Je veux savoir à propos de…
- Espagne
T 1392 , F 66, S 8, H AL 37038, I/A 2 (27.02.15).
Artículo 9º.- 3. Retribución: El cargo de administrador consistirá en una asignación fija en concepto de sueldo que determinará para cada ejercicio la junta general de socios de la compañía. La retribución de los administradores se establece sin perjuicio del pago de los honorarios profesionales o.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 48 del Miércoles 11 de Marzo de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.