Je veux savoir à propos de…
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- Espagne
T 424 , F 147, S 8, H SA 14145, I/A 2 (27.10.14).
C/ ARAPILES 9-13 BAJO (SALAMANCA).
"Artículo 17 .- La Junta General confiará la Administración de la Sociedad a a) un Administrador único, b) dos o más administradores solidarios, hasta un máximo de cinco, teniendo cada administrador por sí sólo el poder de representación, c) a dos o más administradores mancomunados, hasta un.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 212 del Miércoles 5 de Noviembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.