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14. Administración y Representacion.-El órgano de administración podrá establecerse, a elección de la Junta General, esuna de las siguientes modalidades. Un Administrador único. Varios Administradores (mínimo dos y máximo cuatro), Mancomunados o Solidarios. Un Consejo de Administración integrado.
T 3137 , F 163, S 8, H TF 47161, I/A 4 (10.05.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 96 del Viernes 24 de Mayo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.