CIESFARMA SL

Modificaciones estatutarias

Artículo 26º.- La competencia para el nombramiento de los administradores corresponde exclusivamente a la Junta General. Para ser nombrado administrador no se requiere la calidad de socio. No podrán ser administradores las personas declaradas incompatibles o que les afecten las prohibiciones.

Datos registrales

T 3942, L 3942, F 127, S 8, H PO 56342, I/A 2 ( 7.08.14).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 156 del Martes 19 de Agosto de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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