ACCIONA INMOBILIARIA, S.L.U. (SOCIEDAD SEGREGADA) ACCIONA REAL ESTATE, S.A.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Anuncio de segregación

De conformidad con el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley 3/2009"), por remisión de su artículo 73, se comunica que el socio único de ACCIONA INMOBILIARIA, S.L.U. (la "Sociedad Segregada") y el accionista único de ACCIONA REAL ESTATE, S.A.U. (la "Sociedad Beneficiaria") han aprobado, el 29 de julio de 2015, la operación de segregación parcial de Sociedad Segregada a favor de Sociedad Beneficiaria por virtud de la cual se producirá la transmisión en bloque de una parte del patrimonio de la Sociedad Segregada a favor de la Sociedad Beneficiaria, que aumentará su capital social de forma proporcional al incremento experimentado en el valor de su patrimonio como consecuencia de dicha segregación, todo ello en los términos previstos en los artículos 30 y siguientes de la Ley 3/2009, en relación con los artículos 73, 74, 78 y 79 de la mencionada Ley.

El acuerdo de segregación ha sido adoptado conforme al proyecto común de segregación redactado y suscrito por los administradores de la Sociedad Segregada y de la Sociedad Beneficiaria, con fecha de 25 de mayo de 2015.

Conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009, por remisión del artículo 73 de la citada Ley, dado que el acuerdo de segregación ha sido aprobado por unanimidad en cada una de las sociedades intervinientes, no ha resultado preceptivo proceder al depósito del correspondiente proyecto común de segregación.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la segregación a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, de las cuales forma parte integrante el proyecto común de segregación, y de los balances de segregación, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades intervinientes, así como del derecho de los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la segregación, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, por remisión de su artículo 73, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de segregación.

Madrid, 29 de julio de 2015.- Los Administradores Mancomunados de Acciona Inmobiliaria, S.L.U. y de Acciona Real Estate, S.A.U.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 144 del Viernes 31 de Julio de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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