VEHICULOS DE ARAGON SL

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 19º.- Carácter retribuido del Consejo de Administración. El cargo de administrador, será retribuido y consistirá, de acuerdo con lo establecido en artículo 217 de la LSC, en una asignación fija. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los administradores en su condición.

Datos registrales

T 2751 , F 132, S 8, H Z 30472, I/A 17 (10.07.15).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 134 del Viernes 17 de Julio de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.

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