AUTOCARES ORTEGA SL

Modificaciones estatutarias

"Artículo 21º.- El cargo de administrador será remunerado, consistiendo la remuneración en una retribución fija anual cuya cuantía para cada ejercicio decidirá la Junta General de socios. En caso de Consejo de Administración, se podrá establecer a cada uno de los consejeros una remuneración distinta.

Datos registrales

T 643 , F 168, S 8, H VA 4815, I/A 5 (21.08.13).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 163 del Miércoles 28 de Agosto de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.

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