con fecha 30 de junio de 2015 acordó aprobar la fusión por absorción por la Sociedad LA VENECIANA, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), de la sociedad LA VENECIANA IBERIAGLASS, S.L. Sociedad Unipersonal (sociedad absorbida), adquiriendo la primera, por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de la absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación. La fusión se acordó con arreglo al proyecto de fusión formulado por los Administradores con fecha de 12 de mayo de 2.015, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 10 de Junio de 2015 y en el Registro Mercantil de Pontevedra el día 12 de Junio de 2015. Los balances de fusión han sido los balances anuales cerrados a 31 de diciembre de 2014, aprobados por el Socio Único de ambas Sociedades, que han sido auditados por sus respectivos auditores de cuentas.

Al ser SAINT GOBAIN CRISTALERIA, S.L., el Socio Único de la sociedad absorbente LA VENECIANA, S.A., Sociedad Unipersonal y de la sociedad absorbida LA VENECIANA IBERIAGLASS, S.L. Sociedad Unipersonal no se realiza como consecuencia de la fusión ampliación de capital alguna, ni emisión de acciones ni modificación de los Estatutos Sociales. No se otorga ninguna ventaja a expertos independientes, administradores o accionistas. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2015.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las mencionadas sociedades, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de Fusión, pudiendo solicitar su entrega o envío gratuitos, así como el derecho de oposición que podrán ejercer los acreedores, en el plazo y términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 14 de julio de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 145 del Lunes 3 de Agosto de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

Entreprises liées à cette annonce