Je veux savoir à propos de…
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- Espagne
T 1407 ,
-La gestión y administración de propiedad inmobiliaria. -El servicio de asesoría fiscal, laboral y contable. -La comercialización de seguros.
Artículo 24.- Retribución. El cargo de Administrador será retribuido, consistiendo esa retribución en una cuantía fija que será determinada anualmente por la Junta General para cada ejercicio en función de la dedicación efectiva. Independientemente de que se retribuya a los Administradores por.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 249 del Miércoles 31 de Diciembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.